3 resultados para Delitos de los funcionarios

em Universidade Complutense de Madrid


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El objetivo de la presente tesis doctoral consiste en realizar un análisis descriptivo de las principales características definitorias de los menores implicados en actos delictivos, analizando variables sociodemográficas, delictivas y clínicas, para determinar el grado en que dichas variables están relacionadas con la reincidencia delictiva general (compuesta por reincidencia y reiteración, no reincidencia y reiteración, reincidencia y no reiteración y no reincidencia y no reiteración), la reincidencia delictiva (caracterizada por reincidencia y reiteración, no reincidencia y reiteración y reincidencia y no reiteración), no reincidencia y la reincidencia violenta. A modo aclaratorio, se define la reincidencia como la presencia de uno o más delitos por lo que un menor está cumpliendo medida en la actualidad, así como medidas judiciales pendientes por hechos delictivos que han ocurrido o bien de forma simultánea o posteriormente al inicio de la medida judicial que cumple al momento de la evaluación. Por otro lado, la reiteración se refiere al historial delictivo previo del menor, estableciéndose en función de la comisión pasada de uno o más delitos por los que el menor ya ha cumplido alguna medida judicial. Además, con la presente tesis doctoral se presenta un modelo de riesgo en función del valor predictivo de cada una de las variables contempladas en el ocio de riesgo del menor, para establecer las líneas de intervención de un Programa de Ocio y Tiempo Libre que se ajuste a la realidad de los menores infractores. Para ello, en primer lugar, en el presente estudio se ha contextualizado el marco legal, realizándose un recorrido histórico desde el primer Código Penal de 1922, los Códigos Penales de 1948 y 1970, así como la Ley Orgánica de Poder Judicial de 1985 por la que los Tribunales Tutelares pasaron a ser Juzgados de Menores, hasta que fue aprobada la Ley Orgánica Reguladora de la competencia y el Procedimiento de los Juzgados de menores en 1992. Así, se analizan las sucesivas reformas de dicha Ley Orgánica, llegando a la conocida L.O.R.P.M. de 5/2000, siendo su principio fundamental actuar por el superior interés del menor, derivándose de un modelo mixto, de naturaleza formalmente penal, pero materialmente sancionadora educativa, volviendo a ser reformada por la Ley Orgánica 8/2006, que implicó el endurecimiento del tratamiento penal de menores...

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El 27 de octubre de 2015, el Juzgado Central de Instrucción número tres de la Audiencia Nacional (AN), procesó a cinco dirigentes etarras a los que considera responsables de un delito de lesa humanidad tipificado en el artículo 607 bis del vigente CP, en concurso real con delitos de asesinato. La causa se centra en los atentados mortales perpetrados por ETA a partir del 1 de octubre de 2004, fecha en la que se introdujo el delito de lesa humanidad en el CP español. En este trabajo se analizan los conceptos de terrorismo y delitos de lesa humanidad, con la finalidad de intentar aclarar la controversia suscitada, centrándose principalmente en establecer si los atentados cometidos por la banda terrorista ETA pueden tipificarse como delitos de lesa humanidad, y en caso afirmativo, desde qué fecha. Además contiene un apartado dedicado a las víctimas, que incluye una entrevista realizada a D. Daniel Portero de la Torre, presidente de la Asociación “Dignidad y Justicia”.

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Las relaciones diplomáticas entre Corea del Sur y Colombia se establecieron en el año 1962. A lo largo del desarrollo de sus relaciones existe un fenómeno muy notorio. La relación entre ambas partes permaneció durante décadas en un nivel de cooperación pasiva y de bajo perfil. Sin embargo, a partir del año 2006 comienza a profundizarse el grado de cooperación. A partir de ese año, empieza a aumentarse el volumen del comercio, evolucionando de manera activa la cooperación económica entre ambos países. Luego, hacia el año 2008, se consolida la cooperación entre ambos países no solamente en materia de comercio, sino que también se diversifica hacia la diplomacia, la cultura, la industria de defensa, el intercambio de funcionarios, etc. profundizando el nivel de cooperación hasta alcanzar el mejor momento en la historia en las relaciones entre ambos países. La cantidad de empresas surcoreanas instaladas en Colombia se ha multiplicado 6 veces en menos de 6 años. Ambos países firmaron un TLC en febrero del año 2013, cooperando activamente en sectores de altas barreras de ingreso como la industria de defensa. También hubo un intercambio activo de funcionarios incluyendo las mutuas visitas de los presidentes. ¿Cuáles serían las razones por las que las relaciones entre ambos países han evolucionado de manera profunda a partir de 2006/08? Se podrían destacar entre otras causas, la mejora en el ambiente de apertura en Colombia, que ha hecho que muchos países, al igual de Corea del Sur, tengan mayores incentivos y analicen las posibilidades de invertir allí. Durante mucho tiempo, Colombia ha sido un país marcado por la inseguridad, por sus guerras civiles y por la presencia del narcotráfico, atravesando por un cambio a partir de que el Presidente Uribe toma el poder en el año 2002. Las fuerzas guerrilleras perdieron fuerza, la seguridad ha ido mejorando y la economía comenzó a crecer. A partir de que el Presidente Uribe logra ser reelegido e inicia su segundo mandato en 2006, las empresas extranjeras comienzan a ingresar de manera activa en Colombia. También el gobierno colombiano mantiene una política económica abierta, y especialmente selecciona la región asiática como nuevo punto focal para la cooperación y el fortalecimiento de sus relaciones...