10 resultados para DERECHO A LA REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS

em Universidade Complutense de Madrid


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El propósito de ésta disertación es contribuir a la literatura de ciencias sociales sobre gobierno y administración pública utilizando un caso de suministro de agua urbana como un modelo de entrega de servicios públicos y analizándolo desde varias perspectivas teóricas. Esto ilumina los procesos sociopolíticos que son de interés a teóricos y practicantes de la investigación en administración pública. El caso del agua y del suministro del vital líquido en contextos urbanos es extremadamente interesante y relevante para aquellos que estudian teorías de la política pública, ya que es fundamental como recurso natural al ayudar a la producción de bienes y servicios para el consumo de la sociedad. Al mismo tiempo, el agua es un recurso de interés público dada su escasez y la necesidad de una infraestructura robusta que se requiere para suministrarlo a poblaciones urbanas y rurales. Esto hace que el diseño de reglas, normas, leyes e instrumentos de política pública sea uno de los elementos fundamentales al decidir mecanismos de gobernanza sobre cómo se extrae el agua, se distribuye, se consume, se dispone, se trata y se recicla en un sistema urbano de ciclo cerrado. Además, el problema de la entrega del servicio público de agua presenta características que lo hacen ideal para ser analizado con herramientas analíticas de la literatura sobre políticas públicas, dado que para resolver éste complejo rompecabezas es necesario traer teorías de implementación de la política pública, teorías de construcción de la agenda, de toma de decisiones, etc. Si bien la gestión del agua en zonas agrícolas es absolutamente importante, en ésta tesis el análisis se enfoca primariamente en la gobernanza de agua urbana. Hay tres razones fundamentales para la utilización de este criterio de selección de casos. En primer lugar, el crecimiento exponencial de las ciudades ha conllevado un incremento substancial en la población que requiere suministro público de agua. En segundo lugar, aun cuando la producción agrícola y ganadera son los sectores industriales que consumen más agua en México, también son los sectores que están enviando más individuos en edad laboral a su relocalización a áreas urbanas...

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El contrato de maternidad subrogada está declarado nulo de pleno derecho en España en base a la Ley 14/2006 referida a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida. En primer lugar, afrontaremos el problema del reconocimiento de la inscripción de la filiación de los menores nacidos por esta técnica, para luego, con el fin de analizar el tema objeto de este trabajo, estudiar si existe derecho a las prestaciones por maternidad en el supuesto de la maternidad subrogada. De esta manera, tras un análisis de la doctrina científica y jurisprudencial, exponemos la necesidad de regulación del contrato de maternidad subrogada en España.

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La discusión que se planteó en Centroeuropa acerca de la conveniencia de mantener la obligatoriedad del «primado» del matrimonio civil, ofrece nuevas reflexiones sobre la relación entre la forma del matrimonio y sus elementos estructuradores básicos, como la heterosexualidad. Del estudio de las leyes de matrimonio civil de Austria se concluye que para el respeto de las formas religiosas de celebración del matrimonio parece mejor la fundamentación en la libertad religiosa de los contrayentes que en la vertiente institucional. La doctrina de Lutero considera el matrimonio una cuestión civil, por ello los fieles evangélicos aceptan el régimen matrimonial establecido por la autoridad secular, si se respetan los elementos del matrimonio natural. El Derecho civil alemán no ha llama a las uniones homosexuales matrimonio. Si la normativa civil del matrimonio se aparta de los elementos comunes con el matrimonio natural, los ciudadanos evangélico-luteranos se verán obligados a influir más eficazmente en el régimen del matrimonio civil o a impulsar el cambio hacia un sistema de matrimonio electivo.

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La armonización y la codificación del Derecho internacional privado en la UE deben contemplarse en el marco de una política tendente a la creación de un auténtico espacio de justicia. La sustitución del Derecho internacional privado nacional por los instrumentos de la UE ya se está manifestando en las temáticas cubiertas por numerosos Reglamentos de la UE. Hasta hace poco en el área del Derecho de familia la «sustitución» del Derecho internacional privado nacional por una reglamentación procedentes de la UE de la no era muy importante. Sin embargo, esta situación ha cambiado significativamente. El 8 de julio de 2016 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales y el Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo de 24 de junio de 2016 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas. El presente estudio constituye una exposición de las aportaciones de estos instrumentos en el marco de la construcción de un Derecho internacional privado de la familia. en la Unión Europea.

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El Tribunal de Justicia la Unión Europea ha hecho públicas las conclusiones de sus abogadas generales en dos casos sobre discriminación por motivos de religión o convicciones en el empleo, relativos ambos al uso de símbolos religiosos personales. Este artículo analiza esas conclusiones, que parten de posturas antagónicas y llegan a resultados diferentes. Con carácter previo, se exponen algunas nociones sobre la igualdad y no discriminación en la Unión Europea. Se concluye que la orientación de las futuras sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es incierta, aunque las conclusiones analizadas tienen ya un valor destacable, al ofrecer elementos importantes en el debate jurídico en torno al derecho fundamental de libertad religiosa y a la no discriminación por motivos de religión o convicciones.

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Esta investigación surge de la necesidad de atender la educación emocional en el ámbito universitario y para ello, se crea un Programa de Inteligencia Emocional Intensivo (PIEI en adelante) para aplicar a los estudiantes universitarios. El título de esta tesis: “Eficacia del Programa Educativo PIEI y su relación con la inteligencia emocional autoinformada y la autopercepción de competencias emocionales adquiridas, en estudiantes universitarios” apoya el objetivo de conocer si en este estudio existe impacto en inteligencia emocional autoinformada y la autopercepción de competencias emocionales, en estudiantes (hombres y mujeres) pertenecientes a diferentes universidades de la Comunidad de Madrid. La misión es conocer la eficacia de este programa formativo PIEI y saber si tras su aplicación: • Se muestra alguna diferencia estadísticamente significativa en inteligencia emocional autoinformada (atención, claridad y reparación emocional). • Se produce alguna diferencia en la autopercepción de competencias emocionales adquiridas, relativas a conciencia emocional, regulación emocional e inteligencia interpersonal. • Se puede generalizar su aplicación a más ámbitos de intervención, además del educativo, tales como el empresarial, sanitario, social y deportivo. • Se puede expandir su eficacia con rapidez, a nivel nacional e internacional, gracias a sus condiciones innovadoras de aplicabilidad: breve duración y bajo coste económico...

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En enero del año 2004, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género. Ningún partido con representación política en el año 2004 quiso quedarse fuera a la hora de apoyar una norma especialmente demandada por la ciudadaa ante la realidad social: 84 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en el año 2004. Sin embargo, el tiempo ha demostrado que la Ley Integral no sólo no ha sido un elemento eficaz a la hora de acabar con las elevadas cifras de violencia de género en España, sino que además por el camino ha supuesto problemas jurídicos hasta el punto de convertirse en una norma cuya constitucionalidad se ha planteado en más de 180 ocasiones, por parte de los Jueces obligados a aplicarla, por suponer un conflicto con preceptos constitucionales como el Derecho a la Igualdad, la Presunción de Inocencia, o la Dignidad de la mujer. A través del presente estudio, comprobamos los problemas que ha supuesto la Ley Orgánica 1/2004, analizando para ello los antecedentes jurídicos que ha tenido la búsqueda de la igualdad entre géneros en España, denunciando los problemas que la aplicación de esta norma han tenido tanto a nivel de tutela penal como civil, profundizando en la doctrina jurisprudencial que avala su polémico encaje en el marco constitucional, y proponiendo posibles soluciones para no sólo evitar tener una Ley de medidas contra la Violencia de Género que vulnere derechos constitucionales, sino que además ofrezca garantías a un mayor número de mujeres, suponga una tutela judicial efectiva y no discriminatoria, y que, en definitiva, ayude a conseguir una igualdad real entre géneros que acabe definitivamente con la situación subordinada de la mujer en la sociedad.

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El Museo de Ciencias Naturales de Madrid (MNCN-CSIC) data de 1776, momento en que se constituyó como Real Gabinete de Historia Natural con la adquisición de las colecciones de Pedro Franco Dávila (1711-1786). Posee una colección de mamíferos y aves formada por unos 57.000 especímenes preparados como pieles, fluidos, esqueletos y especímenes montados entre otros, provenientes principalmente del territorio español y de áreas de influencia colonial (América del Sur y Centroamérica, Guinea Ecuatorial, Filipinas y Marruecos). La colección de especímenes montados está compuesta por 3415 ejemplares que abarcan periodos desde el siglo XVIII hasta el XX, entre los que cabe destacar algunos ejemplares extintos. Las naturalizaciones más reconocidas, formando generalmente grupos biológicos, están realizadas por los hermanos Benedito. También cabe subrayar algún ejemplar de Rowland Ward Ltd. Las colecciones del museo han sufrido numerosos avatares y deterioros que han ocasionado pérdidas de ejemplares y daños diversos como ataques de plagas, desmembramientos, disociación, etc. Además, los ejemplares destinados a exposición poseen una estructura compleja y gran variedad de materiales diferentes en su constitución, lo que origina problemas técnicos para conservar íntegramente su morfología. Pero el problema más grave y acuciante es la falta de espacio y asignación económica, conservándose la gran mayoría de los ejemplares en unos almacenes en Arganda del Rey que no reúnen las condiciones medioambientales idóneas para su salvaguarda, por lo que siguen deteriorándose a pesar de haber sido restaurados. Actualmente varios de estos ejemplares requieren de operaciones de recuperación. Hoy en día en el Museo de Ciencias Naturales de Madrid se están aplicando tratamientos de conservación preventiva y la intención de la presente tesis doctoral es investigar sobre aquellos criterios museísticos y de conservación y restauración que permitan establecer, a través de procedimientos científicos, los protocolos de actuación en el caso de las colecciones de aves y mamíferos de modo que complementen los trabajos ya realizados por esta institución...

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Juan de Mariana (1536-1624) fue un autor español de la orden de los jesuitas que destacó por escribir el primer libro moderno de historia de España. Por encargo del rey Felipe II, publicó en latín Historia de rebus Hispaniae en 1592 y su propia traducción al español con el título Historia general de España en 1601. Esta investigación doctoral tiene como objetivo analizar sus principales obras de economía política De Rege et Regis Institutione (1599) y De Monetae Mutatione (1609), junto con su obra histórica, para contestar dos cuestiones importantes: si Juan de Mariana perteneció a la Escuela de Salamanca y, también, si podría considerarse un precursor del liberalismo que influyó en autores de los siglos XVII y XVIII. Con el objetivo de responder a la primera cuestión, la investigación propone dos agrupaciones posibles de los escolásticos tardíos españoles que permiten analizar en su conjunto las instituciones y los principios que defendieron. La primera clasificación agrupa a los autores en función de su vinculación a la Universidad de Salamanca y del uso del derecho de gentes (que es el derecho consuetudinario o “common law” inglés) y se denomina Escuela de Salamanca. Sin embargo, la segunda clasificación agrupa a los autores como un colectivo más amplio que fusiona la Escuela de Salamanca junto con los autores españoles sobre los que influyó y que, rápidamente, se extendió a todas las universidades españolas (Palencia, Valladolid, Alcade Henares, Valencia, Sevilla), vinculados por el uso genérico del derecho natural (como referirse a lo que “existe con independencia de la voluntad humana”); que emplearon en la identificaron de las instituciones y de los principios responsables del funcionamiento del orden de mercado o económico como, entre otros, los derechos de propiedad, los contratos privados, el comercio internacional, el principio de consentimiento, los principios tributarios, el precio del mercado, el origen del dinero y sus funciones, la necesidad de equilibrio en los presupuestos públicos, los impuestos bajos y el mínimo endeudamiento, el principio de la preferencia temporal, la tasa de interés de los préstamos, la importancia de las letras de crédito… Se han comparado las instituciones que defendió el padre Mariana con aquellas que argumentaron los autores de la Escuela de Salamanca, llegando a la conclusión de que no pertenece a la Escuela de Salamanca de Economía (ESE) porque no emplea el derecho de gentes y nunca estudió en la Universidad de Salamanca pero que, sin embargo, sí puede considerarse un heredero de la misma y que, de hecho, constituye uno de los máximos exponentes de un conjunto más amplio, denominado Escuela Española de Economía (EEE)...