3 resultados para DERECHO - ASPECTOS ECONOMICOS

em Universidade Complutense de Madrid


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Cada vez más evidencia demuestra la importancia de la función sistólica y diastólica del ventrículo derecho en el ámbito clínico. Sin embargo, múltiples aspectos de las bases mecánicas de la diástole ventricular derecha siguen siendo desconocidos. La mayor parte del llenado ventricular derecho tiene lugar en las fases iniciales de la diástole y, al igual que en el ventrículo izquierdo, la relajación y el comportamiento pasivo de la cámara deben determinar la despresurización y el llenado rápido durante esta fase. Sin embargo, el papel de dichas propiedades nunca ha sido cuantificado en el ventrículo derecho. Recientemente se ha demostrado que la aplicación de métodos numéricos de optimización multidimensional al análisis de datos de presión y volumen permite caracterizar las propiedades diastólicas del ventrículo izquierdo de forma más completa, exacta, y reproducible que con los métodos convencionales. Dicha metodología permite medir no sólo la rigidez sino también la contribución de las fuerzas de retroceso elástico a la despresurización ventricular. El presente trabajo se diseñó con el fin de aplicar esta misma metodología al estudio de la diástole del ventrículo derecho. Por su disposición anatómica, la fisiología del ventrículo derecho está en parte condicionada por el fenómeno de interdependencia con el ventrículo izquierdo. Así, la geometría de la cámara puede modificar en parte las propiedades diastólicas. Por ello, otro objetivo de este estudio fue establecer el impacto de los cambios de la geometría septal sobre las propiedades pasivas del ventrículo derecho...

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El presente trabajo pretende poner de manifiesto las dificultades que presenta la aplicación del régimen fiscal de cooperativas como consecuencia de algunas cuestiones específicas de este tipo societario como son: la existencia de distintos tipos de resultados que además tributan a tipos impositivos distintos; la dotación a unos fondos sociales obligatorios, deducibles, en todo o en parte, cuyo cálculo se puede realizar antes de impuestos o después de impuestos; las discrepancias existentes en la calificación dada a distintas partidas por la ley sustantiva y la ley fiscal. En todos los casos surgen problemas de aplicación práctica de difícil e incluso, en ocasiones, imposible solución para atender tanto a la legislación sustantiva como a la fiscal. Si además unimos la existencia de diferencias temporarias que pueden tener origen diverso, la imputación de las mismas a un resultado u otro, o incluso el seguimiento de su reversión se complica sobre manera. Esta situación supone un clarísimo agravio comparativo frente a otras formas jurídicas, que no presentan, ni de lejos, semejante complejidad. Así pues, se proponen en el trabajo algunas soluciones, como serían la existencia de un único resultado con un único tipo de gravamen; o la tributación exclusiva de los resultados extracooperativos quedando los cooperativos exentos del impuesto sobre sociedades, al tributar posteriormente estos rendimientos en el impuesto sobre la renta de los socios de la cooperativa; o caso de mantenerse las dos bases con los dos tipos, eliminar las discrepancias entre las normas sustantivas y la ley fiscal, así como permitir imputar cualquier ajuste únicamente a la base imponible cooperativa.

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El marco legal general en España está caracterizado por dos tendencias contrapuestas, por una parte el carácter globalizador de la legislación europea y por otro la proliferación y particularidad de las leyes nacionales y de ámbito regional (autonómicas). En un contexto en el que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) aceleran su implantación y en que todas las recomendaciones de la Unión Europea son de convergencia en el ordenamiento contable , en España se aprueba recientemente las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, que tiene como objetivo adaptar las pautas de valoración y elaboración de las cuentas anuales a las condiciones concretas del sujeto contable. La normalización y regulación de la información contable española procede de la Ley 19/1989 de 25 de julio de Reforma de la Legislación Mercantil para su adaptación a las Directivas en materia de sociedades. Dicha reforma mercantil trata de trasladar a la normativa nacional las orientaciones de la IV Directiva de la Unión Europea, conteniendo modificaciones importantes en cuanto a la contabilidad se refiere. Así en España hay un verdadero derecho contable desde ese año, al desarrollarse una regulación contable autónoma, que establece entre otros unos principios contables que quedan reconocidos en una norma con rango de ley. El Plan General de Contabilidad constituye el desarrollo reglamentario en esta materia de la legislación mercantil y con él se inicia una nueva etapa en el proceso normalizador. Dicho Plan es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la forma de éstas últimas. Las diversas adaptaciones del Plan de Cuentas tratan de recoger de un modo más preciso las peculiaridades y aspectos diferenciales a fin de que la contabilidad sirva mejor a sus objetivos: recoger adecuadamente los hechos económicos que se producen y ofrecer una imagen fiel de los mismos y del patrimonio de cada empresa. Las normas de adaptación forman parte de un auténtico derecho contable de obligado cumplimiento que contiene criterios distintos a los prescritos en la normativa tributaria. Las adaptaciones sectoriales tienen una gran importancia en ciertas áreas de actividad, cuyas peculiaridades técnicas y legales exigen unas normas de contabilidad establecidas a su medida. Una vez que se aprueban estas normas, las empresas de cada sector deben adaptar sus sistemas contables. Se han publicado diez adaptaciones sectoriales referentes a empresas constructoras, federaciones deportivas, inmobiliarias, sociedades anónimas deportivas, empresas de asistencia sanitaria, sector eléctrico, entidades sin ánimo de lucro, sociedades concesionarias de autopistas, compañías del sector de abastecimiento de aguas y sector vitivinícola. En este contexto la reciente aparición de las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas constituye una importante novedad, al constituir una adaptación en razón de la forma jurídica del sujeto contable, y no en razón del sector de actividad. Es decir, aparece por primera vez una norma de adaptación de la regulación a las condiciones concretas del sujeto contable. El presente trabajo pretende estudiar y analizar la adecuación de esta norma en un contexto de economía globalizada y dentro del proceso normalizador de la Unión Europea, así como sus posibles repercusiones para los agentes implicados, y en concreto para las sociedades cooperativas españolas.