6 resultados para Contabilidad-Leyes

em Universidade Complutense de Madrid


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Los medios de comunicación dan cuenta diariamente de hechos noticiosos relativos a asesinatos de mujeres cometidos principalmente por varones que mantenían o habían mantenido relaciones afectivas con las fallecidas. La relevancia de este tipo de noticias ha cobrado significado, y es de obligado cumplimiento su publicación por la profesión periodística desde la muerte de Ana Orantes, en diciembre de 1997. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, contempla diversas medidas de prevención de este tipo de violencia en los ámbitos público y privado; creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que se encargan de los procesos penales relativos a este tipo de violencias y, en general, protege a las mujeres contra los malos tratos, las lesiones, las amenazas, las vejaciones y las coacciones. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, refuerza la ley anterior, para lo que incluye mecanismos que favorecen la igualdad de género en la vida laboral y social. Pero, ¿qué cambios ha experimentado la información periodística relativa a la igualdad de género y a la violencia de género que pueden ser atribuibles a las leyes de igualdad y violencia de género? Se parte de la hipótesis de que las informaciones periodísticas no explican por qué siguen muriendo anualmente entre 50 y 70 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas. La teoría feminista inscribe estas muertes en la desigualdad de género y en la cultura del patriarcado, que subordina a las mujeres culturalmente a los varones, sin embargo las informaciones periodísticas no relacionan desigualdad de género con violencia de género. Al abordar este trabajo de investigación, se entendía que tendrían que haberse producido cambios en el tratamiento informativo de este tipo de violencia porque ambas leyes contemplan cierta responsabilidad de los medios de comunicación en la trasmisión de la imagen de las mujeres y de los hombres más acorde con la realidad. Por lo quese trató de averiguar cuáles han sido esos cambios...

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La convivencia more uxorio es un hecho consolidado en nuestra sociedad. Y, por tanto, precisa de un régimen jurídico que garantice su seguridad jurídica. A lo largo de los últimos años, el legislador autonómico ha dictado normas en esta materia que resultan claramente inconstitucionales por atentar contra las competencias exclusivas del Estado recogidas en el artículo 149.1.8 de la Constitución y contra el principio de libre desarrollo de la personalidad, recogido en el artículo 10.1 de este texto. El presente trabajo estudia el concepto y evolución de esta aparentemente nueva institución jurídica y cuestiona la constitucionalidad de las leyes autonómicas que la regulan, basándose en la reciente STC 93/2013.

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El marco legal general en España está caracterizado por dos tendencias contrapuestas, por una parte el carácter globalizador de la legislación europea y por otro la proliferación y particularidad de las leyes nacionales y de ámbito regional (autonómicas). En un contexto en el que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) aceleran su implantación y en que todas las recomendaciones de la Unión Europea son de convergencia en el ordenamiento contable , en España se aprueba recientemente las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, que tiene como objetivo adaptar las pautas de valoración y elaboración de las cuentas anuales a las condiciones concretas del sujeto contable. La normalización y regulación de la información contable española procede de la Ley 19/1989 de 25 de julio de Reforma de la Legislación Mercantil para su adaptación a las Directivas en materia de sociedades. Dicha reforma mercantil trata de trasladar a la normativa nacional las orientaciones de la IV Directiva de la Unión Europea, conteniendo modificaciones importantes en cuanto a la contabilidad se refiere. Así en España hay un verdadero derecho contable desde ese año, al desarrollarse una regulación contable autónoma, que establece entre otros unos principios contables que quedan reconocidos en una norma con rango de ley. El Plan General de Contabilidad constituye el desarrollo reglamentario en esta materia de la legislación mercantil y con él se inicia una nueva etapa en el proceso normalizador. Dicho Plan es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la forma de éstas últimas. Las diversas adaptaciones del Plan de Cuentas tratan de recoger de un modo más preciso las peculiaridades y aspectos diferenciales a fin de que la contabilidad sirva mejor a sus objetivos: recoger adecuadamente los hechos económicos que se producen y ofrecer una imagen fiel de los mismos y del patrimonio de cada empresa. Las normas de adaptación forman parte de un auténtico derecho contable de obligado cumplimiento que contiene criterios distintos a los prescritos en la normativa tributaria. Las adaptaciones sectoriales tienen una gran importancia en ciertas áreas de actividad, cuyas peculiaridades técnicas y legales exigen unas normas de contabilidad establecidas a su medida. Una vez que se aprueban estas normas, las empresas de cada sector deben adaptar sus sistemas contables. Se han publicado diez adaptaciones sectoriales referentes a empresas constructoras, federaciones deportivas, inmobiliarias, sociedades anónimas deportivas, empresas de asistencia sanitaria, sector eléctrico, entidades sin ánimo de lucro, sociedades concesionarias de autopistas, compañías del sector de abastecimiento de aguas y sector vitivinícola. En este contexto la reciente aparición de las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas constituye una importante novedad, al constituir una adaptación en razón de la forma jurídica del sujeto contable, y no en razón del sector de actividad. Es decir, aparece por primera vez una norma de adaptación de la regulación a las condiciones concretas del sujeto contable. El presente trabajo pretende estudiar y analizar la adecuación de esta norma en un contexto de economía globalizada y dentro del proceso normalizador de la Unión Europea, así como sus posibles repercusiones para los agentes implicados, y en concreto para las sociedades cooperativas españolas.

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A principios del siglo XII se fundó la Orden del Temple cuya función original era proteger a los peregrinos y facilitar la peregrinación a los Santos Lugares en Jerusalén, garantizando la seguridad en los caminos. En el Concilio de Troyes de 1129, la Orden recibió su consagración oficial y su propia regla (Regla primitiva). Los privilegios de la Orden fueron confirmados por sucesivas bulas papales entre los años 1139 y 1145, confiriendo a la Orden de una autonomía que le permitía actuar con independencia. De esta forma la Orden tenía sobre sus rivales laicos la gran ventaja de constituir una potencia prácticamente independiente, no sometida a las autoridades locales y que gozaba de la protección de Roma, sin aceptar su tutela. A finales de los años treinta del siglo XII, el Temple ya se había convertido en una orden militar dotada de una estructura jerárquica. La Orden evolucionó hasta convertirse en una de las instituciones militares más poderosas de la Edad Media. Durante el resto del siglo XII y principios del XIII la fama y dimensiones de la Orden siguieron creciendo. Las múltiples donaciones que recibía hicieron que la Orden llegara a ser extremadamente rica. Capaz de garantizar tanto la seguridad de los transportes de fondos como la de los depósitos que los poderosos les confiaban y poseyendo una organización administrativa ciertamente más desarrollada que la de la mayoría de los estados que recurrían a sus servicios, la Orden se convirtió pronto en banquera de reyes y altos dignatarios, así como en intermediaria de sus operaciones financieras. La caída de la Orden se produce el 22 de marzo de 1313 cuando el Papa Clemente V pronunció la abolición de la Orden del Temple, poniendo fin a una Orden militar surgida dos siglos antes con el fin de combatir en Tierra Santa, que desarrolló una potente red financiera. El objetivo general de esta investigación es describir, analizar e interpretar el modelo contable de una de las órdenes religiosas y militares de mayor relevancia por sus hazañas militares y su inmenso poder político y económico. Esta investigación se realiza a través del análisis del caso histórico de la Orden del Temple durante el siglo XIII (1221-1295). Con la finalidad de contribuir con esta investigación al conocimiento de las características generales del modelo contable del Temple se ha recopilado la escasa documentación disponible hasta la fecha sobre las cuentas del tesoro del Rey en el Temple para realizar un análisis descriptivo del detalle, contenido y presentación, así como, un análisis comparativo entre dichos documentos...

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El debate sobre la contribución de la academia contable a la práctica profesional ha retornado a la literatura internacional; en particular, se observa un incremento de foros y publicaciones alarmando de un progresivo distanciamiento entre la investigación y la práctica profesional. En este sentido, la vinculación entre docencia, investigación contable y práctica profesional ha venido estudiándose a través de una estructura triangular, como reflejo de las relaciones causales que se dan entre sus vértices y de la necesidad de una interrelación entre los mismos. En líneas generales, se tacha a la investigación contable de insuficientemente innovadora y de ir progresivamente alejándose de la realidad contable y sus necesidades, conforme ha ido consolidando su carácter como ciencia. Con relación a la Contabilidad de Gestión, los motivos del gap que se señalan como frecuentes en las publicaciones internacionales son: la falta de contacto con los problemas de los profesionales; la necesidad de respuestas rápidas de las organizaciones; la dificultad para acceder a la información contable; la infravaloración de la investigación de carácter aplicado; la evaluación de las investigaciones en función de su complejidad estadística; los cánones establecidos por las revistas de mayor impacto para publicar y el sistema de incentivos del profesorado universitario. Por otra parte, han proliferado los estudios sobre el contenido técnico y las capacidades que requieren los profesionales y su reflejo en la docencia con motivo de las nuevas titulaciones universitarias de Grado. Complementariamente, numerosas publicaciones internacionales y documentos de instituciones de profesionales intentan profundizar en un cambio en el perfil del “Management Accounting o controller”, como consecuencia del entorno competitivo y convulso al que se enfrentan actualmente las organizaciones. Sin embargo, en España son limitados los trabajos sobre la docencia universitaria en Contabilidad de Gestión y el perfil profesional de su especialista...