10 resultados para Competencia económica internacional
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
La educación es un derecho fundamental, cuya finalidad básica es el desarrollo humano, moral e intelectual de las personas que configuran la sociedad. Es necesario garantizar la igualdad en el acceso y en el desarrollo del derecho a la educación, resolviendo el problema del fracaso y abandono escolar, que afecta especialmente al alumnado que procede de las clases más desfavorecidas. En este sentido, la educación –en su condición de universal, pública y gratuita– se convirtió en un pilar del Estado de Bienestar clave para poder cohesionar una sociedad compleja y multicultural, encargándose de compensar los desequilibrios y desigualdades que el sistema económico pudiera generar por su propio funcionamiento. No obstante, se considera que en el momento a partir del cual la lógica neoliberal se hizo predominante en la economía mundial, la educación no quedó al margen, viéndose afectada tanto en la definición de sus objetivos como en el papel que dentro de ella quedaba reservado para el Sector Público, así como para los demás agentes que intervenían en ella. Todo este proceso ha venido marcado, a su vez, por el desencadenamiento de la crisis económica internacional de 2008. Por otro lado, los países de la UE-15 comparten la existencia de una educación obligatoria, que abarca entre diez y doce cursos, junto con la gratuidad de esta enseñanza en los centros de titularidad pública. No obstante, los países difieren en dos principales rasgos de sus modelos de financiación: el grado de descentralización de sus sistemas educativos y la existencia o no de subvenciones a los centros de titularidad privada. España, con un sistema educativo descentralizado desde el año 2000, representa un caso singular dentro del panorama internacional en lo referente a su red de centros privados, bajo regulación estatal, a los que se transfieren fondos públicos a través de los denominados conciertos educativos. A su vez, la descentralización regional de la gestión educativa supuso el traspaso de las funciones y servicios a las Comunidades Autónomas, de forma que estas pasaron a ser las principales responsables de la asignación del gasto en educación...
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Congreso Internacional de Museos Universitarios. Los Museos y Colecciones Universitarias: Tradición y Futuro. 3 al 5 de diciembre de 2014. Facultad de Odontología, Universidad Complutense de Madrid El Congreso fue organizado por el Campus de Excelencia Internacional (CEI), Campus de Moncloa, dentro de las líneas de actuación del Clúster de Patrimonio y fue financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Las Universidades Complutense y Politécnica de Madrid fueron las responsables de confeccionar el programa y llevar a cabo todos los actos y actividades. El Congreso contó además con el respaldo del Consejo Internacional de Museos, ICOM España. A lo largo de tres días, personas vinculadas al patrimonio académico y universitario se dieron cita para presentar sus instituciones, debatir sobre los temas propuestos, compartir puntos de vista, y proponer iniciativas. No fue el primer congreso de museos universitarios en España, pero sí fue uno de los más importantes por la gran presencia de participantes, más de 200 asistentes, que procedían de la mayoría de comunidades autónomas. Un importante número de universidades españolas que tiene museos o colecciones estaba representado, y destacadas universidades europeas también presentaron sus trabajos. En la mesa inaugural participaron los representantes de las Universidades organizadoras, representantes de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Madrid y el presidente de ICOM España. Además de resaltar la importancia de los museos y colecciones universitarias, los representantes de las instituciones se comprometieron a apoyar a las universidades en las tareas de investigación, conservación y difusión de su patrimonio. Las ponencias invitadas estuvieron a cargo de los representantes de las organizaciones internacionales más importantes relacionadas con el patrimonio universitario: el Consejo Internacional de Museos y Colecciones Universitarias (UMAC) y la Red del Patrimonio Académico Europeo (UNIVERSEUM). Las comunicaciones y pósters fueron numerosos agrupándose en las siguientes áreas temáticas: La investigación en los museos y colecciones universitarias La difusión de los museos y colecciones universitarias Los proyectos de conservación y restauración en torno a museos y colecciones universitarias Las colecciones universitarias como colecciones artísticas La gestión de los museos y colecciones universitarias Las mesas redondas ahondaron en las áreas temáticas de las comunicaciones, centrándose en aspectos que hacían referencia a los retos a los que se enfrentan las instituciones: valor, documentación, gestión y difusión de los museos y colecciones. La realización de este Congreso permitió un extenso intercambio de experiencias y finalizó con la esperanza de que sirva de comienzo para dar visibilidad al patrimonio académico en el contexto fundamentalmente europeo intentando, a su vez, definir cuál es su papel en la nueva situación social, política y económica. Durante los tres días intensos se tuvo la oportunidad de darnos cuenta de las maravillas que atesoran nuestras universidades que están a la altura de muchas colecciones museísticas “tradicionales”. En este libro se recogen las interesantes iniciativas que nos sirven de modelo y nos animan a seguir trabajando para asegurar la conservación y difusión de tan destacado legado.
Resumo:
En materia de Derecho internacional privado la nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria opta básicamente por remitirse de manera genérica a otras disposiciones de nuestro ordenamiento, incluidos los convenios internacionales y los instrumentos de la UE. La aplicación de las normas de competencia internacional puede plantear significativas particularidades en el ámbito de la jurisdicción voluntaria, en especial, con respecto a la concreción de las reglas relevantes, el alcance de ciertos mecanismos de flexibilización, la actividad de los operadores no jurisdiccionales y la coordinación con las reglas de competencia interna. En el ámbito del Derecho aplicable, la peculiar vinculación entre normativa material y procesal dificulta su delimitación y aconseja la coordinación entre los criterios de competencia y la determinación de la ley aplicable. Los intereses objeto de protección en los expedientes de jurisdicción voluntaria pueden justificar un tratamiento parcialmente diferenciado en lo relativo a la aplicación del Derecho extranjero. En materia de reconocimiento de resoluciones, ámbito en el que la nueva Ley sí incluye ciertas disposiciones específicas, presenta gran interés el análisis de las resoluciones susceptibles de reconocimiento, el régimen de inscripción registral, los motivos de denegación del reconocimiento y la coordinación con las normas incluidas en otras recientes reformas.
Resumo:
La armonización y la codificación del Derecho internacional privado en la UE deben contemplarse en el marco de una política tendente a la creación de un auténtico espacio de justicia. La sustitución del Derecho internacional privado nacional por los instrumentos de la UE ya se está manifestando en las temáticas cubiertas por numerosos Reglamentos de la UE. Hasta hace poco en el área del Derecho de familia la «sustitución» del Derecho internacional privado nacional por una reglamentación procedentes de la UE de la no era muy importante. Sin embargo, esta situación ha cambiado significativamente. El 8 de julio de 2016 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales y el Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo de 24 de junio de 2016 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas. El presente estudio constituye una exposición de las aportaciones de estos instrumentos en el marco de la construcción de un Derecho internacional privado de la familia. en la Unión Europea.
Resumo:
La nueva orientación de las medidas de política económica en Argentina a partir de 2002 dio lugar a que se especulara con un cambio profundo en el funcionamiento de su economía. En la década de 1990 las políticas de ajuste aplicadas en el marco de la renegociación de la deuda externa, contribuyeron a la gravitación de la dinámica económica en torno al capital financiero. La deuda pública se convirtió en el eje de la actividad especulativa, por su papel destacado en el ingreso de capitales extranjeros que elevaban los tipos de interés ante la necesidad de aumentar su atractivo. El endeudamiento público permitía el sostenimiento de la política económica, el pago de los servicios de la deuda pública, el déficit comercial y la fuga de capitales del sector no financiero. A partir de la implementación de las nuevas medidas y de la mejora de los datos macroeconómicos del país, desde el discurso oficial, se afirmó la interrupción de este circuito y, con ello, el desplazamiento del capital financiero del centro de la escena económica. No obstante, la existencia de opiniones contrarias a las bondades de estas medidas y a la afirmación de cambio justifican el interés de esta investigación. En este trabajo se aborda el análisis del alcance del cambio de las medidas de regulación entre los años 2002 y 2012, centrándose concretamente en los efectos que ha tenido sobre el capital financiero. El objeto de estudio de esta investigación es constatar si se produjo un desplazamiento del capital financiero del centro de la dinámica económica en este periodo. El trabajo se divide en tres partes. La primera parte incluye los capítulos que contienen la revisión bibliográfica, el análisis de lo sucedido en la década de 1990 y el conjunto de medidas de política económica con efectos en el ámbito financiero tomadas a partir de 2002. Estas son: la devaluación, el rescate financiero, las políticas monetaria y cambiaria, la reestructuración de la deuda en default, la nacionalización del sistema previsional de capitalización, los controles del mercado de divisas, la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central y la ley del mercado de valores. La segunda parte de esta tesis incluye los capítulos en los que se aborda el análisis de las variables desde las que se evaluó la centralidad del capital financiero en la dinámica económica...
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Uno de los ámbitos menos estudiado y que afectaría al incentivo que las entidades financieras tienen para originar operaciones de titulización es el marco contable aplicado a los derechos de crédito utilizados como subyacente en el momento de su cesión. El trabajo de investigación que se ha realizado para esta tesis doctoral tiene como objetivo demostrar la existencia de diferencias significativas en el tratamiento de la baja contable de los activos titulizados dentro de los marcos contables aplicados a los países que conforman la Unión Europea y los Estados Unidos, esto es, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Financial Accounting Standards (FAS), respectivamente. Nuestro análisis sugiere que esas diferencias han tenido un impacto material en las entidades de crédito originadoras de este tipo de operaciones en términos, principalmente, de cesión de riesgo de crédito o transferencia de activos a terceros, aunque de diferente signo en función de que estuviesen a un lado u otro del Atlántico. Tanto en el pasado como actualmente, los activos titulizados bajo el marco normativo estadounidense han conseguido la baja contable en mayor proporción que los titulizados bajo el marco contable europeo. Ese tratamiento diferenciado de los activos involucrados en operaciones de titulización ha tenido, además, repercusiones en la rentabilidad económica que las entidades originadoras pueden obtener a partir de estas operaciones, en los indicadores de la fortaleza financiera de las mismas y, en último término en la actividad crediticia de los bancos. Este estudio aporta evidencias que sugieren la necesidad de una mayor convergencia entre los dos sistemas contables IASB y FASB, fundamentalmente en la conceptualización de la transferencia de activo sobre la base del mismo criterio, bien sea la transmisión de riesgos y beneficios asociados al mismo como ocurre en las NIIF o a la transmisión del control sobre dicho activo como ocurre en las FAS.
Resumo:
Hace décadas que los efectos de la actuación de las empresas sobre el disfrute los derechos humanos (DH) forman parte del debate jurídico internacional. En un contexto expansión transfronteriza de la actividad económica se han generado estructuras empresariales transnacionales que alcanzan en ocasiones la posibilidad de influir (directamente o a través de grupos de presión) a gobiernos y administraciones públicas y de incidir negativamente en el disfrute de los DH. Si bien estas situaciones pueden producirse en cualquier lugar del mundo, los países con un menor nivel de desarrollo o en situaciones de transición son más susceptibles de convertirse en escenarios de violaciones de DH. Además, en ellos es más difícil hacer efectiva la persecución y sanción de las conductas infractoras por una escasa o deficiente regulación nacional y/o por la debilidad de las estructuras administrativas y judiciales, imbuidas de corrupción en muchos casos. Jurídicamente, el estudio de posibilidades de articular y exigir responsabilidad a las empresas por violaciones de los DH requiere en primer lugar analizar la existencia y alcance de las obligaciones en materia de DH que repercuten sobre las empresas. Con este fin, y teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas más novedosas, este trabajo aborda los distintos enfoques que permiten las dos disciplinas jurídico-internacionales: el Derecho internacional Público (DIP) y el Derecho internacional privado (DIPr) adoptando lo que, frente a la ya suficientemente estudiada perspectiva judicial (acceso a la justicia), puede calificarse como aproximación reguladora. Como es obvio, tanto las fuentes como las técnicas de reglamentación varían si tomamos como sujetos de referencia a los Estados o a las empresas que, por lo demás, operan en planos normativos y de responsabilidad distintos. Mientras el Estado incurre en responsabilidad internacional, ésta no es en principio atribuible a las empresas que, más allá de la eventual responsabilidad penal y/o administrativa, incurren en responsabilidad civil establecida a escala nacional.
Resumo:
La Unión Europea inició en 2013 la negociación del acuerdo comercial denominado “Partenariado Transatlántico sobre Comercio e Inversión”, más conocido por las siglas en inglés de dicho acuerdo, TTIP (Transatlantic Trade and Investment Partnership). Se trata del acuerdo de libre comercio más importante de la historia de la Unión Europea, con un potencial impacto económico relevante sobre la economía europea, la economía española y, también, sobre el orden comercial multilateral articulado en torno a la Organización Mundial de Comercio y el GATT. Se ha considera oportuno, en consecuencia, investigar de forma rigurosa sobre el potencial impacto económico de este acuerdo comercial. Síntesis La tesis doctoral tiene por objetivo desarrollar el marco analítico en el cual evaluar el potencial impacto económico del acuerdo comercial conocido como TTIP. Pretende, en primer lugar, a la luz de las estadísticas oficiales disponibles, analizar en profundidad la economía atlántica, desde la perspectiva de los flujos de comercio de bienes y servicios y de los flujos de inversión, y aplicar la nueva teoría pura del comercio internacional (bajo supuestos de economías de escala, diferenciación de producto y preferencia por la variedad en las funciones de demanda del consumidor) a la explicación de los intercambios comerciales atlánticos. Se propone asimismo aplicar la teoría económica al análisis del impacto de las variaciones de los precios internacionales de los inputs energéticos o commodities sobre la economía atlántica. El segundo objetivo es profundizar en el análisis de las barreras que aún obstaculizan los intercambios comerciales de bienes y servicios y los flujos de capitales y de personas en la “economía atlántica”. Se trata de extender el análisis desde los obstáculos comerciales tradicionales (aranceles y contingentes), a los que subyacen en la regulación, los estándares técnicos, las reglas sobre compras públicas, las decisiones en el ámbito de la política de defensa de la competencia o en el uso de los instrumentos de defensa comercial. El análisis horizontal de las barreras se complementa con otro de carácter sectorial. Sin este ejercicio no es posible evaluar correctamente el impacto potencial de una liberalización comercial atlántica completa y profunda...