2 resultados para Carmelitas Descalzas-Constituciones

em Universidade Complutense de Madrid


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INTRODUCCIÓN La figura de Diego Sobrino Morillas (1556‐1623), llamado desde su ingreso en la orden religiosa del Carmelo Descalzo, el año 1584, Fray Diego de San José ha suscitado interés por investigadores españoles e internacionales en materias como la Historia y la Filología. Su familia, formada por personajes conocidos como Cecilia del Nacimiento, fue un importante núcleo científico y literario en Valladolid durante los siglos XVI‐XVII. La obra de Fray Diego de San José objeto de nuestro estudio es Facultades de las plantas collegidas de la Historia Natural. OBJETIVOS • Estudiar el entorno histórico, familiar y religioso en que vivió Fray Diego de San José. • Analizar su obra manuscrita Facultades de las plantas collegidas de la Historia Natural desde el punto de vista farmacéutico y resituarla históricamente. • Investigar sobre el conocimiento y la motivación que Fray Diego de San José tenía sobre la botánica, terapéutica y otras utilidades para el hombre. METODOLOGÍA Se utilizaron fuentes manuscritas de la época para el conocimiento de la biografía de Fray Diego de San José, especialmente la obra manuscrita por él titulada Relación de cosas memorables de la vida y muerte del S. D. Francisco Sobrino Obispo de Valladolid, y de sus Padres y Hermanos conservada en el Convento de la Concepción del Carmen de Carmelitas Descalzas de Valladolid. Se estudió el manuscrito original de su obra Facultades de las plantas collegidas de la Historia Natural consultado en la Real Academia de la Historia y su copia que se encuentra en la Biblioteca Nacional de España...

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Muchas Constituciones en el mundo atribuyen una función social a las sociedades cooperativas y prevén que el legislador las promueva. La ley y las instituciones europeas suelen incluir a las cooperativas en las entidades de la economía social que los poderes públicos tienen la tarea de fomentar. Para que estas normas puedan considerarse legítimas a la luz del principio constitucional de igualdad ante la ley, las cooperativas deberán poseer una identidad jurídica distinta de la de otras sociedades. Este artículo se propone identificar los principales elementos de la identidad jurídica de la cooperativa que la hacen un tipo de sociedad digna de específica tutela y trato privilegiado en la Constitución y por parte de la ley. Además, el artículo tratará de la distinción entre cooperativas mutualistas y cooperativas de interés general a la luz del problema de la regulación de la “empresa social”.