6 resultados para CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CIDH

em Universidade Complutense de Madrid


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Un verdadero compromiso con el desarrollo humano, sostenible y equitativo debe trascender las limitadas capacidades de la política de ayuda y apostar por la promoción de la Coherencia de Políticas para el Desarrollo (CPD). Si bien las políticas de ayuda mantienen un relevante papel que desempeñar en el sistema internacional, existe un conjunto más amplio de políticas ―como la comercial, la agrícola, la migratoria, la medioambiental o la de exportación de armas, entre otras― cuyos efectos condicionan en mayor medida las oportunidades reales de progreso de los países en desarrollo y contribuyen de forma más relevante a la conformación de un mundo más estable, justo y seguro. Así, lejos de recluir el trabajo por el desarrollo a la política de ayuda, la CPD reclama la necesidad de incorporar la visión del desarrollo en el conjunto de la acción pública, de tal forma que este objetivo impregne el diseño, ejecución, seguimiento e impacto del conjunto de las políticas desplegadas. De ahí la necesidad de someter progresivamente a estudio en qué medida determinadas políticas públicas integran cuestiones relativas al desarrollo o permanecen ajenas ―cuando no son contradictorias a ellas-.

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Durante los últimos años, y con mayor énfasis en el último lustro, la Organización de Naciones Unidas ha mostrado gran preocupación por la situación de las víctimas de la Guerra Civil española y la posterior represión franquista, recomendando al Estado español modificaciones legislativas y profundos cambios institucionales orientados a una mejor protección y reconocimiento de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de este colectivo, así como políticas dirigidas a la no repetición de los acontecimientos represivos. Paralelamente, las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, haciendo efectiva la membresía del Estado español en el Consejo de Europa, han acudido en ocho ocasiones ante la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en reclamo de estos mismos derechos, sin que hasta la fecha este tribunal haya considerado que cuenta con jurisdicción para pronunciarse al respecto.

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A modo de introducción y presentación de este volumen monográfi co, se repasa la evolución y los principales objetos en juego de la Antropología de los Derechos Humanos tal como se presenta actualmente. Teniendo en cuenta la importancia adquirida por éstos como medio de expresión de las luchas sociales, de denuncia de las violaciones de distinta índole y de instrumento de promoción de equidad y de justicia social, se destaca su naturaleza fundamentalmente cultural, histórica y dinámica. Asimismo, se señalan las premisas epistemológicas y teóricas ligadas al desarrollo de esta perspectiva: excluyendo unos enfoques legalistas o culturalistas, se indican los cambios de paradigmas antropológicos, la naturaleza discursiva de los derechos humanos, la intervención de los agentes sociales, colectividades e instituciones locales en su adopción o recreación, así como sus consecuencias simbólicas y prácticas tanto en las personas como para las formas de convivencia.

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En este texto discuto las relaciones entre memorias e identidades políticas, en las mediaciones existentes entre las políticas culturales de los movimientos sociales y las ciencias sociales, a partir del caso del movimiento por la memoria y los derechos humanos en España. Un grupo de colaboradores universitarios reflexionamos sobre la contribución realizada en el seno del movimiento, desde una perspectiva de investigación participativa. Atendemos dos cuestiones principales, los cambios de los marcos de interpretación de nuestro pasado reciente y la incidencia de su agenda en el campo de relaciones entre ciencias sociales y el proceso político.

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Hace décadas que los efectos de la actuación de las empresas sobre el disfrute los derechos humanos (DH) forman parte del debate jurídico internacional. En un contexto expansión transfronteriza de la actividad económica se han generado estructuras empresariales transnacionales que alcanzan en ocasiones la posibilidad de influir (directamente o a través de grupos de presión) a gobiernos y administraciones públicas y de incidir negativamente en el disfrute de los DH. Si bien estas situaciones pueden producirse en cualquier lugar del mundo, los países con un menor nivel de desarrollo o en situaciones de transición son más susceptibles de convertirse en escenarios de violaciones de DH. Además, en ellos es más difícil hacer efectiva la persecución y sanción de las conductas infractoras por una escasa o deficiente regulación nacional y/o por la debilidad de las estructuras administrativas y judiciales, imbuidas de corrupción en muchos casos. Jurídicamente, el estudio de posibilidades de articular y exigir responsabilidad a las empresas por violaciones de los DH requiere en primer lugar analizar la existencia y alcance de las obligaciones en materia de DH que repercuten sobre las empresas. Con este fin, y teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas más novedosas, este trabajo aborda los distintos enfoques que permiten las dos disciplinas jurídico-internacionales: el Derecho internacional Público (DIP) y el Derecho internacional privado (DIPr) adoptando lo que, frente a la ya suficientemente estudiada perspectiva judicial (acceso a la justicia), puede calificarse como aproximación reguladora. Como es obvio, tanto las fuentes como las técnicas de reglamentación varían si tomamos como sujetos de referencia a los Estados o a las empresas que, por lo demás, operan en planos normativos y de responsabilidad distintos. Mientras el Estado incurre en responsabilidad internacional, ésta no es en principio atribuible a las empresas que, más allá de la eventual responsabilidad penal y/o administrativa, incurren en responsabilidad civil establecida a escala nacional.