18 resultados para secular morality

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El mundo actual se caracteriza por la diversidad de justificaciones morales, por lo que resulta arriesgado referirse a una única Bioética. Esta diversidad lleva a muchos autores a defender la necesidad de establecer una bioética secular, que ignora el pensamiento religioso y las manifestaciones de la cultura. El artículo analiza los caminos que atraviesa la bioética secular, en el contexto de creciente secularización del mundo actual para, finalmente, hacer referencia a los aportes que puede ofrecer una bioética cristiana.

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Introducción: El Papa Benedicto XVI en la Carta Apostólica en forma de Motu proprio Porta Fidei invitó a toda la Iglesia a celebrar un Año de la Fe, con motivo de los 50 años de la apertura del Concilio Vaticano II. Esta celebración ofreció una buena ocasión para reflexionar sobre la aplicación de las enseñanzas conciliares en la vida eclesial. Ellas pueden llegar a ser, según el Santo Padre, una gran fuerza para la renovación siempre necesaria de la Iglesia... Uno de los temas fundamentales que propicio esta renovación conciliar es la nueva mirada sobre la Iglesia, vista ahora como misterio. Si bien el Concilio utiliza la categoria de Pueblo de Dios para definirla, en la eclesiología conciliar está implicita la categoría communio. La Iglesia es un misterio de comunión, como la definiera más adelante el Sínodo extraordinario de los Obispos de 1985, con motivo de la celebración de los veinte años de la clausura del Concilio. A partir de esta eclesiología se desprende una nueva concepción teologíca o reflexión sobre la identidad y ministerio de los presbíteros. Un tema importante de la vida presbiteral que debió afrontar el Concilio fue el de su sostenimiento y remuneración. Por ello, el presente trabajo de investigación tiene dos polos bien definidos: el sostenimiento de los presbíteros y la eclesiología de comunión. Se trata de establecer la relación que hay entre ellos. Es útil pensar que si hay una nueva visión de la Iglesia y de la vida presbiteral, en la dinámica que actualiza la secular evolución, también se ha de renovar la forma en que se debe proveer al sostenimiento de la vida de los presbíteros y a su seguridad previsional...

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Nota del Director. Nuestra brújula segura -- La crisis de los cuarenta / María Josefina Llach -- Hacia una nueva imaginación. Sobre el laicado y las mujeres en la Iglesia / Virginia R. Azcuy -- Logros y tareas a 40 años de la promulgación de la Constitución Dogmática sobre la Divina Revelación / Claudia Mendoza -- La Constitución Pastoral Gaudium et Spes como “acontecimiento”. Un ingreso desde las “redes” / Marcelo González -- De una cultura ritual a una cultura secular. Críticas a la reforma litúrgica conciliar / Osvaldo Santagada -- El misterio de la Iglesia, pueblo de Dios en comunión / José Carlos Caamaño -- El movimiento ecuménico a 40 años del Concilio Vaticano II / Jorge A. Scampini -- Una articulación del binomio Iglesia universal/ Iglesia particular-local / Antonio Fidalgo -- Nuestra facultad de teología en perspectiva histórica: desde su origen (1915) y hacia su centenario (2015) / Carlos M. Galli -- En torno al misterio de Dios. El pensamiento de Ricardo Ferrara / Carlos A. Castro -- Notas Bibliográficas -- Instrucciones para los colaboradores

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Resumen: Las indicaciones pastorales del Papa Francisco en Evangelii gaudium ofrecen la oportunidad para redescubrir el valor de la categoría ley bajo la guía de la tradición tomista recogida en el documento pontificio. La propuesta moral del Evangelio o ley nueva, siguiendo la sinonimia utilizada por santo Tomás de Aquino, no puede ser reducida a un precepto o una serie de normas; muy por el contrario, revisitando la doctrina del Doctor Común podemos descubrir la necesidad de una hermenéutica sapiencial y profundamente bíblica de uno de los pilares de la moral cristiana. En el camino de la conversión pastoral, el retorno a las fuentes tomistas vuelve a iluminar la reflexión teológica con fecundidad renovada.

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Resumen: El texto analiza las afirmaciones defendidas sobre el estatuto entitativo del embrión y de la solución ética a la cuestión de la legitimidad del aborto provocado, en un trabajo del jurista y pensador italiano, Luigi Ferrajoli, defensor de lo que puede denominarse el bioderecho “liberal”, con una posición decisivamente tomada en favor de la eticidad del aborto. Se advierte que cada uno de sus argumentos parte de una premisa: considerar las afirmaciones de la Iglesia Católica como inexorablemente erróneas, especialmente en lo atinente a la relación entre moral y derecho. La consecuencia más grave de este tipo de argumentación es la deriva anti-humanista del pensamiento contemporáneo con la consiguiente pérdida de toda racionalidad lógica.

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Resumen: El artículo describe las características principales del documento pontificio La vocación del líder empresarial: una reflexión, destacando su génesis y sus objetivos. Sin embargo, presenta también las debilidades que encuentra en el texto. En primer lugar, el autor critica el modo en que se tratan las cuestiones laborales, especialmente la falta de referencias a la noción de “empleador indirecto” de Juan Pablo II. Luego, postula que el documento tampoco presenta el problema de la organización del trabajo, tema que fue tratado tanto por el Papa Pío XI como por Juan Pablo II. Por otra parte, aclara que el documento hace referencia al derecho a un salario justo pero no aporta ideas acerca del modo en que debería articularse la relación entre los propietarios de la empresa y los trabajadores. Finalmente, el autor sostiene que el documento omite el problema del lobbying que tanto afecta a la moral del mercado

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Resumen: El problema de la deshumanización de la atención médica sido enfocado desde ópticas diferentes (y en diversos momentos históricos), ya sea desde la perspectiva del paciente, de los familiares o del propio equipo de salud que presta los servicios, pero no hay un estudio de las causas y de las posibles soluciones. Al realizar un recorrido de la atención profesional en el mundo de la salud observamos que solo podemos re humanizar esa atención con el compromiso directo de todos los participantes del equipo de salud para promover actos y condiciones que tengan como finalidad el respeto de los derechos humanos que se afirman en la dignidad de cada persona enferma. Creemos que esta presentación puede llevar a tomar conciencia sobre la vulnerabilidad de la intimidad en el proceso, hoy deshumanizante, de la atención profesional en el ámbito de la salud y desde este punto de partida asumiendo las responsabilidades subjetivas, sin anular la moralidad objetiva del hecho, comprometiéndonos a denunciar estas situaciones injustas y a trabajar día a día para humanizar la atención y de esta forma respetar el derecho a la intimidad.

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Resumen: Esta ponencia forma parte del primer Panel Inaugural del II Congreso de Teólogas latinoamericanas y alemanas “Espacios de Paz”, realizado del 28 al 31 de marzo de 2016. Se aborda el tema de la paz como signo de estos tiempos desde tres claves: el contexto latinoamericano, la centralidad de la violencia en los estudios sobre la paz y su relación con las mujeres como constructoras de paz y víctimas de violencia. La reflexión se organiza en dos partes: primero, se analiza el discernimiento teológicopastoral sobre la paz realizado por la Conferencia de Medellín, en un contexto de subdesarrollo e injusticia caracterizados como violencia institucional y pecado estructural; además, se mencionan en forma breve los desafíos de reconciliación que plantearon los procesos de transición que siguieron a los gobiernos militares y a los conflictos armados internos. En la segunda parte, se enfocan algunos valores y esferas de la paz y la violencia –personal, estructural y cultural–, para considerar el concepto secular y cristiano de “pacificación” (peacebuilding) y los aportes teóricos y prácticos de las mujeres en la construcción de la paz en contextos de violencia.

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Vamos a detenernos en los siguientes temas: imputabilidad, atenuantes, eximentes y agravantes, y en su aplicación a los delitos sexuales de clérigos contra menores. Queremos ver en qué medida los clérigos acusados de abuso de menores son imputables en el Derecho Canónico, para lo cual estudiaremos la figura misma de la imputabilidad y su posible relación con las enfermedades mentales, y con los trastornos de la personalidad. Para una mejor comprensión, haremos algunas consideraciones sobre cómo es tratado el tema de los abusos de menores en la legislación secular, en relación a la imputabilidad de los mismos, y bajo qué sistema se suelen regir para declarar inimputable o no a un delincuente que padece trastornos mentales o psicológicos. El concepto de imputabilidad es especialmente controvertido, pudiendo contemplarse desde toda una variedad de perspectivas y desde una multiplicidad de posicionamientos dogmáticos, penales, médicos, psicológicos y psiquiátricos...

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Resumen: En el pensamiento de Santo Tomás de Aquino, la Filosofía Moral y la Teología Moral tienen al bien como concepto central, es decir, el ser en cuanto apetecible y en cuanto fin de la tendencia o apetito. Lo anterior es debido a que lo bueno expresa el ser en cuanto se relaciona con el apetito y de este modo señala la capacidad del ser para mover la voluntad o una tendencia cualquiera hacia su fin. Es por esto que Santo Tomás sostiene con Aristóteles que el bien coincide con la noción de fin. Y es por la importancia de estos principios y por su repercusión en la moral y sobretodo en la explicación de la libertad moral, que este breve trabajo consiste en una profundización en las relaciones entre el bien, el fin y la naturaleza y algunas de sus aplicaciones a lo que se conoce como tendencia natural o apetito natural y la tendencia libre que se refiere a la voluntad sobre todo a la voluntad de la persona humana. No se trata de un intento por presentar todas las conclusiones que de estos principios se siguen, lo cual correspondería a la Filosofía o a la Teología Moral, sino más bien de una profundización en los principios metafísicos, para asentar los cimientos del orden moral.

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Resumen: En su obra The morality of law, Lon Fuller pretende indicar ocho principios de la legalidad (principles of legality) que orientan la actividad de la legislación. La legalidad se presenta como un ejemplo de una concepción procedimental o institucional del derecho natural (procedure natural law o institutional natural law). El objeto del “iusnaturalismo institucional” de Fuller no es el contenido ético universal del derecho (derecho natural sustantivo), sino su modo formal-procedimental de existencia (derecho natural institucional). Este artículo tiene cuatro partes. Primero, el proyecto del iusnaturalismo institucional; segundo, los ocho principios de la legalidad de Fuller señalando su presencia también en las obras de Tomás de Aquino, Hobbes y Von Hayek; tercero, algunos conceptos de Wittgenstein y de John Searle que iluminan el aspecto metodológico del iusnaturalismo institucional y cuarto, se apuntará que el proyecto de un iusnaturalismo institucional ya está presente en la reflexión tomista sobre el ius gentium. En la conclusión, se recurrirá a las contribuciones de Jeremy Waldron para establecer el locus del iusnaturalismo institucional en el interior de la tradición iusnaturalista.

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El autor señala el papel singular y de primera magnitud que asumió el clero en los tres primeros decenios de la configuración política y organización de Argentina. El artículo presenta el cuadro cultural del Virreinato en los tiempos de la Revolución, los centros de estudio de la filosofía y de la teología en el Virreinato a los que recurrían el clero secular y religioso y el lugar que les cupo a las órdenes religiosas en esa tarea. Se hace referencia al rol que asumió el clero ilustrado, tanto religioso como secular, en la justificación doctrinaria tanto teológica como política y la fundamentación de la Revolución, y la influencia del clero popular en la realización de dicho proyecto, a la cabeza de los movimientos; ambos integrados predominantemente por criollos. Se han elegido ocho teólogos, nativos todos, cinco con grado de doctor en teología y los restantes tres con estudios superiores en filosofía, la mayoría jóvenes.

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Resumen: El presente estudio se ocupa del sacramento de la penitencia en la diócesis de Segovia durante la Baja Edad Media. El mismo considera sus aspectos doctrinales, la instrucción del sacerdocio para su correcta administración y su práctica concreta en las distintas parroquias que componían el territorio diocesano. Si las altas jerarquías eclesiásticas pusieron un gran empeño en promover la confesión anual obligatoria, siguiendo las constituciones del Concilio de Letrán IV, el devenir cotidiano de la vida parroquial dio cuenta de un objetivo que permaneció inconcluso hasta los tiempos posteriores a la Reforma. Dicha falencia, no residió en la escasa devoción popular, sino en la inexistencia de un control efectivo sobre las jerarquías inferiores del clero secular.

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Resumen: El texto trata sobre las diferencias entre el Estado de Derecho Legal y el actual Estado de Derecho Constitucional (neoconstitucionalismo). Luego se realiza una comparación en lo atinente a la relación entre moral y derecho entre esta nueva forma de Estado y la concepción iusnaturalista.

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En la primera lectio con la que iniciamos el año académico 2013 expuse sobre el tema: “En defensa de la racionalidad del Derecho”. Cicerón ya decía que la naturaleza del Derecho debíamos buscarla en la naturaleza del hombre, y ésta justamente en su especificidad es racional (lo que nos permite distinguirnos de los otros seres irracionales), por eso el Derecho debe fundarse en su ser racional. Por su parte, en el inicio del año académico 2014 expuse: “En defensa de la politicidad del Derecho”, en consonancia con la defensa de su racionalidad que hicimos aquella primera vez. Esto es posible por la estrecha relación que existe entre ambas dimensiones (la racionalidad y la politicidad), debido a que el hombre es un animal político, como decía Aristóteles (zoom politykon), porque es un animal racional (zoom logotykon). A diferencia de otros animales, donde lo gregario se da en el orden instintivo, en el hombre la sociabilidad y la politicidad suponen la racionalidad. Siguiendo la misma línea, este año voy a referirme a la moralidad del Derecho, a fin de completar la trilogía (racionalidad, politicidad y moralidad). De ahí el título de la presente lectio: “En defensa de la moralidad del Derecho”. Esto es así porque de la misma manera que el hombre es también un animal ético (zoom ethykon), es racional y así todo su obrar ético se funda en su racionalidad, por aquello de que el obrar sigue al ser (operari sequitur esse). De esta manera, lo que pretendo demostrar en la presente tesis es que tanto la politicidad del Derecho a la que me referí el año pasado, como a la moralidad del Derecho a la que me referiré en esta disertación se fundan en la racionalidad del Derecho abordada en la primera lectio. Por eso, en algunas partes de esta disertación me remitiré a las dos anteriores ya que las tres lecciones forman un conjunto...