8 resultados para Uniones temporales
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: La vida sacramental de los fieles divorciados, que viven en una segunda unión a modo matrimonial o también llamados “vueltos a casar” en un tema que viene reflexionándose en la Iglesia. Si bien con diversas acentuaciones, se confirma la importancia de que toda reflexión cuente con un marco de profunda renovación espiritual, a la luz del misterio de Cristo, con quien el cristiano está llamado a conformarse.
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Resumen: En muchos países del mundo se suceden actualmente reclamos de reconocimiento público de las uniones homosexuales. Diversos países europeos han introducido normas tendientes a reconocer nuevas modalidades de ser pareja y familia sobre la base de una nueva concepción “de género” de la sexualidad humana. Pero la impresión que surge es que tales reconocimientos no son siempre precedidos de una profundización propiamente jurídica. En tal sentido, a la luz de las recientes solicitaciones político-sociales en materia de sexualidad y de familia, la presente contribución pretende proponer, en una perspectiva filosófico-jurídica, una reflexión sobre la función y el sentido del derecho frente a los cambios sociales.
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Resumen: En este artículo el autor considera desde el punto de vista temporal, tres dimensiones diferentes: el tiempo físico o cronométrico, el tiempo vivencial o psicológico y el tiempo virtual, dimensión esta última en la cual se inscriben las artes temporales.
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Este trabajo se enfoca en la diferencia entre el precio internacional y el que reciben los productores Argentinos, al cual se le suele llamar la paridad de exportación, y plantea una serie de interrogantes, a saber: • Existe una relación ente el precio internacional y el local? • La misma es estable en el tiempo? • A qué responde el diferencial? o Es un ruido blanco? o Existen componentes estacionales, estructurales o temporales. • Generaron alteraciones en este diferencial los cambios en el entorno macroeconómico de la convertibilidad, el de la postconvertibilidad, y las limitaciones a las exportaciones de granos introducidas por el mecanismo de ROE VERDE? • Tuvo el episodio popularmente conocido como “conflicto de la 125” un efecto sobre este indicador? En la medida en que se avance con el programa se irán planteando hipótesis alternativas, siendo la de partida que en el caso de la soja la relación de precios local e internacional es fuerte, estable en el tiempo, y que el diferencial responde a los costos de transacción de las operaciones de exportación. Por otro lado, si bien el diferencial de precios externo versus el local, se puede haber visto influido en momentos puntuales por las turbulencias en el contexto macroeconómico y por sucesos específicos del mercado de granos, los valores rápidamente tienden a normalizarse
Resumo:
Resumen: Este artículo tiene por objeto a uno de los filósofos medievales más importantes del pensamiento occidental: nos referimos a Agustín de Hipona. En este escrito intentaremos examinar y analizar, primero, el contexto biográfico, social y político de su época, ya que no podemos pretender comprender el pensamiento de un filósofo fuera de las circunstancias en que dicho pensamiento se gestó; luego de analizar el contexto histórico intentaremos justificar la postura que sostiene que San Agustín fue realmente un pensador medieval, a pesar de que no se sitúe dentro de los límites temporales que señala la tradición para la Edad Media. En segundo lugar, intentaremos poner de manifiesto sus enseñanzas acerca de la verdad y de la justicia; y, finalmente, intentaremos ubicarlas dentro de los esquemas clasificatorios de Jorge Saltor y Nicasio Barrera.
Resumo:
Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.
Resumo:
Contenido: La capacidad-incapacidad para el orden sagrado / C. Baccioli – Naturaleza de los sacramentales : reflexión teológico canónica / J. Bonet Alcón – El nuevo Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos, Apostolorum Successores / A. W. Bunge – El concepto de laicidad / A. D. Busso – Asociaciones de fieles : de la renovación al porvenir / M. Colombo – La especificidad del derecho canónico / Z. Grocholewski – Libertad y responsabilidad del laico en los asuntos temporales : visión canónica / H. Pree – Miscelánea acerca de la discreción de juicio requerida para el consentimiento matrimonial válido / H. A. von Ustinov – Notas – Sentencias – Actualidad -- Recensiones
Resumo:
Resumen: Este artículo se propone estudiar la vinculación entre matrimonio y bien común, a partir del debate en la Argentina de la ley 26.618 de legalización de las uniones homosexuales como matrimonio y de los lineamientos propuestos por Benedicto XVI en Caritas in Veritate. Se advierte una claudicación en la búsqueda del bien común que obedece a diferentes factores, sobre todo el relativismo cultural. Se propone una noción de bien común que respeta la dignidad de la persona y su dimensión social y se consideran las contribuciones del matrimonio al bien común. Se advierte cómo la ley 26.618 concede a las uniones de personas del mismo sexo beneficios propios del matrimonio entre varón y mujer sin que se cumplan las funciones sociales de esa institución. También se proponen algunas condiciones de la vida social que favorecen al matrimonio para que así contribuya al bien común, con especial referencia al ámbito de la legislación, las políticas públicas, los medios de comunicación, la empresa y el mundo del trabajo y la ciencia y la tecnología. Finalmente, se consideran los obstáculos que surgieron en el reciente debate legislativo por la aparición de un laicismo militante y la contribución de las religiones al bien común desde una sana laicidad en esta materia.