5 resultados para Positivism.
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: El autor introduce su trabajo con una serie de precisiones semánticas acerca de los conceptos principales que definen el objeto de su indagación: derecho, ciencia y jurisprudencia. Critica la noción de ciencia aplicada al derecho, y la aspiración a la certeza que ella conlleva y que pretende ser realizada por el positivismo y la ideología política de la soberanía según el modelo moderno y de la Revolución Francesa. Y pone de manifiesto las contradicciones en las que incurren las diversas corrientes positivistas. En el núcleo teórico de la investigación, contrapone convencionalismo y realismo, para pasar luego a analizar las concepciones modernas y contemporáneas de jurisprudencia y la concepción de Francesco Gentile acerca de lo que él denomina “geometría legal”. La conclusión pretende mostrar que los errores de perspectiva acerca del derecho y la jurisprudencia terminan necesariamente en la desnaturalización del derecho y, en definitiva, en la injusticia.
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Resumen: El artículo recorre los antecedentes que dieron origen al Documento de la Comisión Teológica Internacional sobre ley natural, con particular referencia a las intervenciones de Juan Pablo II y Benedicto XVI. Presenta sucintamente algunos temas del documento, a saber: la búsqueda de un patrimonio ético común a la humanidad en las tradiciones culturales; la cuestión de la experiencia moral y la llamada interior a hacer el bien; la justificación filosófica de la ley natural; el orden político de la sociedad y el tema de Jesucristo, plenitud de la ley natural. También se consideran las tensiones que subyacen al mismo, con particular referencia a las problemáticas de modernidad ilustrada y posmodernidad, laicismo y laicidad y iusnaturalismo y positivismo jurídico.
Resumo:
Resumen: El autor expone los argumentos centrales desarrollados tanto por Höffe como por Luhmann respecto de los fundamentos de un orden normativo institucional que garanticen una justicia política y no-metafísica. Así, presenta las contribuciones de ambos pensadores; explica -en la primera sección- la ética luhmaniana, y más adelante describe la crítica de Höffe al positivismo luhmanniano. Finalmente, el autor rescata las contribuciones de Luhmann y Höffe y las ubica como las más relevantes de las últimas décadas en materia de filosofía del derecho alemán.
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Resumen: Suele admitirse que uno de los problemas pendientes, al menos desde Hume, en la teoría de la ciencia es la justificación crítica de los procesos inductivos, que son los que siguen las ciencias experimentales, como son las ciencias naturales. Frente a las ineficaces explicaciones aportadas por el empirismo o neopositivismo, así como por los racionalismos o idealismos, que son radicalmente incapaces para resolver el problema, nosotros presentamos la respuesta del realismo aristotélico, basada en el correcto concepto de abstracción formal, ignorado o malentendido incluso por muchos aristotélicos tanto antiguos como modernos. La respuesta consiste, en suma, en ver que el término del proceso inductivo, en cuanto llega a conclusiones universales a partir de lo particular, debe estar mediado por un proceso previo de abstracción de la forma, bien entendida, en lo mismo concreto y particular. Ello permite ver que la conclusión universal no desborda las premisas, que es el problema clásico de la epagogé aristotélica.
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Resumen: Este trabajo pretende contribuir a una producción historiográfica en desarrollo en los últimos años cuyo objetivo es el estudio de los discursos y prácticas de un conjunto de juristas argentinos adherentes al positivismo penal que desde fines del siglo XIX impulsaron una serie de iniciativas de reforma penal y penitenciaria (creación y dirección de instituciones carcelarias y post penitenciarias; renovación de la producción científica y universitaria; elaboración de propuestas legislativas; etc.). En esta ocasión, analizaremos la figura de Julio Herrera, uno de los más distinguidos penalistas argentinos, aunque paradójicamente ignorado por los estudios históricos e histórico-jurídicos, centrándonos en su intervención parlamentaria con motivo del proyecto de reforma del código penal presentado en la Cámara de Senadores en 1903.