6 resultados para Orden de Montesa-Reglas, constituciones, etc

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: El Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, Acuerdos del G-20 para enfrentar la crisis, el autor parte del diagnóstico de que la crisis financiera se profundizó, transformándose en una crisis económico–social. Luego se focaliza en el tratamiento de los asuntos globales de la cumbre de los líderes del G-20 en Londres, con el fin de establecer los lineamientos para salir de la actual crisis y sentar las bases de un nuevo orden económico mundial. Se comentan, con énfasis en lo institucional, las tareas y cambios a realizar agrupadas en torno a cinco objetivos. Estos objetivos son: restaurar el crédito, fortalecer la supervisión y la regulación financieras, fortalecer las instituciones financieras mundiales, resistir el proteccionismo y promover el comercio y la inversión mundiales y garantizar una recuperación justa y sostenible para todos. En la segunda columna, El Fideicomiso, se define que este instrumento legal se crea cuando una persona trasmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra quién se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato y a trasmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición, al beneficiario. La virtud de este instrumento es que se trata de una figura legal que aísla un patrimonio por lo que el fondo es inmune a cualquier riesgo y el fiduciario que lo administra, tiene instrucciones concretas, lo que representa una garantía fuerte. El fideicomiso en su esencia importa un negocio de confianza (fidei) en la persona del fiduciario para que éste de cumplimiento al encargo convenido en el contrato. Este es apto por sus ventajas para; fortalecer garantías y acuerdos, neutralizar riesgos, evitar procesos judiciales de ejecución con sus consecuencias de mora y costos, etc. En la tercera columna, Modernización del Estado y Articulación de Intereses, hace hincapié en la necesidad de un Estado Moderno, que es aquel que atiende eficazmente las necesidades de los ciudadanos generando asimismo adhesión al mismo. El elemento fundamental para el desarrollo de un estado moderno consiste en la independencia de los grupos de interés particular. Existen dos formas de relación entre el estado y lo grupos de interés de acuerdo a la tradición en la que uno se ubique: institucionalizadas en forma de corporaciones o instrumentalizadas mediante las actividades de los denominados lobbies. La articulación de intereses en las instituciones no es suficiente para un balance político sino que se requiere la formación de un compromiso ético y una actitud de cooperación subyacente. En cuanto a la capacidad de los grupos de intereses de balancear la acción de las agencias gubernamentales y de ejercer una acción frente a algunos desarrollos económicos, su función es invalorable siempre que sean una expresión democrática.

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Resumen: Con motivo de la celebración del Congreso Eucarístico Nacional, el autor propone volver a la inspiración original de esos congresos, poniendo de relieve la dimensión salvífica social de la Eucaristía de cara a los desafíos que presenta la realidad argentina. Uno de ellos es, sin duda, el establecimiento de un orden social más justo. Como aporte en vista de ese fin, el artículo intenta profundizar en la relación entre Eucaristía y justicia. Esto se hace en un desarrollo en cinco momentos: una clarificación de la noción de justicia, desde el punto de vista jurídico-filosófico y desde la perspectiva bíblica; una relectura de las fuentes bíblicas relativas al signo y al significado de la Eucaristía, donde se pone de manifiesto que ésta es el sacramentum caritatis; un momento especulativo que busca explicitar la relación entre caridad y justicia, y la relación de ésta con la Eucaristía; la verificación de esa interpretación en la praxis sacramental cristiana de los primeros siglos; y, por último, la recuperación de algunos textos claves del Magisterio de la Iglesia que han desarrollado el tema. Esto permite concluir que la Eucaristía señala de modo eminente lo que significa ser cristiano, razón por la cual su celebración exige una cierta conducta ética. La Eucaristía rememora así que en Cristo la justicia de Dios ha sido definitivamente realizada y un nuevo orden ha sido instaurado; ella manifiesta e incentiva a establecer una verdadera “contra-cultura” donde prevalezcan la justicia y la solidaridad; y es signo profético de la realización de los “cielos nuevos y la tierra nueva”. Por eso el significado de la leitourgia del Pueblo de Dios se verá verificado en la diakonía y la martyria.

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Resumen: El texto realiza un análisis sobre el orden moral en su objeto material (la conducta humana) y el objeto formal (el bien o la perfección). Se detiene en la experiencia moral planteando los problemas, las dudas y las dificultades tales como la naturaleza humana, el fin natural, la libertad, las pasiones, la necesidad de indigencia y la deóntica, entre otros. Luego estudia el esquema de la estructura del orden moral en el orden moral vivido, disposicional, subjetivo, normativo y de fines. Estas dimensiones se integran a través de la causalidad final.

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“Luz de su pueblo y de su tiempo”: con estas palabras el beato Juan Pablo II, nuestro venerado predecesor, definió a santa Hildegarda de Bingen en 1979, en ocasión del octavo centenario de la muerte de la mística alemana. Y en verdad, sobre el horizonte de la historia esta mujer se destaca con límpida claridad, por la santidad de su vida y la originalidad de su doctrina. Como sucede en toda auténtica experiencia humana y teologal, su autoridad sobrepasa decididamente los límites de una época y de una sociedad y, a pesar de la distancia cronológica y cultural, su pensamiento se manifiesta con perenne actualidad...

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Resumen: Así como existen requisitos que afectan a la validez de la sagrada ordenación, hay otros que afectan a la licitud de la misma. Ellos hacen expresa referencia a la edad canónica y a las irregularidades y a los impedimentos. Las páginas que siguen se refieren únicamente a estos últimos, dejando de lado lo relativo a la validez y al tema de la edad del ordenando, así como de otros que la norma establece.