12 resultados para JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Introducción: El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas. En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro – en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato de gestación por sustitución y anotar al niño como propio. Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como hijo de ellos. En este escenario es donde se sitúa la sentencia en comentario.
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Resumen: El autor introduce su trabajo con una serie de precisiones semánticas acerca de los conceptos principales que definen el objeto de su indagación: derecho, ciencia y jurisprudencia. Critica la noción de ciencia aplicada al derecho, y la aspiración a la certeza que ella conlleva y que pretende ser realizada por el positivismo y la ideología política de la soberanía según el modelo moderno y de la Revolución Francesa. Y pone de manifiesto las contradicciones en las que incurren las diversas corrientes positivistas. En el núcleo teórico de la investigación, contrapone convencionalismo y realismo, para pasar luego a analizar las concepciones modernas y contemporáneas de jurisprudencia y la concepción de Francesco Gentile acerca de lo que él denomina “geometría legal”. La conclusión pretende mostrar que los errores de perspectiva acerca del derecho y la jurisprudencia terminan necesariamente en la desnaturalización del derecho y, en definitiva, en la injusticia.
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Resumen: El presente artículo propone una introducción al Documento de la Comisión Teológica Internacional, titulado “En busca de una ética universal: una nueva mirada sobre la ley natural”. En el análisis de la introducción del Documento se considera la relación entre naturaleza y cultura como cuestión subyacente al tema de la ley natural. Se aborda luego la estructura del documento en un análisis sintético de cada uno de sus capítulos con sus principales tópicos, procurando mostrar el orden y la consistencia de la exposición. El artículo valora la actualidad y oportunidad del documento y se detiene en la importancia de la relación entre la inmutabilidad de la ley natural y su historicidad. También rescata la apertura al diálogo con las religiones, las sabidurías y las filosofías, como así también la referencia a Cristo en el quinto capítulo como original y novedosa.
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Con motivo de la reforma de los códigos emerge de un modo más imperioso, si ello cabe, la indagación sobre los fundamentos de las normas escritas y, esencialmente, del derecho como actividad. Después de las catastróficas matanzas y guerras generales, civiles y de liberación anticolonial del siglo XX, se fue asentando un concepto antropológico basal, la dignidad de la persona humana, consentida como sustento de toda la protección internacional de los derechos humanos, y, de ahí, en cascada, imbuyendo las instituciones, las normas y la jurisprudencia de la mayoría de los países.
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Resumen: Este artículo analiza el fallo del 13 de marzo de 2012 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, en el cual el máximo tribunal argentino adoptó la interpretación amplia del Artículo 86, inciso 2, del Código Penal, a la luz de la “voluntad del legislador histórico”; teniendo en cuenta que la misma Corte la invoca en sus fundamentos para fallar a favor de la constitucionalidad del inciso referido. Se parte de entender el contexto histórico e ideológico de las primeras décadas del siglo XX, tanto a nivel nacional como internacional, del cual surge la influencia que tuvo la eugenesia en los ámbitos científicos, académicos y jurídicos. Teoría que tenía por objetivo la búsqueda del “perfeccionamiento” de la especie humana, lo que implicaba descartar a los seres humanos más débiles, imperfectos o defectuosos. Dentro de este contexto se impulsó la modificación del Código Penal, por lo que es central para entender la “voluntad del legislador histórico” el Informe de la Comisión de Códigos del Senado de la Nación, de 1920, que receptó claramente las ideas eugenésicas, siendo el Artículo 86, inc. 2, un claro ejemplo de ello. El mencionado informe demuestra que la verdadera motivación de los legisladores para incluir la no punibilidad del aborto en este inciso fue que no nacieran “seres anormales o degenerados”, no hay una sola mención a la situación de la mujer embarazada y de los perjuicios que un embarazo en estas condiciones le podrían acarrear.
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Resumen: El Derecho del Mar constituye, históricamente, uno de los puntos sobresalientes en la evolución y actualidad del Derecho Internacional ya que, incluso, su aparición y gestación precede a los mismos Estados. En ese sentido, a partir de la denominada “batalla de los libros”, el mar ha sido objeto de arduos y permanentes debates que pueden reflejarse, casi en su totalidad, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, realizada entre 1973 y 1982. Sobre estas consideraciones, la propuesta del presente trabajo es analizar una de ellas, como lo es la inmunidad de los buques de guerra extranjeros durante su estadía en puertos de otros Estados. Si bien a priori la cuestión no se manifiesta como compleja, lo cierto es que a 200 años del Schooner Exchange, su debate ha reaparecido, especialmente, a partir del caso de la Fragata ARA Libertad. En razón de lo expuesto, comenzaremos con una breve conceptualización jurídica de los buques y su clasificación, para luego examinar el régimen de inmunidad que poseen los buques de guerra extranjeros y las características que presenta la relación entre éste y el Estado ribereño local. Posteriormente, consideraremos estos aspectos a la luz del caso referido para, finalmente, formular algunas reflexiones considerando todo lo analizado en su conjunto.
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Resumen: En los últimos quince años, mientras la mayoría de los países del mundo sufrieron un aumento o estabilidad en el nivel de desempleo, algunos países han logrado mejorar significativamente su situación. Este trabajo lleva a cabo una revisión de la literatura con respecto a las políticas de empleo y del mercado laboral de esos países con el objetivo de extraer algunas lecciones de estas ‘buenas prácticas’. Cabe aclarar que el objetivo no consiste en recomendar políticas específicas para Argentina sino simplemente destacar la relevancia de algunas características comunes que presentan estos casos exitosos. Los países exitosos, además de experimentar una buena performance en términos de crecimiento económico, implementaron un conjunto de políticas que van desde políticas del mercado laboral activas a un amplio sistema de seguridad social, mayor flexibilidad laboral y políticas salariales moderadas.
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El 19 de noviembre de 2015 se realizó en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina un workshop organizado por la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana de esa Facultad, sobre el tema “De F.A.L. a M.A.D.: el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. El encuentro fue coordinado por el Prof. Carlos Gabriel Maino y comenzó con una bienvenida a cargo del Decano, Dr. Daniel Herrera. Luego expuso el Dr. Alfonso Santiago, Profesor de la Universidad Austral, quien desarrolló tres temas: a) la protección constitucional y convencional del derecho a la vida; b) la jurisprudencia previa de la Corte Suprema; c) los casos “F.A.L.” y “M.A.D.”. Respecto a la protección constitucional y convencional del derecho a la vida, Santiago se refirió a la importancia del art. 29 de la Constitución Nacional. También señaló la protección expresa que surge del art. 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos y del art. 6º de la Convención sobre los Derechos del Niño. Resaltó la claridad y fuerza de los textos convencionales, especialmente en cuanto prohíben que un ser humano sea privado de la vida arbitrariamente. También destacó la mención al carácter intrínseco del derecho a la vida y a la obligación del Estado de protegerlo en la máxima medida posible...
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Contenido: Coloquio Internacional UCA-Gregoriana, 19-23 de julio 2004: La persona y sus derechos en las normas sobre los abusos sexuales / D. G. Astigueta – Valor jurídico del amor conyugal / J. Bonet Alcón – La colegialidad episcopal en los pronunciamientos recientes de la Santa Sede : especial referencia a las conferencias episcopales / A. W. Bunge – El tiempo de nombramiento de los párrocos / A. D. Busso – Orientaciones para el gobierno de la Diócesis por parte del Obispo según laexhortación apostólica Pastores gregis y el nuevo directorio para el ministerio de los obispos Apostolorum Successores / G. Ghirlanda – Artículos: Puntos fundamentales de la pericia psicológico-psiquiátrica en el proceso de nulidad matrimonial / C. Baccioli – Jurisprudencia argentina reciente en materia de derecho eclesiástico / J. G. Navarro Floria – Criterios para la declaración de la conformidad equivalente de dos sentencias según la reciente jurisprudencia rotal / N. Schöch – El art. 158 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus : la competencia del Pontificio Consejo para los textos legislativos para examinar la concordancia entre normas particulares y la legislación universal / H. A. von Ustinov – Notas – Legislación particular – Sentencias – Actualidad -- Recensiones
El XXXII Congreso Eucarístico Internacional en memoria de los 80 años de su celebración (1934- 2014)
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Resumen: El Congreso Eucarístico Internacional de 1934 marcó un antes y un después en la Iglesia argentina. Al celebrar sus ochenta años es importante recordar algunas de las consideraciones canónicas que se tuvieron en cuenta para su realización, así como las consecuencias pastorales que tuvo en la Iglesia argentina.
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Introducción: En el marco de los procesos institucionales de evaluación y planificación, la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana, de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina, elaboró el presente informe de sus actividades desde su creación hasta el mes de julio de 2011. En el presente número de Prudentia Iuris publicamos el informe, elaborado por el Dr. Daniel Herrera, Vicedecano de la Facultad y responsable de la Cátedra.