25 resultados para INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
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Resumen: La potestad judicial en el principio del constitucionalismo moderno aparece diseñada de modo impreciso y sin función clara. Ella adquiere entidad en el derecho norteamericano cuando la propia jurisprudencia diseña el control de constitucionalidad. Este es resistido por el derecho continental europeo, aunque finalmente aceptado, con otras modalidades, luego de la Segunda Guerra Mundial. Con el tiempo ese poder excede el mero control de las leyes, para transformarse a través de sus sentencias en órgano que compite en la creación del derecho con los poderes políticos encargados de la función de gobierno. El autor considera que esa función basada en principios de normas internacionales de discutible vigencia y sin el freno de la consideración, por el nominalismo que la anima, de la existencia de un orden objetivo termina originando un poder incontrolable con riesgo de destrucción social.
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Resumen: La vinculación entre la elite dirigente –principalmente rural en el interior de la Argentina- y los sectores dependientes, durante la república de los notables en la Argentina (1880-1916), ha sido vista como una relación clientelar. El objeto de este trabajo es explorar algunas pautas culturales que aparecen como el fundamento de esas relaciones y que permiten profundizar en el funcionamiento del sistema político durante esos años.
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Abstract: The way of exercising power of the Roman Princeps Gaius Caesar Augustus Germanicus, better known by his agnomen Caligula, was largely driven by a different pattern of behavior of that promoted by his predecessors Augustus and Tiberius. Through a kind of ritualized acts, these princeps sought to show respect for the traditional social order and appear only as a primus inter pares among Roman aristocrats. As we can see, in this matter the young Gaius caused a radical change on imperial politics. From the valuation of a series of symbols and actions with strong symbolic connotations, in this work we will attempt to show that such a change was, in part, consequence of a new conception of the imperial power displayed by Caligula. The essence of such conception we must search it in the complex corpus of ideas that came to Rome from the pars orientis of the Roman Empire and based important aspects of the power of the Hellenistic Monarchies
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Resumen: En el contexto de la Antigüedad Tardía, intentamos dilucidar el papel de las mujeres en la legitimación real durante el período arriano español. En el camino, repasaremos el problema de la sucesión y la alternancia dinástica. Finalmente, proponemos la refl exión acerca de qué tipo de alianzas matrimoniales anudaron a las dinastías franca y visigoda debido a fl exibilidad de los contratos matrimoniales y sus consecuencias.
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Introducción: Algunos autores proporcionalistas, en la extensa e interesante discusión que mantuvieron con algunos teóricos de la ley natural durante las últimas décadas del siglo XX plantearon la objeción de que los preceptos o normas de ley natural tenían una fundamentación tautológica, es decir, que carecían de fundamentación adecuada. La objeción no era poco importante, pues si una norma es tautológica, entonces no solo no tiene fundamento racional, sino que no reúne, como se verá, las condiciones mínimas para dirigir efectivamente las acciones morales concretas de los hombres. En otras palabras, una norma fundada tautológicamente no sería verdadera norma...
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La crisis contemporánea del control del poder a través de la división de sus funciones sume en el descrédito a los parlamentos y, correlativamente, facilita el despotismo o la ineficacia de los ejecutivos y concurre a la inestabilidad de las democracias. La consagración en las instituciones de un auténtico pluralismo social podría dar frutos provechosos para la organización del Estado moderno.
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Abstract: I will focus on the Roman Empire during the final years of the 2nd century A.D., which are considered by Classical Historiography as critical. This epithet is based on the detection of estructural and circumstancial changes linked to state power’s concept. Emperor Pertinax’s murder in 193 can be understood as the trigger of the civil war extended up to the year 197. During those years the tutelary of state power was jeopardized, when four Emperors were crowned at the same time. By the time this struggle ended, Lucius Septimius Severus was recognized as the victorious general and the first of his name in the new dynastic line. Considering these facts, it is the purpose of my work to analize the rising figure of Septimius Severus, from civil war’s clashing context through which the Emperial legitimacy had to be set.
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En 1985, Alfonso Guerra, entonces vicepresidente del gobierno español encabezado por Felipe González, pronunció una frase destinada a hacerse famosa: “Montesquieu ha muerto”. Fue vertida cuando el partido socialista (PSOE) aprovechó la mayoría parlamentaria recién alcanzada para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial. De acuerdo con esa reforma, los vocales del Consejo General del Poder Judicial (equivalente a nuestro Consejo de la Magistratura) debían en adelante ser elegidos por el parlamento y no, como hasta entonces, mayoritariamente por los mismos jueces, fórmula a la que se tachaba de “corporativista”2. Los críticos advirtieron allí un intento de manejar los tres órganos clásicos del Estado para un proyecto de gobierno a largo plazo. Nada mejor, para eso, que enterrar de una buena vez por todas al viejo y quizás molesto señor de la Brède y barón de Montesquieu. Como buen político, Guerra, en sus memorias3, negó haber pronunciado literalmente aquella fórmula, aduciendo haber sido sus declaraciones tomadas fuera de contexto, etc...
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Contenido: Editorial – Sobre la guerra: El uso de la fuerza frente a las agresiones de baja intensidad / Hernando V. Cañardo – Derecho de la alta tecnología: El orden público tecnológico / Horacio R. Granero – El gobierno electrónico como un nuevo paradigma de administración / Pablo Castoldi – Reforma del Estado: Crisis y reforma estructural del Estado / Vicente Gonzalo Massot – La reforma del Estado en sus aspectos estructurales y de gestión / Hugo Luis Dalbosco – Crisis y reforma del estado / Roberto Antonio Punte – Cómo recorrer virtualmente al estado argentino / Federico Ricciardi – La región como alternativa política / Carlos A. de Jorge – Algunos problemas actuales del federalismo y la regionalización como respuesta / Eugenio Luis Palazzo – La reforma administrativa del estado / Alfredo G. Barros – La reforma impostergable y largamente esperada del Poder Judicial / Silvana M. Stanga – Recensiones
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Resumen: El Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, La Corte Suprema y el proceso de construcción institucional, el autor analiza el rol que ha cumplido la Corte Suprema de Justicia desde la crisis de los años 2001/2002 hasta el presente. En primer término identifica el lugar que la Corte Suprema ha recuperado en el sistema de gobierno así como en su función frente a la ciudadanía. En segundo término distingue entre las funciones que detenta como máxima autoridad del Poder Judicial e intérprete de la Constitución Nacional, para constatar que ha habido una mayor actividad alrededor de los temas relacionados con la primera función que sobre la segunda. En la segunda columna, Inflación e instituciones, los autores constatan de un estudio comparado que, en los países bajo estudio, todos los bancos centrales tienen como objetivo el la estabilidad de precios. Asimismo citan la Carta Orgánica del BCRA en la que se identifica ese mismo objetivo como una tarea prioritaria. Sin embargo, luego de recorrer los informes de inflación que genera nuestro Banco Central, ponen de relieve que la opinión del organismo parte de una postura según la cual las causas de la inflación actual en el país no son primariamente de naturaleza monetaria y por tanto, en buena medida, escapan a los instrumentos de la institución que son de esa índole. A este respecto la conclusión recae sobre el contraste de esta situación. En la tercera columna, Lecciones de los países de alto y sostenido crecimiento económico: un estado efectivo y competente es imprescindible, el autor se basa en un estudio de los países que más han crecido en forma sustentable en las últimas décadas. De este estudio se enfatiza la necesidad de aplicar pragmáticamente políticas provenientes de un estado eficiente y de calidad. Entre las políticas mencionadas como importantes se destacan: la integración a la economía global, la estabilidad macroeconómica, altas tasas de inversión y ahorro, y utilización de los mecanismos de mercado. Para lograr un estado de estas características, según las enseñanzas de este estudio, se requiere la existencia de un liderazgo adecuado con apoyo de la población.
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Resumen: El proceso penal de cuño acusatorio no solo es trending topic dada su inminente implementación, sino que también constituye el hashtag más representativo de una Constitución imbuida por el principio republicano de gobierno, la división de poderes y la premisa de no autocontrol. La imparcialidad miliaria de un sistema respetuoso de la separación de funciones (acusación, defensa, juicio) solo puede conquistarse en un modelo de este signo, que a través de otros principios potencia la expresión constitucional al máximum. Empero, un “derecho penal líquido” ligado umbilicalmente a un principio de oportunidad emparentado al modelo acusatorio, nos abre el camino hacia nuevos interrogantes sobre los peligros inherentes a una incertidumbre e inestabilidad normativa, que impedirían solidificar la ley en un bien perdurable. Es que el encumbramiento de una oportunidad oscurantista conduce a la banalización de la justicia, el imperio de la arbitrariedad y una selectividad vacua de contrapesos. De modo que, sin resortes aptos, los vasos capilares y derechos contenidos en la Constitución Nacional resultarán indefectiblemente afectados. Pues si el proceso penal no contempla mecanismos de coagulación eficaz, la liquidez caótica de la ley penal propenderá a desangrar y disolver la manifestación constitucional. Por tanto, el desafío de los ingenieros de los sistemas de administración de justicia consiste en ajustar los paradigmas procesales a los dictámenes de la Ley Materna, con el afán de que ese dar a cada uno lo suyo, definido por el bien común político, se vuelva realidad en cada intervención del Poder Judicial y permita superar falaces antinomias
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Resumen: El artículo trata la cuestión del poder político como superiorem non recognoscens en Vitoria y Suárez, y vincula los principios de la escolástica aristotélica del siglo de oro con un fallo contemporáneo clave, con el fin de destacar el sentido y valor del principio de independencia política, un eje de los fundamentos del derecho internacional público moderno afirmado por la escuela española.
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Resumen: A partir de la vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, y la consecuente reforma de la estructura, organización y funciones tanto del fuero penal como los Ministerios Públicos de la acusación y defensa, en este trabajo se describe el organigrama básico de una oficina de gestión judicial, sus diferentes áreas y funciones principales, los aspectos presupuestarios, la infraestructura, el personal y los recursos tecnológicos necesarios para su eficaz desenvolvimiento.
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Resumen: El presente trabajo analiza la antroponimia de la aristocracia leonesa en los siglos X y XI, a fi n de contribuir a la comprensión de las estructuras de parentesco de los grupos aristocráticos, las manifestaciones de la memoria familiar y el papel del parentesco en la construcción del poder y el prestigio social. Se plantea que la aristocracia desarrolló una antroponimia específi ca basada en la reiteración de determinados nombres propios a lo largo de las generaciones, que constituyó un importante elemento de identifi cación de la parentela y que expresó en el plano simbólico la organización de los grupos de parentesco en función de la transmisión del poder y la afi rmación del prestigio familiar.
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La Guerra de la Independencia generó miseria y ruina, aumentando la pobreza material y el descenso del poder adquisitivo de la población. Fruto de este negativo contexto económico los ayuntamientos solamente pudieron destinar una décima parte de su presupuesto a la beneficencia. Los efectos de la contienda bélica contra Napoleón también afectaron a la Iglesia, institución que tradicionalmente mediante diversos organismos eclesiásticos tuvo que atender las enormes carestías sociales que asolaban al pueblo, como por ejemplo, otorgar limosna, atender a los enfermos en los hospitales, acoger a los huérfanos en los hospicios o educar a los más jóvenes. En el caso de Lleida durante el régimen liberal cabe destacar la organización de diversas juntas de caridad, de sanidad y de beneficencia destinadas a socorrer a los más necesitados.