6 resultados para FONDOS DE LIQUIDEZ

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: La música religiosa del compositor argentino J. P. Esnaola (1808-1878) que ha llegado hasta nosotros se conserva repartida entre dos fondos documentales. Este informe está dedicado a uno de ellos, perteneciente al archivo del Arzobispado de Buenos Aires, donde se guardan obras de Esnaola y del español Manuel Mencía (1731-1805). Se presenta un inventario comentado de los manuscritos musicales del archivo, con un detalle de los copistas intervinientes.

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Resumen: El autor examina las razones de la crisis actual e identifica dos clases de causas, las próximas, relacionadas con las particularidades específicas adoptadas por los mercados financieros, y las remotas, vinculadas a las transiciones culturales que acompañaron al cambio del capitalismo industrial al financiero Entre las causas próximas identificadas se encuentran la desregulación y la falta de supervisión del sector financiero iniciadas a partir de los años 70 en los EEUU, la necesidad de rendimientos cada vez mayores generada por los fondos de pensión y la utilización de modelos con supuestos y herramientas que, en última medida, subestimaban el riesgo de las inversiones. El segundo grupo, las causas remotas, esta compuesto por aquellas que cambiaron el marco cultural de la sociedad occidental. El autor sostiene que las teorías económicas sobre el accionar humano han logrado influenciarlo y que el paradigma de sociedad esta virando hacia uno que no incluye otro valor que la eficiencia, donde la empresa no es vista como una asociación sino como una mera mercancía.

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Resumen: En su tercer número el Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan temas teóricos y de política económica con respecto al ámbito institucional. En la primera, Retenciones, Bienes Públicos y Desarrollo Económico, Ernesto O’Connor, aborda la compleja situación que está sufriendo el país, el reclamo del campo/interior por las retenciones y la política agropecuaria. Como sabemos, el Estado debe proveer bienes públicos ante las distintas fallas de mercado, así el gasto público social es un objetivo impostergable del mismo. La clase política ofrece los bienes públicos que manifiestan las preferencias de la población. Pero la clase política no paga el costo de la prestación de los bienes públicos, sino que recauda impuestos. El reclamo del campo/interior por más fondos descentralizados y propios requiere de una serie de respuestas concretas que permitan retomar un sendero de crecimiento, con inflación a niveles internacionales; en fin, definir un programa de desarrollo de largo plazo que no debería dejar de girar en torno a una nueva política agroindustrial nacional, que abarque a todas las economías regionales del país. En la segunda columna, Redistribución del Ingreso y Función Pública, Gerardo Sanchís Muñoz, se enfoca en un tema igualmente relevante: la “redistribución del ingreso” en Argentina. El autor sostiene que la brecha entre ricos y pobres puede disminuir siempre y cuando exista un estado autónomo, y eficiente, que aplique la ley en forma imparcial. Destaca tres clases de redistribución del ingreso, la primera estructural, la segunda una redistribución directa a través de transferencias de emergencia y la tercera gravar mediante impuestos indirectos coyunturales. Finalmente señala que en Argentina se lleva a cabo la segunda y tercera en mayor medida debido a la falta de un aparato administrativo idóneo con agentes sociales profesionales de carrera. En la tercer columna, Necesitamos un Estado Fuerte y Limitado, Marcelo Resico, parte de la idea de que un Estado Moderno debe ser fuerte para sostener su independencia de los diversos grupos de presión, y al mismo tiempo limitado para no excederse ni abusar en las funciones que desempeñan. En este sentido existen varios puntos que cumplir, a saber: la existencia de una visión estratégica, consensos sobre políticas de largo plazo, independencia de los grupos de presión, prevalencia de las reglas por sobre la discrecionalidad, el fomento de la subsidiariedad-participación, la excelencia de la función pública, y la lucha contra la corrupción. Así, partiendo de instituciones sólidas y transparentes, estabilidad política, la eficacia del gobierno, la calidad de las regulaciones, el estado de derecho, y ampliar la participación de la ciudadanía se puede lograr un Estado Moderno, es decir fuerte y limitado.

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La última década se caracterizó por un alto crecimiento económico acompañado de un inédito aumento de la presión impositiva. Aunque el Estado cuenta ahora con muchos más recursos que en el pasado, los avances sociales fueron magros y la pobreza se mantiene en niveles elevados. Uno de los factores que explica este fracaso es la inadecuada política de subsidios. La prioridad en la asignación de los fondos públicos debería ser el desarrollo de capacidades en los sectores más vulnerables para que ellos puedan ser gestores de su propio progreso.

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Introducción: A raíz de la crisis de hipotecas sub-prime de 2008 en Estados Unidos, tanto la Reserva Federal (FED) como los demás bancos centrales del mundo (en especial, el Banco Central Europeo y el de Japón actualmente) comenzaron a aplicar un continuo estímulo monetario vía bajas tasas de interés (cercanas a cero en los tres casos). Dicha política monetaria activa fue efectiva, en el caso de Estados Unidos, para otorgar liquidez al mercado y actuar sobre las expectativas de los agentes. De este modo, además de generarse una importante recuperación de valor en los activos y un colapso en las yields de la parte larga de la curva de bonos soberanos, se comenzó a observar una muy gradual mejora en la economía real, la cual viene siendo cada vez más robusta a juzgar por ciertos indicadores que se verán más adelante en este ensayo...

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Resumen: El proceso penal de cuño acusatorio no solo es trending topic dada su inminente implementación, sino que también constituye el hashtag más representativo de una Constitución imbuida por el principio republicano de gobierno, la división de poderes y la premisa de no autocontrol. La imparcialidad miliaria de un sistema respetuoso de la separación de funciones (acusación, defensa, juicio) solo puede conquistarse en un modelo de este signo, que a través de otros principios potencia la expresión constitucional al máximum. Empero, un “derecho penal líquido” ligado umbilicalmente a un principio de oportunidad emparentado al modelo acusatorio, nos abre el camino hacia nuevos interrogantes sobre los peligros inherentes a una incertidumbre e inestabilidad normativa, que impedirían solidificar la ley en un bien perdurable. Es que el encumbramiento de una oportunidad oscurantista conduce a la banalización de la justicia, el imperio de la arbitrariedad y una selectividad vacua de contrapesos. De modo que, sin resortes aptos, los vasos capilares y derechos contenidos en la Constitución Nacional resultarán indefectiblemente afectados. Pues si el proceso penal no contempla mecanismos de coagulación eficaz, la liquidez caótica de la ley penal propenderá a desangrar y disolver la manifestación constitucional. Por tanto, el desafío de los ingenieros de los sistemas de administración de justicia consiste en ajustar los paradigmas procesales a los dictámenes de la Ley Materna, con el afán de que ese dar a cada uno lo suyo, definido por el bien común político, se vuelva realidad en cada intervención del Poder Judicial y permita superar falaces antinomias