8 resultados para Direito internacional Privado - Países do Mercosul

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Contenido: Elementos para una definición del Derecho Internacional Privado / Raúl Alberto Ramayo – Elementos para determinar la jurisdicción ius privatista internacional / Raúl Alberto Ramayo – Mediación : elabore y decida su propia solución / Zulema Wilde – Contratos informáticos en la Argentina / Pablo Andrés Palazzi – El honor y la censura : ¿una contradicción? / Flavio F. Agatiello Piñero – La filosofía del derecho de Hegel y el catolicismo / Ignacio Andereggen – El arte político de los cristianos para la construcción de la ciudad del hombre / Franco Biffi – Servio Tulio, rey censor / Alfredo Grieco y Bavio – Una cuestión filosófica en el quinto centenario : ¿fue legítimo el imperio hispánico en América? / Héctor H. Hernández

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Resumen: Existe una realidad que supera todo, que es la internacionalización de las relaciones jurídicas y el derecho legislado en un país no es ni puede ser autosuficiente para resolver los litigios que se presentan y es allí donde como necesidad sociológica aparece el derecho procesal internacional, como parte integrante del derecho internacional privado. La cooperación jurisdiccional de primer grado es comprensiva de un marco amplio en el plano convencional, que resulta en general adecuado en sus ratificaciones para la República, que a su vez posee regulación interna. La concepción del orden público será más flexible en la cooperación jurisdiccional internacional y no integra el orden público la cosa juzgada en el país, ni la litispendencia, elementos que han de evaluarse al momento del reconocimiento. Este primer grado de cooperación abarca en sentido amplio las distintas vías de comunicación entre las que principalmente se encuentran las comunicaciones de mero trámite, la obtención de pruebas en el extranjero y la información del derecho extranjero. Como vía de comunicación, en su finalidad, el exhorto busca la realización de la justicia. El control de la competencia judicial internacional en los exhortos internacionales como requisito de la obligatoriedad para el juez requerido, es eliminado en las modernas tendencias, limitándose a la compatibilidad de él con el orden público del juez requerido. En este rumbo deberían orientarse las futuras reformas de la legislación interna en la materia.

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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.

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Contenido: Editorial – Acerca del conocimiento especulativo y del conocimiento práctico / Domingo Basso – Actitudes gnoseológicas y concepciones de la norma jurídica / Juan A. Casaubón – Principios y niveles de la solidaridad comunitaria / Avelino Manuel Quintás – En torno a la figura del contrato administrativo / Juan Carlos Cassagne – La figura del contrato en el derecho norteamericano / José María Monzón – La adopción en derecho internacional privado / María Susana Najurieta – Inexistencia del acto jurídico / Juan Carlos Garibotto – Reflexiones sobre el concepto de comunidad internacional / Ángel Ernesto Molinari – Escolios – Documentos – Notas bibliográficas

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Contenido: Semblanza del Doctor Jorge Joaquín Llambías / Guillermo A. Borda – El derecho a la identidad personal / José Luis Mozos – La mediación / Susana I. Cures – Bioética / Rubén Oscar Revello – La hipoteca cambiaria y de títulos-valores / Joaquín Rams Albesa – El Derecho Internacional Privado en las relaciones Mercosur-Unión Europea Nafta / Siegbert Rippe – La Convención Universal sobre derechos de los niños y adolescentes en la Constitución Nacional Argentina / Nora D’Alessandro Halty – Los acreedores en el proceso sucesorio / Claudia Schmidt Hott – Autonomía de la voluntad : problemática actual / María Cármen Gómez Laplaza – Actuación dañosa de los grupos / Ricardo de Ángel Yagüez – La legítima en el Derecho Romano / Alfredo Di Pietro

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Contenido: Editorial – Romanística: Los aportes jurídicos de las “Noches Aticas” / Edmundo J. Carbone – Los riesgos de los viajeros en el Derecho Romano / Alfredo Gustavo Di Pietro – Derivación vulgar y bizantina del contrato estimatorio de Ulpiano / Alvaro DOrs – Derecho Internacional Privado: El contrato internacional de transporte de mercaderías a través de un sobrevuelo / Raúl Alberto Ramayo – La naturaleza de los tratados de extradición en los fallos de la Corte en los casos Priebke y Liendo Arriaga / Fernando Rolandelli – Las empresas de origen comunitario / María Luján Claro de Gandía – Derecho Ambiental Internacional / María Solange Jonas Aguilar – Régimen internacional de la propiedad inmaterial / Carlos J. Martínez Casado ; María Solange Jonas Aguilar – Derecho Internacional Público: El legado de Vietnam : la amenaza y el uso de la fuerza en la política exterior norteamericana / Hernando V. Cañardo – La personalidad jurídica de la soberana militar Orden de Malta / Juan Manuel Gramajo – Derecho Penal Internacional / Fernando Rolandelli – Documentos -- Recensiones

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Introducción: El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas. En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro – en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato de gestación por sustitución y anotar al niño como propio. Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como hijo de ellos. En este escenario es donde se sitúa la sentencia en comentario.

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Resumen: En los últimos quince años, mientras la mayoría de los países del mundo sufrieron un aumento o estabilidad en el nivel de desempleo, algunos países han logrado mejorar significativamente su situación. Este trabajo lleva a cabo una revisión de la literatura con respecto a las políticas de empleo y del mercado laboral de esos países con el objetivo de extraer algunas lecciones de estas ‘buenas prácticas’. Cabe aclarar que el objetivo no consiste en recomendar políticas específicas para Argentina sino simplemente destacar la relevancia de algunas características comunes que presentan estos casos exitosos. Los países exitosos, además de experimentar una buena performance en términos de crecimiento económico, implementaron un conjunto de políticas que van desde políticas del mercado laboral activas a un amplio sistema de seguridad social, mayor flexibilidad laboral y políticas salariales moderadas.