6 resultados para Desviaciones sexuales

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: El artículo recuerda que las circunstancias atenuantes, eximentes y agravantes deben ser tenidas en cuenta por el juez de acuerdo a la norma canónica. Si el legislador las ha puesto es porque obedecen al espíritu del Derecho Penal Canónico y no pueden dejarse de lado en el delito de los clérigos contra el sexto mandamiento cometido con menores. Lo mismo ocurre con el discernimiento acerca de la imputabilidad de un clérigo en estos delitos, que debe hacerse con objetividad y según la ley canónica. Algo que ninguna normativa posterior ha cambiado al respecto.

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Vamos a detenernos en los siguientes temas: imputabilidad, atenuantes, eximentes y agravantes, y en su aplicación a los delitos sexuales de clérigos contra menores. Queremos ver en qué medida los clérigos acusados de abuso de menores son imputables en el Derecho Canónico, para lo cual estudiaremos la figura misma de la imputabilidad y su posible relación con las enfermedades mentales, y con los trastornos de la personalidad. Para una mejor comprensión, haremos algunas consideraciones sobre cómo es tratado el tema de los abusos de menores en la legislación secular, en relación a la imputabilidad de los mismos, y bajo qué sistema se suelen regir para declarar inimputable o no a un delincuente que padece trastornos mentales o psicológicos. El concepto de imputabilidad es especialmente controvertido, pudiendo contemplarse desde toda una variedad de perspectivas y desde una multiplicidad de posicionamientos dogmáticos, penales, médicos, psicológicos y psiquiátricos...

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Contenido: La anorexia y la bulimia como causas psicopatológicas de nulidad matrimonial / C. Baccioli – El acuerdo de 1957 / R. Bosca – Algunas consideraciones acerca de las presunciones jurídicas : aportes de la filosofía del derecho canónico / A. D. Busso – Los nuevos movimientos eclesiales y su encuadramiento canónico en la Iglesia particular / M. D. Colombo – Las relaciones diplomáticas entre el gobierno argentino y la Santa Sede : notas históricas sobre un posible concordato (1853-1892) / J. G. Durán – Abusos sexuales cometidos por clérigos y admisión al Orden Sagrado ¿un problema de homosexualidad? / R. D. Medina – Obispos y sexualidad : los cánones de Elvira como instrumento de disciplinamiento social / S. Panzram – Requisitos de prueba, la exigencia de un mínimo de prueba y la notoriedad en el derecho procesal medieval (siglos IX-XII) / M. Schmoeckel – Algunas consideraciones alrededor del canon 221 / H. A. von Ustinov – Notas – Documentos – Sentencias – Actualidad – Recensiones

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Las últimas décadas de la Política Criminal en Argentina, al menos en lo que se ha plasmado de modo asistemático dentro de la codificación penal, se inscriben en el marco de discusión sobre la crisis del Derecho Penal. Como he señalado en otras oportunidades, resulta paradójico hablar de crisis penal cuando al mismo tiempo se describe su expansión1 constante2. Esa aparente contradicción, en verdad, lo que indica es la transformación del Derecho Penal3. Lo que ha ingresado en una crisis evidente es la comprensión del sistema penal a partir de ciertos criterios propios de la matriz ilustrada del mismo. Por lo demás, se han elaborado nuevas formas de comprensión del fenómeno punitivo que ya no responden a esos cánones originarios. Al respecto han mutado los fundamentos, fines, métodos científicos y estructuras de concreción legislativa de la reacción penal. Por eso, si bien resulta imposible dar cuenta precisa de los cambios suscitados en el Derecho Penal de la Argentina en estos últimos treinta y cinco años, si se atiende de manera sumaria y con cierto grado de discrecionalidad a algunos de esos aspectos, es factible brindar un panorama de lo que ha sucedido. A modo de introducción, cabe advertir que la Argentina no ha estado ajena, en buena medida, a las líneas que han motorizado las nuevas respuestas penales a nivel comparado, sobre todo en el área continental. La “metamorfosis” del orden penal no solo expresa aspectos vinculados a las decisiones legislativas, esto es, de Política Criminal, sino que integra además los cambios en la dogmática penal...

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Siguiendo a Gaudium et spes (51.3), la declaración Persona humana reafirma que la bondad moral de las conductas sexuales depende de “criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos” (PH 5.4). Esto no es expresión de un objetivismo naturalista, sino que surge del respeto de la “verdadera dignidad humana” y del sentido de su sexualidad. Estas afirmaciones deben ser comprendidas en el marco de la ética de la virtud, según la cual la razón práctica descubre naturalmente los bienes humanos y debidos, los fines virtuosos, en las inclinaciones naturales. A partir de ello es posible afirmar la existencia de conductas que contradicen dichas finalidades por su mismo objeto, aunque ello no exime de la necesidad de considerar los contextos a partir de los cuales las mismas se definen en su genus moris. Aplicando estos principios al ámbito de la sexualidad, se debe afirmar que el recto ejercicio de la misma tiene una referencia intrínseca y necesaria al matrimonio, aunque al mismo tiempo es preciso reconocer un cierto grado de tensión entre el orden de la castidad y el orden jurídico positivo. Estas consideraciones muestran que, precisamente por coherencia con la doctrina de la virtud y de los absolutos morales, es preciso que la teología moral evite la tentación del deductivismo, y se comprometa en un trabajo de refinamiento de las tipologías con mayor atención a los casos concretos. De este modo, podrá responder más adecuadamente al desafío de un contexto social en constante evolución. Con este artículo, el autor aporta precisiones para expresar mejor lo expuesto en dos artículos anteriores: “¿Relaciones prematrimoniales en «situaciones-límite »?”, Teología 83 (2004), y “El teleologismo después de la Veritatis Splendor”, Moralia 97 (2003).

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Contenido: Coloquio Internacional UCA-Gregoriana, 19-23 de julio 2004: La persona y sus derechos en las normas sobre los abusos sexuales / D. G. Astigueta – Valor jurídico del amor conyugal / J. Bonet Alcón – La colegialidad episcopal en los pronunciamientos recientes de la Santa Sede : especial referencia a las conferencias episcopales / A. W. Bunge – El tiempo de nombramiento de los párrocos / A. D. Busso – Orientaciones para el gobierno de la Diócesis por parte del Obispo según laexhortación apostólica Pastores gregis y el nuevo directorio para el ministerio de los obispos Apostolorum Successores / G. Ghirlanda – Artículos: Puntos fundamentales de la pericia psicológico-psiquiátrica en el proceso de nulidad matrimonial / C. Baccioli – Jurisprudencia argentina reciente en materia de derecho eclesiástico / J. G. Navarro Floria – Criterios para la declaración de la conformidad equivalente de dos sentencias según la reciente jurisprudencia rotal / N. Schöch – El art. 158 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus : la competencia del Pontificio Consejo para los textos legislativos para examinar la concordancia entre normas particulares y la legislación universal / H. A. von Ustinov – Notas – Legislación particular – Sentencias – Actualidad -- Recensiones