93 resultados para Defensa propia (Derecho)
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Resumo:
En la primera lectio con la que iniciamos el año académico 2013 expuse sobre el tema: “En defensa de la racionalidad del Derecho”. Cicerón ya decía que la naturaleza del Derecho debíamos buscarla en la naturaleza del hombre, y ésta justamente en su especificidad es racional (lo que nos permite distinguirnos de los otros seres irracionales), por eso el Derecho debe fundarse en su ser racional. Por su parte, en el inicio del año académico 2014 expuse: “En defensa de la politicidad del Derecho”, en consonancia con la defensa de su racionalidad que hicimos aquella primera vez. Esto es posible por la estrecha relación que existe entre ambas dimensiones (la racionalidad y la politicidad), debido a que el hombre es un animal político, como decía Aristóteles (zoom politykon), porque es un animal racional (zoom logotykon). A diferencia de otros animales, donde lo gregario se da en el orden instintivo, en el hombre la sociabilidad y la politicidad suponen la racionalidad. Siguiendo la misma línea, este año voy a referirme a la moralidad del Derecho, a fin de completar la trilogía (racionalidad, politicidad y moralidad). De ahí el título de la presente lectio: “En defensa de la moralidad del Derecho”. Esto es así porque de la misma manera que el hombre es también un animal ético (zoom ethykon), es racional y así todo su obrar ético se funda en su racionalidad, por aquello de que el obrar sigue al ser (operari sequitur esse). De esta manera, lo que pretendo demostrar en la presente tesis es que tanto la politicidad del Derecho a la que me referí el año pasado, como a la moralidad del Derecho a la que me referiré en esta disertación se fundan en la racionalidad del Derecho abordada en la primera lectio. Por eso, en algunas partes de esta disertación me remitiré a las dos anteriores ya que las tres lecciones forman un conjunto...
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Introducción: “¿Qué es la verdad? Le pregunta Pilatos. Mas el Señor no le responde, momentos antes le dijo ‘vine al mundo para testificar la verdad; todo el que es de la verdad escucha mi voz’”. Ante el silencio de Dios surge el imperativo de hallar una respuesta. La historia nos demuestra que desde la antigüedad este interrogante acompaña al ser humano. Platón, en La República, califica a la verdad como “lo más noble entre las cosas” y este concepto, por su parte, resulta heredero –Pitágoras mediante– de tradiciones inmemoriales. Expone Kalinowsky que será el Filósofo, en el Libro VI de la Ética a Nicómaco, quien afirme el carácter intelectual del conocimiento moral y, por lo tanto, la verdad de los juicios morales. La verdad de todo lo real, la verdad reveladora de la realidad “como una afirmación que mira al ser del hombre y lo ilumina” se presenta ante nuestros ojos y deslumbra, aunque, a veces, enceguece. El presente trabajo tiene por objeto investigar cómo la verdad en la vida moral –que es esencialmente regla o principio regulativo– resulta ser la perfección del conocimiento práctico. Así lo ha expuesto D. M. Albisu en La verdad en la vida moral. La verdad práctica. La autora sostiene que sus conclusiones sólo tienen por finalidad precisar el ámbito de la verdad práctica como la perfección de un conocimiento: el conocimiento práctico, el cual se realiza propia y formalmente en el juicio que dirige la acción del ser humano. A fin de dar una respuesta que fundamente estas conclusiones se analizará, principalmente, la obra de Albisu haciendo acento en el estudio de sus fuentes bibliográficas. Se completará esta exposición con el análisis de la obra de J. Pieper, La verdad de las cosas y con la obra de G. Kalinowsky, El problema de la verdad en la moral y el derecho, la que nos adentrará en la ubicación central de la verdad en la ciencia jurídica, la verdad práctica directamente aplicada en la moral y el derecho...
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Sumario: Cuestiones actuales de derecho procesal penal canónico. Introducción. 1.- El derecho penal canónico hoy. 2.- La publicidad, interpretación y competencias especiales en el proceso penal. 3.- El derecho de defensa en el derecho penal canónico. 4.- El derecho de defensa en la fase previa del juicio penal. 5.- El derecho de defensa del imputado en la vía judicial o administrativa para la decisión. 6.- La tramitación de la acusación penal. 7.- El Motu proprio ‘delicta graviora’. 8.- Algunos casos concretos. Conclusión
Resumo:
Resumen: En las últimas décadas, mientras en el pensamiento mo - ral asistimos al panorama sobre las últimas consecuencias del relativismo, en el derecho se ha ido conformando un nuevo paradigma: el “Estado de derecho constitucional” cuyo fundamento se halla en la defensa de los derechos humanos y en el principio democrático en la organización social. Para poder comprender tal nuevo modelo sobre el derecho se hace necesario analizar previamente los fundamentos filosóficos en que se sustenta, caracterizados por la dialéctica modernidad- posmodernidad. La modernidad asentada en el desencantamiento del mundo, la descontextualización del saber y el subjetivismo; y la posmodernidad que le ha agregado la instrumentalización de la razón, el aumento del nominalismo lingüístico y un mero pragmatismo han generado el nacimiento de una “nueva ética” totalmente individualista y un neo-constitucionalismo que ha colocado a la Constitución, fundada en los derechos individuales y en la democratización de la vida pública, en el núcleo del pensamiento jurídico actual. Frente a tal panorama, se indican a modo de contribución académica, las ventajas y desventajas o peligros que tal modelo jurídico- político lleva implícito.
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Resumen: Se analiza un caso judicial inédito que involucra a una diócesis, a una parroquia, a un personal municipal y a un municipio de la provincia de Buenos Aires. Un agente municipal es adscripto provisoriamente, por decreto del señor intendente, para desempeñarse en una Cáritas diocesana, y luego este agente pasa a desempeñarse en una Cáritas parroquial de una parroquia perteneciente a esa diócesis, todo lo cual es comunicado y aceptado por el municipio, que es su empleador. Luego de desempeñarse un tiempo en esa Cáritas parroquial, el personal municipal primero intima y después inicia un juicio por despido contra la diócesis alegando una relación laboral no registrada con ésta. El caso lleva a plantear la aplicación del derecho canónico para su resolución. Se explica que la diócesis y las parroquias poseen personería jurídica propia, y que la acción judicial contra la diócesis es improcedente. Se expone en detalle el planteamiento realizado en el juicio por el agente municipal y por la diócesis.
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Resumen: El presente artículo se refiere a los medios legales y prácticos con los que cuenta el creyente, ante situaciones de manifiesta injusticia, que son las que impiden el desarrollo pleno de su religiosidad, sometiéndolo a situaciones equívocas y que lo apartan de los principios que rigen su credo. Se analiza así la posibilidad de ejercer la desobediencia civil y la objeción de conciencia, como formas concretas de insumisión, frente a una ley o una política injusta o inmoral. Se intenta demostrar, asimismo, que muchas veces el mismo sistema legal provee normas que pueden ser empleadas como eficaz defensa en casos de ataque a la conciencia religiosa o moral.
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Sumario: La institución del derecho natural en el ordenamiento canónico. El derecho natural es la fuente subsidiaria del derecho positivo. La defensa ayuda también a distinguir las leyes justas de las injustas y las derivaciones interpretativas de las mismas. el derecho a la equidad canónica. La equidad en el derecho. La función de la equidad en la interpretación de las leyes. El aequum en el procedimiento canónico. La defensa y su tutela efectiva. Los límites de la defensa en el proceso penal extrajudicial. El derecho de defensa en lo establecido por el canon 1720. Consideraciones finales
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Contenido: Editorial – Homenaje al Dr. Alejandro Roberto Caride / Mario H. Pena – Cuestiones de Derecho Penal y Política Criminal: Sobre el aborto / Abelardo F. Rossi – Algunos problemas surgidos cuando empezó a aplicarse el Art. 76 bis del Código Penal / Mario H. Pena – Hacia el humanismo penal por el camino de la racionalidad / Roberto V. Vázquez – El carácter simbólico del Derecho Penal Económico en la Argentina / Juan María Rodríguez Estevez – Ética pública y ley penal / José Licinio Scelzi – El sistema penal y la defensa de los menores frente a los ataques a su normalidad sexual / Tristán García Torres – El arrepentimiento activo en la tentativa / Carlos Hernán Franco – La investigación penal, entre la policía en función judicial y el Ministerio Fiscal, desde una perspectiva político criminal / Carlos A. Mahiques – “Selective incapacitation”. El retorno de la inocuización al pensamiento penal norteamericano / Santiago Ottaviano – Insuficiencias normativas y propuestas de reforma del delito de lavado de dinero en la experiencia italiana y europea / Andrea Castaldo – Problemas jurídico-penales que plantea el proceso de integración política de Europa / Raúl Carnevali Rodríguez -- Recensiones
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Resumen: El presente trabajo aborda un tema concreto: el motivo u objeto con que el maestro y erudito español Benjamín de Tudela (1130-1173) abandona momentáneamente su país, España, para realizar un viaje de más de diez años por el Mediterráneo, el Asia Menor, el Medio Oriente y, aunque es menos probable, el Lejano Oriente. El corpus a considerar es su Libro de viajes (1160-1173), uno de los más completos y didácticos cuadernos de bitácora de la literatura occidental. Esta obra, que ha tenido grandes incidencias en la educación judía de siglos posteriores, es considerada hasta hoy como uno de los primeros documentos demográficos de las comunidades judías de la diáspora. Una vez identificados los motivos que impulsaron un periplo de tal calibre, procederé a analizar básicamente dos. Por un lado, la misión didáctica que él mismo se ha atribuido en consonancia con el precepto que ordena la transmisión intergeneracional de la fe y sus valores. Por otro lado, infiero un motivo que califico como de origen divino o sobrenatural, y que comparo con el viaje de Abraham desde Ur de Caldea hasta la Tierra Prometida. Para desarrollar este punto parto de un fragmento de la Biblia denominado en la tradición judía Lej lejá (Génesis XII:1-XVII:27), del que tomo los dos versículos iniciales, y aplico un análisis hecho por la licenciada y rabina Silvina Chemen con motivo del diálogo interreligioso.
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Introducción: en el AADC XIII, año 2006, fue publicada la relación de actividades del instituto de derecho eclesiástico (IDEC) correspondiente al quinquenio 2002/2006, haciéndose además una somera relación de su historia y objetivos. Transcurridos 5 años queremos dar cuenta de lo actuado desde entonces
Resumo:
Contenido: Elementos para una definición del Derecho Internacional Privado / Raúl Alberto Ramayo – Elementos para determinar la jurisdicción ius privatista internacional / Raúl Alberto Ramayo – Mediación : elabore y decida su propia solución / Zulema Wilde – Contratos informáticos en la Argentina / Pablo Andrés Palazzi – El honor y la censura : ¿una contradicción? / Flavio F. Agatiello Piñero – La filosofía del derecho de Hegel y el catolicismo / Ignacio Andereggen – El arte político de los cristianos para la construcción de la ciudad del hombre / Franco Biffi – Servio Tulio, rey censor / Alfredo Grieco y Bavio – Una cuestión filosófica en el quinto centenario : ¿fue legítimo el imperio hispánico en América? / Héctor H. Hernández
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Resumen: El autor introduce su trabajo con una serie de precisiones semánticas acerca de los conceptos principales que definen el objeto de su indagación: derecho, ciencia y jurisprudencia. Critica la noción de ciencia aplicada al derecho, y la aspiración a la certeza que ella conlleva y que pretende ser realizada por el positivismo y la ideología política de la soberanía según el modelo moderno y de la Revolución Francesa. Y pone de manifiesto las contradicciones en las que incurren las diversas corrientes positivistas. En el núcleo teórico de la investigación, contrapone convencionalismo y realismo, para pasar luego a analizar las concepciones modernas y contemporáneas de jurisprudencia y la concepción de Francesco Gentile acerca de lo que él denomina “geometría legal”. La conclusión pretende mostrar que los errores de perspectiva acerca del derecho y la jurisprudencia terminan necesariamente en la desnaturalización del derecho y, en definitiva, en la injusticia.
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Contenido: En defensa de la moralidad del Derecho / Daniel A. Herrera -- Los animales ¿tienen derechos? / Luis María Bandieri -- La estructura del orden moral : una introducción a la ética de cuño aristotélico-tomista / Félix A. Lamas -- Derecho, religión y tolerancia : reflexiones sobre un debate siempre actual / Maricruz Díaz de Terán Velasco -- Los buques públicos y el Derecho Internacional contemporáneo : el caso de la "Fragata ARA Libertad" / Leopoldo M. A. Godio -- El estado de derecho contra el estado de codicia : Edmund Burke contra la Compañía Británica de las Indias Orientales / Jakob Fortunat Stagl -- Los principios jurídicos : revisión histórica y concepción actual desde la perspectiva neoconstitucionalista / Florencia Ratti Mendaña -- Intervención de terceros en el amparo : comunidad de controversias y afectación de derechos / Guillermina Moreno -- Alcance y límites de la interpretación analógica / Juan Carlos Riofrío Martínez Villalba -- La fundamentación eugenésica del Artículo 86, inc. 2, del Código Penal y el fallo "F., A. L. s/medida autosatisfactiva" : convalidación de una teoría aberrante / Patricio J. López Díaz Valentín -- El bien común como fundamento de la responsabilidad del Estado / Florencia Quiroga ; María Ibarzábal ; Belén Abbondanza -- Notas y comentarios -- Documentos -- Recensiones