13 resultados para Órganos de gobierno
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
La escasez de órganos para donación y trasplante es un problema acuciante que involucra a toda la sociedad. Existen diversos prejuicios, racionales y emocionales, por los que muchas personas son reacias a donar sus órganos, sin saber o sin comprender que este gesto podría salvar vidas. El autor ahonda en esta problemática médico-social y plantea una propuesta para revertirla, comenzando con la educación desde el nivel primario y abarcando diferentes niveles educativos y ámbitos de la sociedad. Pone especial énfasis en la formación de los jóvenes, y su entorno social y familiar, quienes juegan un papel preponderante en el desarrollo de futuros programas educativos. Esta propuesta es integral y no implica controversias legales ni éticomorales, por lo que se presenta como una alternativa para derribar las barreras, conscientes e inconscientes, y la desinformación generadoras de una sociedad no donante que se niega una posibilidad de vida a sí misma.
Resumo:
En 1985, Alfonso Guerra, entonces vicepresidente del gobierno español encabezado por Felipe González, pronunció una frase destinada a hacerse famosa: “Montesquieu ha muerto”. Fue vertida cuando el partido socialista (PSOE) aprovechó la mayoría parlamentaria recién alcanzada para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial. De acuerdo con esa reforma, los vocales del Consejo General del Poder Judicial (equivalente a nuestro Consejo de la Magistratura) debían en adelante ser elegidos por el parlamento y no, como hasta entonces, mayoritariamente por los mismos jueces, fórmula a la que se tachaba de “corporativista”2. Los críticos advirtieron allí un intento de manejar los tres órganos clásicos del Estado para un proyecto de gobierno a largo plazo. Nada mejor, para eso, que enterrar de una buena vez por todas al viejo y quizás molesto señor de la Brède y barón de Montesquieu. Como buen político, Guerra, en sus memorias3, negó haber pronunciado literalmente aquella fórmula, aduciendo haber sido sus declaraciones tomadas fuera de contexto, etc...
Resumo:
El sistema nacional de procuración de órganos, tejidos y células para trasplante en la Argentina es impulsado, normatizado, coordinado y fiscalizado por el Incucai (Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante). Hoy, el sistema de salud cuenta con más de 4000 profesionales capacitados, 300 centros de trasplante, 50 bancos de tejidos y 30 laboratorios de histocompatibilidad habilitados por el Incucai en todo el país. La conciencia sobre la importancia de la donación ha crecido y actualmente cerca de 2.300.000 personas han manifestado la decisión de donar sus órganos y tejidos y otras 40.000 se han inscripto como donantes de células de la médula ósea. En el presente trabajo se analizarán los siguientes puntos: situación actual, logros y avances; principios de definen la distribución de órganos; retos de la donación y el trasplante en la Argentina.
Resumo:
Resumen: El artículo indaga en la fiscalidad sobre el comercio interior de Buenos Aires y su relación con la consolidación de la propiedad privada en la campaña. A partir de un estudio de caso, se examinan las particularidades de las imposiciones fiscales sobre las actividades comerciales en el ámbito rural identificando cambios y continuidades en las formas de recaudación y gravamen. Este análisis se combina con el de los problemas que las prácticas ilegales vinculadas al abasto de ganado presentó tanto en su circulación en la campaña como en su introducción a los mercados citadinos. Ambas cuestiones son contrastadas con lo sucedido a partir de 1822, cuando durante el gobierno de Martín Rodríguez tanto el comercio como la circulación de ganado en el Hinterland intentarían ser regulados con mayor énfasis a fin de asegurar el respeto de la propiedad privada en el mundo rural.
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¿Qué es mejor: el gobierno de la ley o el gobierno de los hombres? La cuestión es, a la vez, política y jurídica. Desde el punto de vista político, consiste en determinar si, en esas raras ocasiones en las que accede al poder un hombre excepcionalmente dotado para la conducción del Estado, conviene o no restringir su libertad de decisión por medio de leyes. Allí donde concurran en el mismo individuo la más alta aptitud política y la personalidad carismática para liderar a sus conciudadanos: ¿debe estar subordinado a la ley o más bien conviene dejar que sea él mismo quien cree la ley mediante su acción ejemplar? En el ámbito jurídico, se presenta una tensión problemática de signo análogo, que ha sido identificada como una “aporía empírica del Derecho”, cuyos términos son los siguientes: o bien organizar la vida social mediante leyes, generales y abstractas, en detrimento de lo singular; o bien dejar librada la última decisión de los asuntos jurídicos a la prudencia de hombres investidos de la autoridad para administrar justicia y resolver las controversias que se produzcan en el marco de la vida social. El problema fue planteado –y resuelto– por primera vez en la historia de las ideas por Platón y Aristóteles. El propósito de este estudio es examinar el tratamiento de la cuestión y las respectivas soluciones, tal como aparecen en las obras de los dos grandes maestros y fundadores de la filosofía política y jurídica occidental. Empero, es menester aclarar que si bien el trabajo trata innegablemente sobre Platón y Aristóteles, no pretende ser una contribución original al conocimiento de su pensamiento. Nuestra aspiración es, más bien, contribuir con el aporte de los dos magnos filósofos griegos al debate actual sobre el gobierno de la ley, el llamado “Rule of Law” o el Estado de Derecho...
Resumo:
El tema del llamado “consentimiento presunto” a los fines de habilitar la extracción de órganos cadavéricos ha suscitado debate e interés en ámbitos bioéticos y biojurídicos. Cuestiones como la del valor y significado del cuerpo y el cadáver, la relación entre el individuo y la comunidad, el papel de la voluntad y la libertad en las decisiones relacionadas con el propio cuerpo, tienen aquí especial relevancia. Varias leyes han tratado estos temas y distintos países se rigen por diferentes sistemas. La gran pregunta que recorrerá este trabajo se remite al papel y relevancia que se considera debe darse a la voluntad del difunto a la hora de disponer de sus órganos para trasplante.
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Resumen: Los cronistas del siglo XIII se han ocupado principalmente de la actividad política y militar de Fernando III, dejando en penumbra casi todo lo que se refiere a su labor como gobernante. Sin embargo, los diplomas del monarca han informado sobre su actividad legislativa. De estos asuntos nos ocupamos a partir de la documentación y las referencias cronísticas, y además de la bibliografía más reciente, en especial la publicada por E. S. Procter, Julio González, Ana Rodríguez y algunos estudios publicados en el congreso celebrado en 1998 con motivo del 750 aniversario de la conquista de Sevilla.
Resumo:
El trabajo aborda el gobierno de las instituciones como una alternativa superadora del activismo judicial producto de la visión neoconstitucionalista del orden social.
Resumo:
La búsqueda y consolidación de la paz está en la esencia del pacto constitucional de convivencia, por lo que restaurar su vigencia, acotar las divisiones, enmendar errores y reparar daños, corregir los enfrentamientos, sanar rencores y resentimientos, levantar a los caídos e incluir a los marginados, y, en lo posible, neutralizar todo motor de violencia, constituyen la esencia del buen gobierno y cimentan cualquier programa que aspire al futuro.
Resumo:
¿Qué dicen las distintas religiones sobre la donación? Monoteístas, politeístas, reveladas y naturales, cada una plantea una mirada particular respecto del acto de donar y de los trasplantes de órganos. Si bien la mayoría de las religiones se han manifestado a favor de la donación, resulta relevante reconocer sus principios y fundamentos. Algunas de estas posturas resultan sumamente interesantes en los fundamentos que proponen a sus fieles. Dentro de las grandes religiones monoteístas, la Iglesia Católica ha desarrollado todo un camino doctrinal que será presentado en esta exposición.
Resumo:
Resumen: La necesidad de órganos para trasplante exige que los médicos de áreas críticas sean competentes en detectar, entre sus pacientes, a posibles donantes. La baja frecuencia de comunicaciones a los equipos de procuración no corresponde con la gran cantidad de pacientes críticos que potencialmente podrían ser donantes. La brecha entre lo ideal, lo esperado y lo real induce a sospechar que los meros conceptos técnico- operativos serían insuficientes y que habría nociones que participan de este reconocimiento y cuestionan al profesional sobre lo correcto. Se tratarían de “valores éticos”. Este trabajo pretende hacer una descripción de esos valores como expresión del acto moral de la elaboración del diagnóstico de “potencial donante”, diagnóstico que deberá poseer certeza suficiente para persuadir al médico sobre lo correcto de esta detección
Resumo:
Uno de los problemas centrales que ha ocupado a la filosofía política y jurídica ha sido, desde siempre, el de evitar el ejercicio arbitrario y discrecional del poder político por parte de los gobernantes; es decir, el de conjurar el peligro de la tiranía2. Son muchos los artificios pensados a lo largo de la historia para escapar de ese flagelo, pero entre ellos, el que aparece con mayor persistencia y continuidad en el tiempo es el del denominado “gobierno del derecho”, o “imperio de la ley” o, en las versiones más recientes, “Estado de Derecho”...
Resumo:
Bajo los lineamientos del pensamiento liberal e individualista, propios del siglo XIX, la sujeción absoluta a lo pactado en los contratos era la forma por excelencia para satisfacer las exigencias de los cánones ideológicos de la época. El Código Civil de Vélez Sársfield no resultó ajeno a esa ideología e incorporó en sus disposiciones la máxima pacta sunt servanda en aras de garantizar la estabilidad y la fuerza de los contratos como presupuestos básicos de la seguridad jurídica y el desarrollo de las actividades económicas. Así, en materia contractual, la realización de la justicia se reducía, simplemente, al cumplimiento fiel del contrato, sin importar el grave perjuicio que debía soportar el contratante al momento de cumplir con la prestación debida en caso de que ésta se volviera excesivamente onerosa, por circunstancias extraordinarias e imprevisibles.