51 resultados para Persona Natural -- Matrícula
Resumo:
El Informe Warnock, basado en una filosofía utilitarista, presenta principios que muestran el ideal moral social en relación con la manipulación y destrucción de embriones humanos hasta el día 14 de fecundación (pre-embrión), donde la ley es independiente de las creencias. El Personalismo, basado en la ley moral natural, presenta una concepción filosófica basada en valores fundamentales: el derecho a la vida desde la concepción y la dignidad del ser humano.
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Resumen: El cardenal Nicolás de Cusa se propuso resolver el impasse que en el campo teológico implica la descalificación que desde el nominalismo se hizo conocimiento metafísico. Fue su particular interpretación de la naturaleza de Dios y su modo de conocerla, la que le permitió fundar una nueva teología con la que pretendía superar las limitaciones de un saber que en su opinión sólo era apto para conocer el orden finito. Para ello propone sustituir la vía de conocimiento racional, por otra de carácter puramente intuitivo, cuyo rasgo esencial es el saber del no saber, esto es, la vía de la “docta ignorancia”. Con lo cual el hombre está en condiciones de alcanzar un tipo de saber de orden místico sólo parangonable con el que se puede alcanzar en la bienaventuranza eterna. Es propósito del presente estudio determinar si, sobre las bases presentadas por el Cusano es posible erigir el saber que conviene a una teología natural, e incluso al de una teología mística.
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Resumen: Este trabajo procura clarificar cuál ha de ser la fundamentación adecuada de los derechos humanos. La misma no puede basarse exclusivamente en las normas jurídicas, ni en la voluntad arbitraria del legislador positivo, aunque este vuelque las reglas en el contenido de la Constitución. Los derechos fundamentales poseen una única base confiable, que no puede ser otra que el concepto de naturaleza humana y las características propias de la persona humana. En síntesis: el piso mismo del derecho positivo es el derecho natural.
Resumo:
Resumen: La autora describe una articulación vital entre identidad eclesial e identidad civil, que se expresa en la fundación de una organización civil no confesional. Y reinterpreta la experiencia teniendo en cuenta la situación de transición que se da en las prácticas y sus interpretaciones, tanto en lo social como en lo eclesial.
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Resumen: En el trabajo se aborda la vexata quaestio de la cientificidad de la ciencia jurídica, a la que se le impugna la pretensión de ser científica y, a la vez, práctica. Se estudian las impugnaciones realizadas en ese sentido por Claude Lévi-Strauss y Hans Albert, así como los intentos de algunos filósofos del derecho analíticos de superarla a través del análisis lógico del lenguaje jurídico. Se analizan después los cuestionamientos efectuados por algunos representantes de la filosofía hermenéutica, que critican los ensayos analíticos y proponen una concepción interpretativa de la ciencia jurídica. Luego de esta exposición, el A. evalúa las aportaciones analíticas y hermenéuticas, poniendo de relieve sus fortalezas y sus falencias a la hora de establecer el estatuto científico de la ciencia jurídica, para pasar finalmente a proponer una concepción de la ciencia del derecho heredera de la tradición de la filosofía práctica de cuño aristotélico. En este punto, el A. desarrolla —con base en el pensamiento de Tomás de Aquino— una concepción analógica del conocimiento científico y explica de qué modo es posible aplicarla a un saber acerca del derecho que resulte, a la vez, científico y práctico. Finalmente, desenvuelve la necesidad epistémica de una apertura del conocimiento de la ciencia jurídica a los primeros principios prácticos, que la vincula constitutivamente a la doctrina de la ley natural, así como al nivel máximamente determinado de la prudencia jurídica.