61 resultados para Industria de la piel y calzado
Resumo:
Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII : Actas de las X Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2011, y de Homenaje al Quinto Centenario del Cancionero General de Hernando del Castillo.
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Resumen: Uno de los grandes “maestros en teología” en la Argentina de los últimos tiempos, Lucio Gera (+07.08.2012), cuyo segundo aniversario de fallecido honramos en este número de la revista Teología, hablaba de la ineludible exigencia posconciliar de integrar teología, espiritualidad y pastoral. El capítulo V de Evangelii gaudium, “Evangelizadores con Espíritu” (cf. EG 259ss), se ubica especialmente en este horizonte de convicciones porque tiene un inconfundible contenido teológico, un marcado acento espiritual y una clara orientación y lenguaje pastoral, pero sobre todo en razón de expresar una íntima compenetración entre estas tres dimensiones. En este artículo, que reelabora y amplía una presentación oral en la Jornada Evangelii gaudium, organizada por la Facultad de Teología de la UCA el pasado 5 de junio, se asume el vigor de la propuesta de una “evangelización con espíritu” (EG 261) y se reflexiona, en diálogo con nuestra iglesia local, sobre cuatro aspectos relacionados con ella: 1. una teología de la “evangelización con espíritu”, es decir, “con Espíritu Santo”; 2. una espiritualidad contemplativa: amar la Palabra y gustar ser pueblo; 3. el estilo pastoral mariano de la evangelización; y 4. la danza de la teología, la espiritualidad y la pastoral al servicio de la alegría de evangelizar.
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Resumen: Muy a menudo se escucha hablar de la Iglesia como santa y prostituta o como santa y pecadora, invocando como argumento decisivo que los Santos Padres decían que la Iglesia es una casta meretrix. Algún que otro teólogo lo pone por escrito sin citar la fuente; lo mismo dice algún predicador. Según parece, este testimonio patrístico cuadraría para poder hablar de los pecados de la Iglesia. Ahora bien, respecto a esta fórmula lo primero que hay que señalar es que se trata de un hapax de la literatura patrística, sólo se encuentra una vez en San Ambrosio. La figura retórica utilizada indica algo insólito que el lector moderno debe tratar de entender. Sobre todo, porque para quien acuñó la frase, lejos de aludir a algo pecaminoso, quiere indicar la santidad de la Iglesia. El artículo presenta la reflexión eclesiológica de este padre de la Iglesia que lo lleva a expresarse de esa manera y, a la vez, invita a situar en su contexto y en sus perspectivas concretas las afirmaciones patrísticas para traducirlas, interpretarlas y relacionarlas con nuestro modo de plantear los problemas.
Monseñor Pablo Cabrera : escritura de la historia y vínculos intelectuales a principios del siglo XX
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Resumen: La emergencia de una historia que reivindicaba el período colonial a principios del siglo XX se desarrolló en un contexto de revisión de la historia nacional, donde se buscaba reafirmar la identidad en un escenario caracterizado por la fuerte presencia de la inmigración en la sociedad argentina. Estos estudios coloniales formaron parte, a su vez, de la difusión de la corriente hispanista e Indigenista en América Latina. Todo esto llevó al desarrollo de un entramado de relaciones intelectuales de las que formó parte Monseñor Pablo Cabrera —1857-1936— en tanto sacerdotehistoriador cordobés que centró sus investigaciones en la historia colonial. En este artículo centraré mi análisis en los estudios históricos de Monseñor Cabrera sobre el período colonial y la relación especial con intelectuales de la Provincia de Santa Fe como Ramón Lassaga y Manuel Cervera
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Resumen: Promover el diálogo de la Iglesia con las culturas de nuestro tiempo resulta inobjetable. El Concilio Ecuménico Vaticano II se pronunció en este sentido, en comunión histórica con distintas civilizaciones, hace ya medio siglo; asimismo, destacó la necesidad para los creyentes de comprender a fondo la manera de pensar y de sentir de los demás hombres de la propia época, y dedicó a esta temática toda una sección de la Constitución Pastoral Gaudium et spes. El campo de la economía, bajo esta idea, hubo de subsumirse con carácter sistemático a un estrecho criterio de racionalidad, según el cual tanto la acción humana individual como la política a nivel general se consideraron determinadas por cálculos y valoraciones de costos y beneficios a través de un juicio de optimización.
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El Código de Derecho Canónico tiene algunas normas que deben ser revisadas, porque son fruto de un momento histórico de la Iglesia. Después de citar algunos cambios que ya se han realizado en el Derecho Canónico en general y, en particular, en el Derecho Matrimonial Canónico, propongo revisar el canon 1095, 1º-3º, referido a las que yo llamo “causas psicopatológicas” de la incapacidad matrimonial, para una posible reforma del mismo que permita su mejor comprensión y aplicación...
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Introducción: Algunos autores proporcionalistas, en la extensa e interesante discusión que mantuvieron con algunos teóricos de la ley natural durante las últimas décadas del siglo XX plantearon la objeción de que los preceptos o normas de ley natural tenían una fundamentación tautológica, es decir, que carecían de fundamentación adecuada. La objeción no era poco importante, pues si una norma es tautológica, entonces no solo no tiene fundamento racional, sino que no reúne, como se verá, las condiciones mínimas para dirigir efectivamente las acciones morales concretas de los hombres. En otras palabras, una norma fundada tautológicamente no sería verdadera norma...
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.
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La búsqueda y consolidación de la paz está en la esencia del pacto constitucional de convivencia, por lo que restaurar su vigencia, acotar las divisiones, enmendar errores y reparar daños, corregir los enfrentamientos, sanar rencores y resentimientos, levantar a los caídos e incluir a los marginados, y, en lo posible, neutralizar todo motor de violencia, constituyen la esencia del buen gobierno y cimentan cualquier programa que aspire al futuro.
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Resumen: Nadie, de entre los historiadores del derecho, podría animarse a negar la presencia de fuentes romanas (en especial esa compilación tardía denominada Corpus Iuris Civilis) dentro de Partidas; con particular acento en el caso del Digesto. Por esto, en términos de su materialidad, lo que se presentará aquí será un trabajo de cotejo entre títulos específicos de las obras citadas y que refieren al tópico de la tortura. Por un lado, el título 18 del libro XLVIII del Digesto junto con el título 41 del libro IX del Codex. Del otro lado, el título 30 del libro VII de Partidas. Esta comparación buscará no tanto las equivalencias textuales (que son conscientemente obviadas por los redactores a pesar de conocer a la perfección los sistemas de citado) como el sentido último de introducir estos textos en el corpus legislativo castellano. En este sentido, lo que se buscará será plantear métodos posibles para sortear el problema de la intertextualidad en un mundo sin autores.
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El artículo aborda el tema de la muerte como despedida, desde el punto de vista del proceso espiritual que tiene lugar en dicha circunstancia. Valiéndose de un testimonio biográfico, se analiza la experiencia a partir de la conceptualización que hace del tema una autora norteamericana (J. Rupp) en su libro Orar nuestros adioses y se extraen algunas conclusiones sobre este proceso.
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Resumen: Es habitual que en la fundamentación de derecho de la privacidad se acuda al valor de la dignidad humana, pero cuando los autores realizan esa vinculación suelen entender a la dignidad hu - mana como justificada en la mera autonomía del sujeto. Para este punto de vista que denominamos visión moderna, en el ámbito de los derechos fundamentales existe un amplio e indefinido campo de libertad, y esta libertad es o sería el derecho básico en sí mismo, o derecho fundamental por antonomasia. Esto significa la concepción del derecho entendido bajo su faz subjetiva. El derecho como un mero poder cuyo límite está en el poder o la facultad de otro, y el Estado como arbitrador de esos poderes subjetivos en pugna. Sin embargo, los derechos fundamentales entre los que se encuentran el derecho a la intimidad y a la privacidad, el derecho al resguardo del honor y de la imagen, encuentran su justificación en lo justo objetivo y en la dignidad humana. La dignidad como un valor que da sentido se justifica cuando es entendida con una apertura a la trascendencia de la persona, y a un fin objetivo al que dicha trascendencia se encamina.
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Resumen: El presente artículo, después de trazar un resumen del recorrido de los modos de historiar la filosofía, enfoca el tema de la relación entre ambos aspectos: el de la filosofía teorética y el de la historia de la filosofía. Toma distancia crítica tanto de la concepción que independiza la historia de la filosofía de la labor de búsqueda de la verdad teorética, como de la identificación de ambas dimensiones, tesis que tomó forma sobre todo a partir de Hegel. Propone una aplicación de la hermenéutica en la lectura del pasado filosófico, para abrir nuevas cuestiones y horizontes de búsqueda en el mundo de la realidad y en las exigencias y desafíos de la propia época histórica. Dicha hermenéutica, a su vez, no se desliza hacia el relativismo, sino que confirma la perennidad de lo verdadero en su persistencia fecunda a lo largo del tiempo.
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Resumen: Así como existen requisitos que afectan a la validez de la sagrada ordenación, hay otros que afectan a la licitud de la misma. Ellos hacen expresa referencia a la edad canónica y a las irregularidades y a los impedimentos. Las páginas que siguen se refieren únicamente a estos últimos, dejando de lado lo relativo a la validez y al tema de la edad del ordenando, así como de otros que la norma establece.
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Resumen: La presente investigación consiste en un análisis, desde la perspectiva de la economía y las instituciones, de las políticas del New Deal, implementado por Franklin D. Roosevelt en los Estados Unidos durante la crisis económica de los años 30. Para realizar dicho análisis se presentan los elementos principales de la crisis de 1930, luego se realiza un estudio de las políticas económicas aplicadas en el contexto de un marco de gran innovación institucional, y concluye evaluando las políticas expuestas, tanto desde el enfoque de sus resultados macroeconómicos como de su desempeño institucional. De esta manera el presente documento incluye un diagnóstico histórico del contexto norteamericano en aquel entonces y resalta los aspectos que motivaron a dicha administración a la aplicación de New Deal. Finalmente, se realiza un análisis del impacto macroeconómico de las políticas aplicadas. La conclusión sintetiza las principales enseñanzas de la experiencia desde la perspectiva de política económica y del diseño de la regulación, para concluir con algunas reflexiones acerca de su posible implementación en la actualidad.