23 resultados para TRADUÇÕES JURÍDICAS
Resumo:
Contenido: Editorial – La política como ciencia y como profesión / José María Medrano – La prudencia jurídica II / Carlos Ignacio Massini – La empresa pública y el logro de fines de interés público / Rodolfo C. Barra – Las causas intrínsecas del derecho / Rodolfo Luis Vigo (h) – Técnicas genéticas de fecundación en las personas de existencia visible sus implicancias éticas y jurídicas / Osvaldo Pedro Raffo Magnasco – Escolios – Documentos – Notas bibliográficas
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Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.
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Resumen: En su quinto número el Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, La crisis financiera y el debate regulatorio, presenta una explicación institucional a la crisis hipotecaria actual en Estados Unidos. Según el autor en el origen de la inestabilidad del sistema financiero, que produjo consecutivos efectos de “burbujas” bursátiles se encuentra la revolución tecnológica y una desregulación imprudente de los sistemas financieros desde los años 1980. Con respecto a las soluciones en curso se resalta que las medidas que no incluyan, aparte de soluciones coyunturales como los rescates de entidades bancarias y financieras, una reformulación de las regulaciones no podrán atacar el problema en toda su magnitud. En la segunda columna, Causas institucionales de la crisis económica mundial, se enfoca en las causas de la crisis actual, que según el autor provienen de notorias fallas institucionales. El vacío de reglas prudenciales en las hipotecas sub-prime produjo primero una “burbuja” en el precio de los inmuebles y luego, al colapsar ésta, condujo a elevados porcentajes de incobrabilidad. Un rasgo en la organización institucional de la sociedad es evitar que alguien sea “juez y parte” en un tema, evitando asimetrías en la información y lobbies. Por último, se comenzó a transferir a los ahorristas el riesgo crediticio, esto transforma esencialmente la función del sector bancario de evaluadores de riesgos a vendedores de bonos. En la tercera columna, Los subsidios estatales en un contexto de vacío institucional, se puntualiza que la absoluta discrecionalidad de que gozan los gobiernos para disponer la asignación de dineros públicos vía subsidios es una constante histórica, que en los países más avanzados a comenzado a revertirse. El crecimiento explosivo de los subsidios en nuestro país durante los últimos años, en un marco de vacío de reglas jurídicas que fijen ciertos criterios imperativos para el gobierno, ha conducido a situaciones de marcada ineficiencia. Existen muchas recetas para revertir tal escenario, pero lo complejo es encontrar la llave para torcer la natural resistencia de los gobiernos a crear sistemas que los limiten en ese terreno.
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Resumen: El texto analiza el lugar que los principios jurídicos han tenido a lo largo de la historia del Derecho y especialmente su importancia en la perspectiva del actual neoconstitucionalismo. Además, se detiene en la relación de los principios con las reglas y los valores, a fin de dilucidar si aquellos términos se identifican o se diferencian, y las consecuencias jurídicas que de uno y otro caso podrían derivarse.
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Resumen: El presente texto analiza la filiación desde varias perspectivas. En primer lugar, su relación con el matrimonio, mostrando cómo se ha ido separando lentamente todo vínculo entre la institución matrimonial y la procreación. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, se hace necesario el estudio de la dimensión biológica de la filiación, la cual posee consecuencias jurídicas muy importantes amparadas en el instituto de la patria potestad. En tercer lugar, se mencionan y analizan los principios jurídicos constitucionales implicados en la filiación. Por último, se mencionan tres desencuentros entre la biología y el derecho: la filiación derivada de las técnicas de reproducción asistida, la filiación adoptiva y la derivada del matrimonio civil entre personas del mismo sexo, en la que podemos ver una “revancha” de la biología.
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Resumen: Este trabajo procura clarificar cuál ha de ser la fundamentación adecuada de los derechos humanos. La misma no puede basarse exclusivamente en las normas jurídicas, ni en la voluntad arbitraria del legislador positivo, aunque este vuelque las reglas en el contenido de la Constitución. Los derechos fundamentales poseen una única base confiable, que no puede ser otra que el concepto de naturaleza humana y las características propias de la persona humana. En síntesis: el piso mismo del derecho positivo es el derecho natural.
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Entre las instituciones jurídicas que han merecido mayor cuidado por parte de la Iglesia, a lo largo de su larga historia, se encuentra sin duda la del proceso de declaración de nulidad matrimonial. Este hecho no debe sorprender. El tema está estrechamente vinculado con el del matrimonio, elevado por Nuestro Señor Jesucristo a la dignidad de sacramento, y con el de la familia que se funda, precisamente, en el matrimonio. Para la Iglesia, la familia es la célula fundamental de la sociedad; la familia de dos bautizados, fundada en el matrimonio es la iglesia doméstica. Sobre la salud de la familia se apoya la solidez de la sociedad y de la vida cristiana vivida con coherencia de acuerdo con los dictámenes evangélicos. En las causas de nulidad matrimonial está en juego el juicio acerca de la validez o no del vínculo matrimonial; proceder con una eventual ligereza en la declaración de nulidad del matrimonio llevaría a correr el riesgo de violar particularmente la ley divina sobre la indisolubilidad del vínculo. Se trataría de un vulnus gravísimo que podría comprometer la institución matrimonial misma...
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Resumen: Incluso antes de su llegada al trono, Alfonso X (1252-1284) emprendió una amplia labor de recopilación, traducción y reescritura de obras, tanto jurídicas, históricas como científicas. Numerosos estudios han subrayado tanto la coherencia de este proyecto como su funcionalidad política, en la medida en que dibuja un nuevo marco de relaciones en el reino y en la corte. En este trabajo, basado en la producción historiográfica y en parte de las obras científicas elaboradas en el scriptorium de Alfonso X, se intentará mostrar que esta producción textual supone una renovación, no sólo en el ámbito político sino también discursivo, y no sólo por la ruptura que supone la utilización del castellano. El análisis de prácticas tales como la compilación, la reescritura y la traducción, que remitirían en principio a una clara continuidad con la tradición textual anterior, permite por el contrario tomar la medida del salto cualitativo que representa la obra alfonsí en cuanto al sentido mismo que se la da a la escritura. La interpretación a la que se pretende llegar es que, si bien los colaboradores regios compilan, reescriben y traducen, la perspectiva desde la que el rey, considerado como autor de las obras, ordena los saberes que estas actividades producen, supone romper con el topos fundador de gran parte de la literatura medieval, la metáfora del espejo, según la cual el libro revela la verdad en la medida en que revela y refleja el mundo, es decir el orden divino