20 resultados para Norma Regulamentadora


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Resumen: Así como existen requisitos que afectan a la validez de la sagrada ordenación, hay otros que afectan a la licitud de la misma. Ellos hacen expresa referencia a la edad canónica y a las irregularidades y a los impedimentos. Las páginas que siguen se refieren únicamente a estos últimos, dejando de lado lo relativo a la validez y al tema de la edad del ordenando, así como de otros que la norma establece.

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Contenido: La inserción de la universidad en el medio : país e Iglesia / Domingo Basso – Reflexiones en torno al ser y al hacer de las universidades católicas / Jorge Humberto Peláez – La Constitución y los tratados internacionales a partir de la reforma de 1994 / Eugenio Luis Palazzo – Los Iudicia Bonae Fidei y su importancia en materia contractual / Alberto Gustavo Di Pietro – En torno a Pro Caccina / Edmundo J. Carbone – Los iuris praecepta o la norma ética como imperativo jurídico / Ángel Hugo Guerriero – La objetividad en el saber político / Héctor Julio Martinotti – Presencia de la Iglesia en la universidad y en la cultura universitaria / Pío Laghi ; Eduardo Pironio ; Paul Poupard – III Encuentro Internacional de Derecho de América del Sur. “El derecho y la integración hacia el siglo XXI”. “Pasos previos para la integración política de América Latina” / Flavio Fernando Agatiello Piñero

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Contenido: Sinopsis de la jurisdicción originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación / Sergio O. Dugo – Los instrumentos de la seguridad social / José Benjamín Gómez Paz – El derecho : ¿realidad o norma moral? A propósito de la tesis de Michel Villey / José Jorge Coviello – Europa y América : en torno al descubrimiento / Ricardo Zorraquín Becú – Notas sobre la Iglesia en América / Carlos M. Storni – Independencia política y continuidad cultural : formación inicial argentina / Liniers de Estrada – La sanción del daño moral en el derecho romano / Juan José Alba Crespo – Mesianismo y escatología en el descubrimiento de América / Florencio Hubeñak – Reunificación / Francisco Arias Pelerano – El estudio de los procesos de integración : importancia e implicancias de un enfoque político / Leonardo Hekimián

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Contenido: El aparente estilo sin estilo en “El gallego y su cuadrilla”, de Camilo José Cela / Norma Susana Alioto – Notas para una evaluación del pensamiento de Bakhtin en el “Rabelais” / Susana G. Artal – La India y sus caminos de liberación / Carmen Balzer -- ¿Usó el moly Odiseo? / Pablo A. Cavallero – La historia y la novela: “El banquete de Severo Arcángelo”, de Leopoldo Marechal / Graciela Maturo – Las Confesiones de San Agustín, obra concluída, según el análisis de estructura y estilo / Amalia S. Nocito – El texto del Poema de Mio Cid ante el proceso de la tradicionalidad oral y escrita / Germán Orduna – La conciencia moral en una novela de H. James / Rosa E. M. D. Penna – El mundo medieval en la poesía de Enrique Banchs / Lía Noemí Uriarte Rebaudi – La construcción condicional en español con + infinitivo / Hilda Albano Vázquez – Ensayo etnológico de “La tierra permanece”, de George Stewart // Pablo Wright – Nota – Reseñas bibliográficas

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Introducción: El canon 492 § 1 del Código de Derecho Canónico dice que en cada diócesis ha de constituirse un Consejo de asuntos económicos presidido por el Obispo diocesano o su delegado. La norma, en consonancia con los documentos conciliares Lumen gentium, Apostolicam actuositatem, Ad gentes y Presbyterorum ordinis, establece que la presidencia le compete al Obispo diocesano, que puede ejercerla por sí o por un delegado suyo. El Consejo es presidido por el Obispo diocesano, no por el Ordinario del lugar, pero el Obispo puede hacerse sustituir por su delegado. Le Tourneau expresa que el Código parece utilizar en forma indistinta los términos "praesse” y "praesidare”, como en el caso presente. Sin embargo parece que el término "praesidare" hace referencia a las situaciones de delegación y no de mandato especial. El canon 492 permite que el Obispo diocesano pueda modificar la estructura del Consejo de asuntos económicos, sea para prestar un servicio más rápido a la comunidad, sea para llamar a participar de la responsabilidad a personas particularmente capaces y expertas, pudiendo delegar la presidencia de dicho Consejo a otra persona.