9 resultados para Cuesta basáltica


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El trabajo tiene como objetivo realizar una revisión bibliográfica sobre el terrorismo internacional, regional y sus diferentes manifestaciones. Se realiza un análisis del autodenominado Estado Islámico teniendo su origen, desarrollo, financiación, propaganda y redes de captación. Se configuran una serie de propuestas de actuación consideradas relevantes en materia antiterrorista.

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El presente trabajo consiste en un análisis jurídico de los aspectos más controvertidos en los Juicios de Nüremberg, celebrados entre 1945 y 1946, tras el fin de la Segunda Guerra Mundial. Para ello, se alude brevemente a los precedentes que dieron lugar a la creación de un Tribunal Militar Internacional ad hoc para el enjuiciamiento de diversos crímenes internacionales, así como la composición del Tribunal, el contenido de la Carta del Tribunal, los crímenes imputados (y que, a su vez, fueron definidos por primera vez en la propia Carta), y los aspectos procesales más destacables respecto de la celebración de los juicios. En todo caso, se aborda con mayor profundidad la discusión doctrinal existente en torno a esta materia, tanto las valoraciones positivas como negativas con carácter general, así como la discusión sobre la tipificación de determinados crímenes internacionales y el concepto de responsabilidad individual. Posteriormente, se hace referencia a la vulneración de determinados principios esenciales del Derecho Penal y su justificación. Y finalmente, se explica la relación entre los Juicios de Nüremberg y la justicia transicional, planteando la combinación de mecanismos retributivos y restaurativos de la justicia penal como solución a los errores del modelo de Nüremberg.

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Evolución histórica y regulación actual en el ordenamiento jurídico español, tomando como base la Constitución Española de 1978, del delito de violencia de género.

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En los inicios, las primeras disposiciones legales que aparecieron cronológicamente con la finalidad de regular la seguridad del tráfico fueron de carácter exclusivamente administrativo. Sin embargo, ante el notorio incremento del número de accidentes de tráfico, los legisladores optaron por su incriminación penal, lo que suponía la imposición de una sanción judicial más o menos grave con la que se pretendía intimidar al conductor1. La negativa de algunos conductores a someterse a la prueba de alcoholemia generaba problemas a la hora de perseguir los delitos contra la seguridad del tráfico. Por ello, el Código Penal de 1995 aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, introdujo esta figura delictiva, a través del artículo 380, sancionando penalmente la negativa a someterse a las pruebas establecidas al efecto, castigándolo como autor de un delito de desobediencia grave, pues, hasta entonces, los conductores que se negaban a someterse a las pruebas de alcoholemia eran sancionados únicamente por vía administrativa2. El artículo 380 del Código Penal disponía que “el conductor que, requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado como autor de un delito de desobediencia grave, previsto en el artículo 556 de este Código”3. Desde su introducción en el Código Penal, el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia sólo recibió numerosos reproches por parte de la doctrina. A pesar de ello, la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial, optó por mantener dicho delito, si bien modificó ligeramente la definición legal del mismo, a través del nuevo artículo 383

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El presente trabajo trata principalmente sobre las consecuencias que tiene para las mujeres el paso por prisión, y busca también exponer dónde encuentran ellas el origen de la reinserción para volver a la sociedad. Para ello se ha llevado a cabo una revisión bibliográfica en profundidad sobre la evolución de los sistemas de encarcelación de las mujeres, así como un estudio exploratorio en el que cinco mujeres usuarias del piso de acogida para mujeres presas de Vitoria han respondido a diversas cuestiones en relación a la prisión, el piso de acogida y la reinserción. De esta manera se ha buscado dar a conocer la realidad vivida por algunas mujeres que tras cometer un hecho delictivo acaban ingresando en prisión. Posteriormente se han puesto en contraste las diferencias existentes entre la vida dentro de prisión y en el piso de acogida, haciendo referencia a las ayudas que ofrece cada uno de estos establecimientos para su posterior reinserción en la sociedad. Finalmente, y tras analizar los resultados obtenidos, se han puesto de manifiesto diferentes medidas que han sido consideradas para la mejora de la situación de las mujeres que tienen que cumplir con una pena privativa de libertad.

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OBJETIVOS: 3.1. Analizar los aspectos legales del fisioterapeuta de empresa en España.- 3.2. Analizar la figura del fisioterapeuta de empresa en España, Europa, y en otros países.- 3.3. Establecer las funciones del fisioterapeuta de empresa en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.- 3.4. Analizar los posibles beneficios socio-económicos que conlleva la implementación de la fisioterapia de empresa.- 3.5. Estudiar el ámbito laboral actual y el futuro del fisioterapeuta de empresa.-- HELBURUAK: 3.1. Espainian enpresa-fisioterapeutaren aspektu legalak aztertzea.- 3.2. Enpresa-fisioterapeutaren irudia aztertzea Espainia, Europa eta beste herrialde batzuetan.- 3.3. Enpresa-fisioterapeutaren funtzioak ezartzea lan arriskuen prebentzio eremuan.- 3.4. Enpresa-fisioterapeutaren inplementazioak ekar ditzaken onura sozio-ekonomiko posibleak aztertzea.- 3.5. Gaur egungo lan eremua eta enpresa-fisioterapeutaren etorkizuna aztertzea.

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El objeto principal de este TFG es analizar la forma en que la pena de PPR vulnera algunos derechos fundamentales recogidos en la CE y en los Tratados internacionales que España ha suscrito. La PPR se introdujo con la última reforma del CP, entrando en vigor el 1 de julio de 2015. Resulta llamativo el hecho de que todos los partidos de la oposición presentasen un recurso de inconstitucionalidad al día siguiente de su entrada en vigor, lo que indica precisamente que la PPR tiene un problema de encaje constitucional y legal, que trataré de explicar durante el transcurso de este TFG.