43 resultados para LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
em Archivo Digital para la Docencia y la Investigación - Repositorio Institucional de la Universidad del País Vasco
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[ES]El trabajo parte de una clarificación del concepto de duplicidad funcional administrativa distinguiéndolo de las concurrencias y las ineficiencias, y plantea un enfoque selectivo a la hora de afrontarlas. Se analizan los ámbitos críticos para la aparición de duplicidades e ineficiencias y sus posibles causas, para, posteriormente, examinar los instrumentos jurídicos de que disponemos para evitarlas o encauzarlas valorando su efectividad en las políticas de ingreso y de gasto, y finalmente realizar propuestas. El trabajo analiza, asimismo, recientes iniciativas legislativas (ley municipal de Euskadi y ley de administración pública vasca) que prevén cambios significativos en la institucionalización interna y en las relaciones entre Administraciones Públicas, vascas valorando sus novedades e insuficiencias como instrumento para superar las duplicidades.
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En España tras la entrada en vigor en julio de 1988 de la Ley de Auditoría de Cuentas, conviven la auditoría privada (aplicable a las empresas sujetas a la legislación mercantil), regulada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y la auditoría pública o fiscalización que no tiene ningún órgano regulador y es ejercida por el Tribunal de Cuentas, recogido en la Constitución Española y regulado por la Ley Orgánica, 2/1982, de 12 de mayo, y por los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas que así lo tengan establecidos en sus respectivos Estatutos de Autonomía y regulados en sus correspondientes leyes de creación. Una y otra auditoría han sido cuestionadas en los últimos tiempos con la llegada de la crisis a nuestro país, llegando a ponerse en entredicho su utilidad y en el caso de la auditoría pública, incluso la continuidad de los Órganos de Control Externo en el informe de la Comisión para la Reforma de la Administración (CORA). Con el presente trabajo que hemos denominado “El control externo: La auditoría de cuentas anuales frente a la auditoría pública”, pretendemos analizar las posibles diferencias y similitudes entre ambas tipologías, examinando las exigencias legales que se precisan para ejercer ambos tipos, las diferentes regulaciones a las que están sujetas, los procedimientos que utilizan, los distintos tipos de informe y los destinatarios de los mismos, entre otras cuestiones y proponer, en la medida de lo posible, medidas que puedan suponer cambios positivos en cuanto a la colaboración entre ambas, así como una mayor confluencia en los procedimientos y en la normativa que las regulan.
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uración (en horas): Más de 50 horas. Nivel educativo: Grado
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Hasta no hace demasiado tiempo se ha entendido que la gestión de la cosa pública era diferente a la de la empresa privada y que, por tanto, las teorías y técnicas que se aplicaban en ésta nada tenían que ver con aquélla. Sin embargo, de un tiempo a esta parte, empiezan a verse señales que apuntan al lado contrario. Al parecer, en la gestión pública, también hay consumidores de servicios (en este mercado se les llama ciudadanos), y también existe la competencia: ciudades, regiones o naciones que compiten por ofrecer mejores servicios a sus consumidores-ciudadanos, o que compiten para conseguir más localizaciones de empresas en su territorio, o para atraer más eventos, o más turistas, sean estos de ocio o de negocios.
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[ES] A partir de los microdatos de la "encuesta sobre innovación tecnológica 1998-2000" se construye una base de datos con las empresas manufactureras españolas que realizan actividades de innovación. Posteriormente, mediante las pruebas Chi-cuadrado de Pearson y Mann-Whitney, contrastamos si el tamaño condiciona la participación de las empresas manufactureras innovadoras en los sistemas de ayuda pública a la innovación; asimismo, a través de los índices de Kendall y Spearman evaluamos la dirección de dicho condicionamiento. Al respecto, los contrastes realizados nos indican que la variable tamaño se encuentra relacionada con la variable financiación pública, y que son las empresas de mayor tamaño las que más se benefician de las ayudas públicas a la innovación.
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[ES] Los responsables políticos y los gestores de los gobiernos locales de las ciudades se enfrentan con un problema recurrente: cómo atender, con recursos cada vez más escasos, las demandas de sus ciudadanos y a los actores con interés en su territorio, en términos tanto de eficacia en la prestación de servicios como de profundización democrática. Utilizando una metodología cualitativa, el objetivo de este trabajo es identificar hasta que punto un proceso de planificación estratégica pública sirve para compatibilizar las demandas de democracia y eficacia en el gobierno y administración pública local, involucrando a los ciudadanos y a los actores económicos privados. Este estudio de caso demuestra esa posibilidad aunque se hacen necesarias investigaciones comparativas adicionales.
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[ES]Se analizan las repercusiones que la legislación y las nuevas tecnologías tienen en las bibliotecas en relación a la propiedad intelectual. También se examina el papel que han de tener las bibliotecas en la gestión de aspectos de la propiedad intelectual y las opciones alternativas de publicación en el ámbito académico (Open Access, repositorios)
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Homenaje al Dr. Armin U. Stylow.
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En este trabajo se analiza empíricamente, a partir de información procedente del Mercado Español de Deuda Pública (enero 1993 – marzo 2004), el comportamiento de los modelos de inmunización financiera simple. Entre los modelos analizados incluimos modelos unifactoriales, basados en medidas únicas de duración, modelos basados en la minimización de los flujos de caja de las carteras y modelos multifactoriales, en los que se emplean 2 ó más medidas de duración, con el objetivo de intentar alcanzar mejores coberturas de riesgo. Los mejores resultados para horizontes de inversión de 3 y 5 años se alcanzan construyendo las carteras mediante la aplicación del modelo multifactorial propuesto por Prisman y Shores cuando el número de factores considerado es tres. Para un horizonte de inversión de 2 años los resultados para este modelo de inmunización son muy similares a los de los modelos unifactoriales de duración aditiva y multiplicativa con configuración bullet.
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Este trabajo se ha llevado a cabo dentro del marco general del Grupo de Investigación Consolidado “Derechos Fundamentales y Unión Europea”, GIC07/86-IT-448-07, dirigido por el profesor Gurutz Jáuregui Bereciartu.
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Las condiciones de trabajo como generadoras de riesgos profesionales.2. Análisis de riesgos: causas y prevención: A) Riesgo B) Factores de riesgo C) situación de riesgo D) Exposición E) Indicadores de riesgo 3. Daños derivados del trabajo: accidente y enfermedad profesional: A) Introducción B) Accidente y enfermedad profesional: aspectos jurídicos. 4. Prevención y Protección: técnicas de prevención: A) Medidas de prevención sobre el elemento humano B) Medidas de prevención técnica C) Medidas de prevención político sociales. 5. El marco normativo: A) Caracterización general B) Contenido de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: a) Ámbito subjetivo y material b) Intervención pública en el terreno de la salud laboral c) Derechos y obligaciones del empresario y trabajadores en el terreno de la salud laboral d) Participación de los trabajadores e) Responsabilidades y sanciones. 6. La política de seguridad y salud laboral en la empresa: A)Introducción B) Organización de los recursos para las actividades preventivas C) El nuevo modelo de gestión de la prevención en la empresa 7. Bibliografía.
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Integrada en el cuerpo normativo de la prevención de riesgos laborales, la Ley 32/2006 aborda el problema de la elevada siniestralidad existente en las empresas de construcción que trata de atajar mediante la imposición de una serie de limitaciones objetivas a las cadenas de contrataciónen las obras y la exigencia de puesta en uso en ellas de una mínima estructura organizativa empresarial, lo que condiciona la subsistencia de un modelo de ordenación del trabajo, basado en la externalización de actividades productivas, que ha caracterizado al sector durante los últimos 30 años. La nueva norma incorpora mecanismos de control de solvencia,también en materia preventiva, de los agentes que intervienen en las obras de construcción, ya públicos (Registro de Empresas Acreditadas) ya interempresariales (libro de subcontratación y deber de vigilancia asignados al comitente). Por fin, el texto legal condiciona las plantillas de las empresas del sector, exigiendo un porcentaje mínimo de trabajadores con contrato indefinido y habilita a la negociación colectiva para la autorregulación de contenidos y condiciones en que debe impartirse la formación en prevención de riesgos laborales a los trabajadores de la construcción y la acreditación de dicha formación.
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Las Reales Fábricas no fueron originales ni exclusivas de España, sino que los diferentes estados europeos promovieron la creación y establecimiento de estas industrias públicas, a imitación y semejanza de las Manufactures Royales francesas creadas por Colbert en la segunda mitada del siglo XVII. El proyecto de crear una Real Fábrica de anclas en Guipuzcoa se inscribe dentro de la política del Despotismo Ilustrado y de las disposiciones borbónicas encaminadas a instaurar una Marina moderna y de gran alcance.