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Resumo:
Castellano: La Máquina-herramienta es el bien de equipo por excelencia y en ello radica el origen de la industria moderna tal y como la conocemos. El presente trabajo trata de identificar ideas clave y datos que ayuden a comprender qué es el sector, cuál ha sido su evolución, qué tipo de ayudas recibe y el papel que ocupa en la economía internacional. Además, se plantea cómo evolucionará el sector en un futuro próximo y qué medidas se están tomando para hacerle frente.
Resumo:
En la actualidad, el éxito de los establecimientos hoteleros está influido por numerosos factores que hacen del hotel un negocio difícil de gestionar. Nos encontramos en un sector, el turístico, en el que la demanda aumenta año tras año en San Sebastián y el principal inconveniente es la competencia del sector. Una competencia feroz. Nos enfrentamos ante una estructura de empresa muy costosa y difícil de gestionar en la que el capital humano es el activo más importante. El valor añadido es una de las ventajas competitivas más destacadas de este negocio y la calidad de los servicios prestados es la clave del éxito. El objetivo del presente trabajo de fin de grado, se centra en analizar la situación por la que atraviesa el sector turístico en la capital guipuzcoana, y conocer y examinar la gestión diaria de un establecimiento hotelero para realizar una previsión fiable. Básicamente, se trata de estudiar la viabilidad de un nuevo hotel boutique en el casco histórico de San Sebastián.
Resumo:
En este trabajo sobre la disciplina de la Resolución Alternativa de Conflictos se abordarán temas relacionados con la Justicia Restaurativa y el Derecho Penal, ahondando en aquellas situaciones conflictivas en las que existe conducta delictiva pero no existen víctimas determinadas. En especial, la investigación acerca de los delitos sin víctima determinada va dirigida hacia el ámbito de la Seguridad Vial, concretamente hacia aquellas situaciones donde existe delito de conducción temeraria (art. 380 CP). Este trabajo destaca la insuficiencia del Derecho Penal y, por ende, explora si la Justicia Restaurativa puede ser el paradigma idóneo en el que dar respuesta a estas situaciones conflictivas, siendo ésta la hipótesis que se plantea. La primera parte de la investigación está dedicada a aportar una base teórica al lector sobre la Justicia Restaurativa. La segunda parte es el eje de este Trabajo de Fin de Grado, ya que es la parte que se centra en los delitos sin víctima determinada, conteniendo ésta una propuesta de intervención de carácter restaurativo, apoyada por diversos profesionales de la Justicia Restaurativa y de la Seguridad Vial con los que se ha mantenido contacto durante la realización del presente trabajo. La tercera parte está destinada a integrar dicha propuesta en una asociación que trabaja con el modelo restaurativo de justicia. Para ir finalizando, se procederá a comprobar si la hipótesis se cumple o no y, por último, se expondrán las conclusiones extraídas de la investigación
Resumo:
A través de este proyecto se procura facilitar una visión creativa e integradora sobre un nuevo modelo de intervención que pretende favorecer la inclusión social a través de la transformación personal. Para ello se va a definir cuál es la relación entre la música y el comportamiento humano de aquellas personas que se encuentran en una situación de riesgo y exclusión social.
Resumo:
356 p.
Resumo:
En los inicios, las primeras disposiciones legales que aparecieron cronológicamente con la finalidad de regular la seguridad del tráfico fueron de carácter exclusivamente administrativo. Sin embargo, ante el notorio incremento del número de accidentes de tráfico, los legisladores optaron por su incriminación penal, lo que suponía la imposición de una sanción judicial más o menos grave con la que se pretendía intimidar al conductor1. La negativa de algunos conductores a someterse a la prueba de alcoholemia generaba problemas a la hora de perseguir los delitos contra la seguridad del tráfico. Por ello, el Código Penal de 1995 aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, introdujo esta figura delictiva, a través del artículo 380, sancionando penalmente la negativa a someterse a las pruebas establecidas al efecto, castigándolo como autor de un delito de desobediencia grave, pues, hasta entonces, los conductores que se negaban a someterse a las pruebas de alcoholemia eran sancionados únicamente por vía administrativa2. El artículo 380 del Código Penal disponía que “el conductor que, requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado como autor de un delito de desobediencia grave, previsto en el artículo 556 de este Código”3. Desde su introducción en el Código Penal, el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia sólo recibió numerosos reproches por parte de la doctrina. A pesar de ello, la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial, optó por mantener dicho delito, si bien modificó ligeramente la definición legal del mismo, a través del nuevo artículo 383