32 resultados para Parques de diversiones - Francia
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El motivador de este trabajo ha sido generar estrategias de enseñanza tendientes a comprender a la diversidad biológica que nos rodea (haciendo hincapié en los macroinvertebrados), desde los distintos niveles de la enseñanza de las ciencias biológicas. Asimismo, sobre la base de nuestra experiencia en investigación en biología y en los distintos niveles de educación, podemos señalar que no son frecuentes de las actividades prácticas de campo y laboratorio en las clases de ciencia. Las mismas, constutyen recursos útiles para la enseñanza y aprendizaje de diferentes técnicas de muestreo específicas para cada grupo de organismos y para cada tipo de ecosistema: también para diseñar la forma de analizar los diferentes tipos de datos obtenidos e identificar las diferentes relaciones entre los grupos de macroinvertebrados con el ambiente en que viven. En esta contribución y a modo de una primera etapa, se plantea la forma de colecta y fijación (conservación) de macroinvertebrados, en relación con el ambiente en que se hallan. Los invertebrados, especialmente los artrópodos se pueden encontrar en cualquier época del año y en casi todos los ambientes. No es necesario ir muy lejos para encontrar la fauna buscada, de forma que con tan sólo un poco de capacidad de observación se pueden descubrir en los jardines, en los solares, en las quintas, en las hierbas de los caminos, en la playa, e incluso en el interior de nuestras viviendas. Por estas razones no debería presentar gran dificultad llevar a cabo un trabajo práctico de campo, incluso en los sitios que presentan marcados problemas de conservación. Los mismos deben realizarse teniendo en cuenta las directrices destinadas hacia la no depredación del ambiente y respetando la fauna de lugares protegidos (e.g. reservas y parques naturales), donde las capturas sin la debida autorización están prohibidas. El propósito de esta contribución es ofrecer la información indispensable para la captura y conservación de la fauna de invertebrados, y al mismo tiempo despertar la curiosidad del lector hacia estos grupos de animales. Sobre esta base, y teniendo en cuenta que hay que aclarar los por qué, para qué y el cómo diseñar estrategias y escenarios de intervención educativa para promover el aprendizaje, los objetivos de esta contribución son: 1) Proponer distintos métodos de captura adecuados para los diversos hábitats y formas de vida de los macroinvertebrados. 2) Describir diferentes técnicas de conservación del material colectado. Posteriormente, el objetivo de estudiar las relaciones existentes entre las distintas especies y con el ambiente donde viven, se realiza una contribución (Darrigran, et al., ms.), en la cual se describen los modelos básicos de muestreos necesarios para lograr esos objetivos. A partir de la adquisición de estos conocimientos, el docente estará en condiciones de elaborar recomendaciones didácticas tendientes a la sistematización y optimización del uso de estas herramientas como recurso didáctico para la enseñanza y aprendizaje de la biodiversidad que lo rodea. (Texto en Español. PDF tiene ochenta y seis paginas.
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision the Republic of Panama adhered in 1953, the Republic of Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968 and Japan in 1970. In 1967, Ecuador gave notice of her intent to withdraw from the Commission, and her withdrawal became effective on August 21,1968. The Commission held two meetings in 1975, its 31st n1eeting in San Diego, California, U.S.A., March 3 and 5, and its 32nd meeting in Paris, France, October 13, 14 and 17, and in Washington D.C., U.S.A., December 18. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical está bajo la autoridad y dirección de una convención la cual fue originalmente formada por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. La Convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de otros gobiernos cuyos nacionales pesquen atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta medida la República de Panamá se afilió en 1953, la República del Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968 y el Japón en 1970. En 1967, el Ecuador anunció su intención de retirarse de la Comisión y la renuncia se hizo efectiva el 21 de agosto de 1968. La Comisión celebró dos reuniones en 1975, la XXXI reunión en San Diego, California (E.U.A.) del 3 al 5 de marzo, y la XXXII reunión en París, Francia el 13, 14 Y 17 de octubre (primera parte) y en Washington D.C. (E.U.A.) el 18 de diciembre (segunda parte). (PDF contains 176 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970 and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, and Costa Rica in 1979. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978 y Costa Rica en 1979. Como se informó en el informe anual de la Comisión de 1978, la XXXVI reunión de la Comisión, convocada en Tokio (Japón) del 16 al 18 de octubre de 1978, fue suspendida sin haberse adoptado ninguna acción para fijar una cuota de atún aleta amarilla en 1979.(PDF contains 228 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970 and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, and Costa Rica in 1979. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978 y Costa Rica en 1979. Como se informó en el informe anual de la Comisión de 1978, la XXXVI reunión de la Comisión, convocada en Tokio (Japón) del 16 al 18 de octubre de 1978, fue suspendida sin haberse adoptado ninguna acción para fijar una cuota de atún aleta amarilla en 1979. (PDF contains 236 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970 and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, and Costa Rica in 1979. The Commission's 39th meeting was held in Paris, France, on October 19 to 21, 1981. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978 y Costa Rica en 1979. Como se informó en el informe anual de la Comisión de 1978, la XXXVI reunión de la Comisión, convocada en Tokio (Japón) del 16 al 18 de octubre de 1978, fue suspendida sin haberse adoptado ninguna acción para fijar una cuota de atún aleta amarilla en 1979. La XXXIX reunión de la Comisión fue celebrada en París (Francia) del 19 al 21 de octubre de 1981. (PDF contains 304 pages.)
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ENGLISH: SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978 y Costa Rica en 1979. Como se informó en el informe anual de la Comisión de 1978, la XXXVI reunión de la Comisión, convocada en Tokio (Japón) del 16 al 18 de octubre de 1978, fue suspendida sin haberse adoptado ninguna acción para fijar una cuota de atún aleta amarilla en 1979. La XL reunión de la Comisión fue convocada en La Jolla, California (EEUU) del 19 al 21 de octubre de 1982. (PDF contains 296 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970 and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, and Costa Rica in 1979. On October 19 and 20, the Commission held its 41st meeting in Ottawa, Canada. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978 y Costa Rica en 1979. Como se informó en el informe anual de la Comisión de 1978, la XXXVI reunión de la Comisión, convocada en Tokio (Japón) del 16 al 18 de octubre de 1978, fue suspendida sin haberse adoptado ninguna acción para fijar una cuota de atún aleta amarilla en 1979. La XLI reunión de la Comisión fue convocada en Ottawa (Canadá) del 19 al 20 de octubre de 1983. (PDF contains 272 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. On October 16,17, and 18, the Commission held its 42nd meeting in La Jolla, California. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. La XLII reunión de la Comisión fue convocada en La JoBa (California) el 16, 17 Y18 de octubre de 1984. (PDF contains 270 pages.)
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English: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. The Commission held its 43rd meeting in Tokyo, Japan, on October 15-16, 1985. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. La XLIII reunion de la Comision fue convocada en Tokio, Japon, del 15 al 16 de octubre de 1985. (PDF contains 248 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. No Commission meeting was held in 1986. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. En 1986 no hubo reunión de la Comisión. (PDF contains 264 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. The Commission held its 44th meeting in Panama, R.P., on May 5-7, 1987. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. La Comisión celebró su XLIV Reunión en Panamá, R.P., del 5 al 7 de mayo de 1987. (PDF contains 222 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. The Commission held its 45th meeting in La Jolla, California, on March 8-10, 1988. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio establecido originalmente por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de otros gobiernos cuyos ciudadanos pescan atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta estipulación, Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. (PDF contains 288 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. Costa Rica re-adhered to the convention in 1989. The Commission held its 46th meeting in Paris, France, on May 10-12, 1989. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier pais cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales en el Oceano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, Mexico en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. Costa Rica se adhirió de nuevo al Convenio en 1989. La Comisión celebró su XLVI Reunión en Paris (Francia) del 10 al 12 de mayo de 1989. (PDF contains 270 pages.)
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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by Costa Rica and the United States. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision Panama adhered in 1953, Ecuador in 1961, Mexico in 1964, Canada in 1968, Japan in 1970, and France and Nicaragua in 1973. Ecuador withdrew from the Commission in 1968, Mexico in 1978, Costa Rica in 1979, and Canada in 1984. Costa Rica re-adhered to the convention in 1989, and Vanuatu joined the Commission in 1990. The Commission held its 47th meeting in Washington, D.C., on June 26-28, 1990. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical funciona bajo la autoridad y dirección de un convenio suscrito originalmente por Costa Rica y los Estados Unidos de América. El convenio, vigente desde 1950, está abierto a la afiliación de cualquier pais cuyos ciudadanos pesquen atunes tropicales en el Oceano Pacífico oriental. Bajo esta estipulación, la República de Panamá se afilió en 1953, Ecuador en 1961, Mexico en 1964, Canadá en 1968, Japón en 1970, Francia y Nicaragua en 1973. Ecuador se retiró de la Comisión en 1968, México en 1978, Costa Rica en 1979 y Canadá en 1984. Costa Rica se adhirió de nuevo al Convenio en 1989, y Vanuatu se hizo miembro de la Comisión en 1990. La Comisión celebró su XLVII reunión en Washington, D.C., del 26 al 28 de junio de 1990. (PDF contains 245 pages.)