2 resultados para REGISTRO
em Scielo España
Resumo:
Objetivo: Describir las funcionalidades de un programa informático de soporte a la actividad del responsable de vigilancia de productos sanitarios (PS). Analizar su utilidad tras un año de implantación. Método: Las etapas del proceso fueron: descripción de actividades básicas del responsable de vigilancia, definir las funcionalidades y datos a procesar, crear los formularios de registro y opciones de la herramienta SIVIPS, implantación en un hospital privado que gestiona PS, validación del programa y análisis de su utilidad al año. Resultados: Se desarrolló la herramienta SIVIPS en Acces® por farmacéuticos. Se describieron las variables básicas para todas las actividades del responsable de vigilancia de PS (registro implantes, registro de alertas, registro de incidentes con PS, incluidos los de diagnóstico in vitro) y las funcionalidades del programa. Al año de su implantación se encontraron registros de 564 implantes con la posibilidad de desglose por tipo de implante, 31 alertas con PS y 6 incidentes con PS, permitiendo el seguimiento de las actuaciones realizadas en estos casos. Conclusiones: SIVIPS® es la primera herramienta de soporte a la actividad del responsable de vigilancia de PS. Es una herramienta sencilla que permite de forma ágil el registro de alertas e incidentes con PS, así como el registro de los implantes realizados en el centro, consiguiendo mejorar la trazabilidad del PS.
Resumo:
La configuración del Registro Civil como organismo administrativo que introduce la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil; la omisión de la mención al médico forense en alguno de su preceptos relativos a la inscripción de la defunción, siendo sustituida por la más genérica de facultativo; la nueva ordenación de las funciones del colectivo forense por Ley Orgánica 7/2015, de 21 julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder judicial, eliminando de entre ellas la asistencia técnica a las Oficinas del Registro civil; y por último la modificación de parte del articulado de la Ley del Registro Civil relativo a la inscripción de fallecimiento por Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción voluntaria, y por Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, justifican a mi entender el tratamiento registral del fallecimiento, realidad jurídica tan vinculada al colectivo forense.