Derecho de petición 15117976 ¿Un extranjero puede hacer empresa en Colombia, si no ha vivido en Colombia ni tiene la nacionalidad colombiana y es la primera vez que llega al país? ¿Necesita de un socio colombiano para el efecto?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia de Servicios Registrales
Data(s)

04/11/2016

04/11/2016

10/10/2016

Resumo

Solicitud de información. Extranjero puede hacer empresa en Colombia, si no ha vivido en Colombia ni tiene la nacionalidad colombiana y es la primera vez que llega al país necesita de un socio colombiano para el efecto

No hay restricciones registrales referidas a la nacionalidad – Competencia de la Cámara de Comercio -. Es conveniente indicar que el acompañamiento que esta entidad puede brindar a la sociedad obedece únicamente a aspectos registrales de conformidad con las funciones atribuidas por ley a los entes camerales; por lo tanto, es importante señalar que a la fecha que se emite la presente comunicación no se encuentra ninguna norma registral que prohíba, limite o condicione a un extranjero para constituir una sociedad en Colombia, así como tampoco se solicita exigencia alguna relacionada con que uno de los socios tenga que ser colombiano. Por tanto, la sociedad puede constituirse por varios socios de nacionalidad extranjera o para el caso de las empresas unipersonales o sociedades por acciones simplificadas, podrá inclusive, constituirse por un único empresario y/o accionista, según el caso.

Un extranjero puede constituir una empresa en Colombia sin ningún tipo de restricción registral en relación con su nacionalidad.

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/18321

Direitos

info:eu-repo/semantics/openAccess

Palavras-Chave #Sociedad comercial #Sociedad por Acciones Simplificada #Art 5 Ley 1258 de 2008 #Art 110 Codigo de Comercio