Resolución N° 181 de 2014 ¿La cámara de comercio ejerce control sobre la calidad, condición o habilidad de quienes asisten a la asamblea general de las entidades sin ánimo de lucro?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia de Servicios Registrales
Data(s)

22/07/2015

22/07/2015

31/10/2014

Resumo

Servicios registrales

La Cámara de Comercio de Bogotá inscribió el acta N°. 24 de la asamblea general extraordinaria de la entidad sin ánimo de lucro ASOCIACIÓN DE CHINAUTA DEL MUNICIPIO DE FUSAGASUGÁ, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMAR mediante la cual se nombró su junta directiva. Algunos asociados y miembros de la junta interpusieron recurso de reposición y en subsidio apelación contra el registro.

Control de legalidad- alcance- Entidades sin ánimo de lucro- Dentro del control de legalidad que está a cargo de esta Cámara de Comercio no está la de verificar la calidad, condición, habilidad, perfil, etc. De los miembros que asisten o integran las asambleas de las entidades sin ánimo de lucro, puesto que éste es un asunto que debe ser controlado internamente por la entidad sin ánimo de lucro, o en su defecto por las autoridades administrativas que ejercen inspección, control y vigilancia sobre entidades sin ánimo de lucro, e incluso la justicia ordinaria. Control de legalidad- Concepto SIC- Según conceptos de la Superintendencia de Industria y Comercio (...) el examen de la cámara de comercio se limita a observar si se cumplieron las prescripciones legales y estatutarias, y no les compete hacer un control de legalidad sobre los asistentes a una reunión, limitando su competencia.

Resoluciones

Confirmar el acto de registro.

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/13275

Publicador

Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014

Direitos

Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá

Palavras-Chave #Control de legalidad #Quórum #Circular Única Superintendencia de Industria y comercio N° 1.3.5.2