Resolución 77 del 20 de junio de 2013: Por la cual se acepta un desistimiento
Data(s) |
02/12/2014
02/12/2014
2013
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Resumo |
Servicios registrales Que la cámara de comercio de Bogotá dentro de sus competencias, puede admitir el desistimiento y archivar los documentos del trámite administrativo del recurso, conforme lo dispone el artículo 81 del Código de procedimiento administrativo y de lo Contencioso administrativo. Resoluciones |
Identificador | |
Publicador |
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2013 |
Direitos |
Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá |
Palavras-Chave | #Problema Jurídico #Art 81 Código de Comercio |