Resolución 025 del 26 de febrero de 2007: ¿Cuales son los los requisitos que evalúa la Cámara de Comercio respecto de la convocatoria?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Ejecutiva
Data(s)

02/12/2014

02/12/2014

2007

Resumo

Servicios registrales

Requisitos de la convocatoria – definición - Conforme a lo previsto en la ley, la convocatoria es una acto jurídico unilateral que implica una manifestación de voluntad directa y reflexivamente encaminada a producir efectos en derecho, tales como permitir la participación de todos los asociados en la reuniones del máximo órgano social y ejercer el derecho al voto. Convocatoria- Requisito regulado en la ley o los estatutos- Norma dispositiva- El Código de Comercio señala que los estatutos de constitución de las sociedades deben expresar: (...) la época y a forma de convocar y constituir la asamblea o la junta de los socios en sesiones ordinarias y extraordinarias, y la manera de deliberar y tomar los acuerdos en los asuntos de su competencia (...) y dispone que las mismas (...) se realizaran en el lugar del domicilio social, con sujeción a lo prescrito en las leyes y en los estatutos en cuanto a convocación y quórum (...), no obstante lo cual, cuando se hallare representada la totalidad de los asociados, (...) la Junta de Socios o la asamblea e reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación (...)

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/3562

Direitos

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Palavras-Chave #Sociedades Comerciales #Numeral 7 Art 110 Código de Comercio #Numeral 7 Art 186 Código de Comercio #Numeral 7 Art 190 Código de Comercio