Resolución 142 del 31 de agosto de 2009 ¿Procede la revocatoria de los actos administrativos de los actos de carácter particular y concreto en los casos en que no medie el consentimiento del afectado con la decisión administrativa?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Ejecutiva
Data(s)

02/12/2014

02/12/2014

2009

Resumo

Servicios registrales

Hechos: El 29 de abril de 2009 la Cámara de Comercio de Bogotá inscribió bajo el número de registro 01293487 del libro 9 del Registro Mercantil, el Acta 01 de la junta de socios del 20 de marzo de 2009 en virtud de la cual se realizó un nombramiento de gerente en la sociedad A EMPRESARIAL LTDA. El 6 de mayo de 2009 mediante registro No. 1294637 del libro 9 del Registro Mercantil se revocó el registro 1293487 por improcedente al no ajustarse a los estatutos. El 12 de mayo de 2009 la Cámara de Comercio de Bogotá inscribió bajo los números de registro 01296319 y 01296320 del libro 9 del Registro Mercantil, la Escritura Pública 1178 del 8 de mayo de 2009 de la Notaría 28 del círculo de Bogotá en virtud de la cual se hace una cesión de cuotas y una modificación del sistema de representación legal en la sociedaddad EMPRESARIAL LTDA.

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/3466

Direitos

Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá

Palavras-Chave #Revocatoria #Art 69 Código Contencioso Administrativo #Art 71 Código Contencioso Administrativo #Art 73 Código Contencioso Administrativo