El Ilmo. Sr. Obispo de Monterey D. Fr. José María de Jesús Belaunzarán, concedió por sí, y por la hermandad que tiene celebrada con los señores obispos de Puebla, Durango, Valladolid y Guadalaxara, doscientos dias de indulgencia por cada cuarto de hora que se trajere consigo el Escapulario del Divino Rostro, Sr. S. Rafael, y San Juan de Dios. Así consta de su decreto de 27 de septiembre de 1836.


Autoria(s): Guerra, Francisco, 1916- , ant. pos. BHI BH FG 3589.; Belaunzarán y Ureña, José María de Jesús, Obispo de Monterrey, 1832-1838.
Data(s)

02/06/2024

Resumo

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bib

Identificador

http://hdl.handle.net/2027/ucm.5324335687

Idioma(s)

spa

Publicador

[S.l. : s.n.],

Direitos

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Palavras-Chave #Indulgencias
Tipo

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