Convenio entre el Gobierno de Chile y la Comisión Económica para América Latina de las Naciones Unidas (CEPAL) publicado en el Diario Oficial No 22.985 del 29 de octubre de 1954
| Data(s) |
02/01/2014
02/01/2014
1953
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| Resumo |
Firmado por don Raúl Prebisch, Director Principal a cargo, y el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores Guillermo del Pedregal Existe un acuerdo suplementario al Convenio, promulgado el 28 de marzo de 2008 y publicado el 10 de junio de ese mismo año. Su título es: "Promulga acuerdo suplementario al convenio suscrito entre el Gobierno de Chile y la Comisión Económica para América Latina de las Naciones Unidas de 1953" Convenio celebrado el 16 de febrero de 1953, entre el Gobierno de Chile y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), para regular en el país las condiciones de funcionamiento de la sede de dicha organización. Se aclaran aspectos como: inmunidad de jurisdicción, comunicaciones, facilidades financieras y cambiarias, Funcionarios de la CEPAL, personas que no son funcionarios de la CEPAL, definiciones, bienes de la CEPAL e impuestos, tránsito y permanencia, laissez-passer, disposiciones generales, acuerdos suplementarios y solución de controversias. |
| Identificador | |
| Idioma(s) |
es |
| Publicador |
CEPAL |