Mutualidades y Cotos Escolares.


Autoria(s): Desconhecido
Data(s)

17/05/2013

17/05/2013

1964

18/09/2007

Resumo

Explica que la Ley de Educación incluye las Mutualidades y Coto escolares en las Instituciones sociales que permiten la realización de prácticas de cooperación y mutualismo, y que éstos constituyen modernos instrumentos pedagógicos para fomentar la convivencia en la comunidad escolar, orientar hacia determinadas prácticas profesionales, y adquirir una serie de conocimientos importantes. Da datos sobre el Coto como obra socio-económica. Trata el Seguro de Dote Infantil como fin esencial y primordial de la Mutualidades Escolares, por el cual las aportaciones acumuladas durante la infancia y la juventud al Seguro Infantil, permiten al adulto iniciar una vida económica independiente. Concluye con las citas de la Orden de la Dirección General de Administración Local de 4 de febrero de 1954 que dispone que las Corporaciones Locales deben facilitar, en la medida de sus posibilidades, parcelas de terrenos y subvenciones para el desarrollo de Mutualidades y Cotos, y los artículos 90.1 y 85 del Decreto del Ministerio de la Gobernación de 27 de mayo de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de la Entidades Locales.

Identificador

http://hdl.handle.net/11162/78597

EC R-458

Idioma(s)

spa

Relação

Vida escolar. Madrid, 1964, n. 61 ; p. 20-22

Direitos

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Palavras-Chave #seguridad social #política social #asignación de recursos
Tipo

Artículo de revista