La jornada continua no debe ser un conflicto.
Data(s) |
16/05/2013
16/05/2013
2000
01/05/1990
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Resumo |
La jornada continua no supone menoscabo alguno de la calidad educativa si se consideran las experiencias de otros países de la Unión Europea y de algunas comunidades autónomas donde se está llevando a cabo. Tiene su base legal en la autonomía de los centros recogida en la LOGSE. No reduce el horario lectivo, sino que lo organiza de otra manera. Para su implantación son necesarias mayores inversiones públicas a fin de organizar actividades extraescolares en horario no lectivo. En cualquier caso estas decisiones deben ser fruto del acuerdo de toda la comunidad educativa representada en los consejos escolares.. |
Identificador |
1134-0312 http://hdl.handle.net/11162/35864 B-5819-2000 371 |
Idioma(s) |
spa |
Relação |
Organización y gestión educativa : revista del Forum Europeo de Administradores de la Educación. Madrid, 2000, n. 1 ; p. 17-20 |
Direitos |
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Palavras-Chave | #jornada escolar #distribución del horario escolar |
Tipo |
Artículo de revista |