Derecho de petición radicado 6017473
Data(s) |
10/04/2015
10/04/2015
29/11/2006
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Resumo |
¿Cuál es el trámite de inscripción que se le da a las reformas estatutarias de entidades sin ánimo de lucro? En la circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio, se estableció que para las personas jurídicas sin ánimo de lucro, deben inscribirse entre otras cosas, la escritura pública o documento privado que contenga los estatutos o sus reformas, por lo que: (1) debe allegarse copia auténtica del documento que contenga la aprobación de la reforma estatutaria (2) debe acreditarse el pago de los derechos a que haya lugar, que se liquidarán en caja de documentos. Resoluciones |
Identificador | |
Palavras-Chave | #Registro Mercantil #Estatutos #Estatutos -- Reforma |