Derecho de petición radicado 6017473


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Jurídica
Data(s)

10/04/2015

10/04/2015

29/11/2006

Resumo

¿Cuál es el trámite de inscripción que se le da a las reformas estatutarias de entidades sin ánimo de lucro?

En la circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio, se estableció que para las personas jurídicas sin ánimo de lucro, deben inscribirse entre otras cosas, la escritura pública o documento privado que contenga los estatutos o sus reformas, por lo que: (1) debe allegarse copia auténtica del documento que contenga la aprobación de la reforma estatutaria (2) debe acreditarse el pago de los derechos a que haya lugar, que se liquidarán en caja de documentos.

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/8468

Palavras-Chave #Registro Mercantil #Estatutos #Estatutos -- Reforma