Resolución 014 del 3 de febrero de 2014


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Jurídica
Data(s)

27/04/2015

27/04/2015

03/02/2014

Resumo

La Cámara de Comercio de Bogotá inscribió el documento privado del accionista único mediante el cual constituyó la sociedad HOTEL GROUP S.A.S. Se solicitó la revocatoria del acto administrativo mediante el cual se registró la constitución de tal sociedad.

Las Sociedades por Acciones Simplificadas nacen a la vida jurídica con la ley 1258 del 5 de Diciembre de 2008, fueron concebidas bajo una lógica de menor limitación para el nuevo empresario que quiera cristalizar su idea de negocio, sin tener que comprometer su patrimonio como persona natural, ni depender de la asociación para su conformación con otras personas. El artículo 5 de la ley señala con toda claridad los requisitos que deben tener los documentos que se presenten ante las cámaras de comercio para constituir las sociedades y son estos sobre los cuales los entes comerciales deben ejercer control: (1) Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas; (2) Razón social o denominación de la sociedad, seguida por las palabras "sociedad po acciones simplificada" o de las letras S.A.S.; (3) Domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución; (4) Término de duración, si no fuere indefinido. Si nada se dice se entiende que será indefinido. (5) Enunciación de las actividades principales, a menos que se exprese que podrá realizar cualquier actividad comercial o civil, lícita. Si nada se dice, se entenderá lo anterior; (6) Capital autorizado, suscrito y pagado. La clase, número y valor nominal de las acciones representativas de capital y la forma y términos en que estas deberán pagarse. (7) La forma de administración y datos de sus administradores. En todo caso deberá designarse cuando menos un representante legal.

Resoluciones

No revocar el registro.

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/8491

Palavras-Chave #Sociedades #Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) #Actos administrativos