Resolución N° 111 del 6 de junio de 2007 ¿Cuales son los presupuestos del requisito de interés legitimo que habilita a la parte a recurrir un acto administrativo de registro?
Data(s) |
11/03/2015
11/03/2015
2007
2007
|
---|---|
Resumo |
Servicios registrales Interposición de recursos frente al acto de liquidación y cancelación de sociedad. - Interés legitimo para recurrir y acto inscrito en la Cámara de Comercio. Interés legitimo para interponer recursos en la vía gubernativa- el recurso lo debe interponer el interesado. La posibilidad de controvertir la legalidad del los actos administrativos a través de la vía gubernativa se concede solo a aquellas personas que sean titulares de tal interés. Supuestos para determinar el interés - puede decirse que tiene interés para recurrir aquel sujeto de derechos para quien el carácter ejecutorio de la decisión administrativa de carácter particular y concreto suponga algún perjuicio cierto y directo es decir, un interés legítimo ligado a la existencia de un agravio. Resoluciones Rechazar por improcedente. |
Identificador | |
Direitos |
Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá |
Palavras-Chave | #Sociedades comerciales #Registro Mercantil #Art 94 Código de Comercio #Art 51 Código Contencioso Administrativo #Art 1 Código Contencioso Administrativo #Art 83 Código Contencioso Administrativo |