Resolución N° 81 del 3 de mayo de 2007 ¿Tiene la Cámara de Comercio facultades para pronunciarse sobre la calidad o condición de un asociado para ser parte de una reunión de asamblea en las Esales?
Data(s) |
06/03/2015
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2007
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Resumo |
Servicios registrales Asamblea de asociados. - Violación de los estatutos frente al quórum por existir en la reunión miembros inhabilitados. - Falta del pago de las obligaciones por parte de algunos de los miembros de una asociación. Asociados hábiles e inhábiles- es responsabilidad de los administradores de la respectiva entidad verificar la habilidad o inhabilidad de un asociado para participar en la asamblea o en cualquiera otra que afecte a la Asociación y por tanto, no es la Cámara quien tiene la facultad de decir sobre el particular. Calidad y/o habilidad del asociado- Criterio SIC- es del caso señalar, que dicha situación no constituye uno de los elementos respecto de los cuales las cámaras de comercio deban ejercer control de legalidad para efectos del registro mercantil... ya que a estos corresponde registrar la designación de los mismos, pero no verificar la calidad de los mismos. la habilidad o inhabilidad de los miembros que integran el Consejo de Administración que participan en sus respectivas asambleas depende de la cooperativa misma. Resoluciones Confirmar |
Identificador | |
Direitos |
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Palavras-Chave | #Entidades sin ánimo de lucro #Control #Legalidad #Actos administrativos #Art 42 Decreto 2150 de 1995 #Decreto 427 de 1996 #Resolución N° 17 del 11 de enero de 2000 Superintendencia de Industria y Comercio |