Resolución No. 143: Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición y en subsidio de apelación
Data(s) |
02/12/2014
02/12/2014
2013
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Resumo |
Servicios registrales "Que el artículo 77 del actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece los requisitos para interponer los recursos ante la administración, y se indica lo siguiente: ""Requisitos. Por regla los recursos se interpondrán por escrito... Interponerse dentro del plazo, por lega, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido." Resoluciones |
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Palavras-Chave | #Actos administrativos |