Resolución N° 128 Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición y en subsidio de apelación
Data(s) |
02/12/2014
02/12/2014
2013
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Resumo |
Servicios registrales "Que el artículo 77 del actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo establece los requisitos para interponer los recursos ante la administración, y se indica lo siguiente: ""Requisitos. por regla general lo recursos se interpondrán por escrito que no requiere de representación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación....." Resoluciones |
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Palavras-Chave | #Actos administrativos |