Podología laboral. Equipos de protección individual (EPIs). Normativa aplicable


Autoria(s): Marín Arguedas, Manuel
Contribuinte(s)

Universitat de Barcelona

Data(s)

27/01/2012

Resumo

El podólogo debe de conocer aunque sea someramente la normativa legal en prevención, referida a la protección del pie, ya que el Reglamento de los Servicios de Prevención en su art. 37.3.a) nos indica que aparte de los Médicos y ATS de Empresa, la participación de otros profesionales sanitarios con competencia, técnica, formación y capacidad acreditada. Cada día es más frecuente nuestro asesoramiento profesional tanto a los empresarios como a los trabajadores y deberemos buscar más el acercamiento y colaboración con las otras especialidades preventivas, para hacer posible que la Podología laboral esté presente en los Servicios de Prevención.

Identificador

http://hdl.handle.net/2445/21106

Idioma(s)

spa

Publicador

Associació Catalana de Podòlegs

Direitos

(c) El Peu - Revista de Podologia, 2002

Palavras-Chave #Accidents de treball #Podologia #Industrial accidents #Podiatry
Tipo

info:eu-repo/semantics/article