581 resultados para embarazo


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El documento ha sido elaborado a base del libro de González Vélez, A.C. Causal salud: interrupción del embarazo, ética y derechos humanos. La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, La Alianza Nacional por el Derecho a Decidir y la FLASOG. 2008

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Primer Congreso Jurídico sobre Derechos Reproductivos, realizado en Arequipa, Perú, 5-7 nov. 2009 con el auspicio del Colegio de Abogados del Perú

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http://www.congresoderechosreproductivos.com/materiales/2011/Taller-01/Publicaciones%20-%20IPAS-%20Los%20Derechos%20Humanos%20el%20Embarazo%20no%20Deseado%20y%20la%20Atenci%F3n%20Relacionada%20con%20el%20Aborto-Aborto-.pdf

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El Ministerio de la Protección Social ha encargado la Universidad Nacional de Colombia como parte del Consorcio Centro de Investigación y Evaluación de Tecnologías, el desarrollo de una guía clínica sobre Atención integral para la prevención, detección temprana y tratamiento de las complicaciones del embarazo, parto o puerperio. La guía proporcionará recomendaciones para la buena práctica basadas en la mejor evidencia clínica disponible (y en la racionalización de costos).

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Este logro alcanzado con la aprobación del proyecto de Ley en Diputados redobla nuestro compromiso con la salud de las mujeres y genera nuevos desafíos. Con la certeza de que los profesionales podemos ser agentes de cambio de las políticas públicas y sociales, seguiremos trabajando para continuar avanzando en los derechos sexuales y reproductivos.

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MILES–Chile en este 28 de septiembre, Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, hace un llamado urgente a la sociedad chilena como un imperativo humanitario velar por la salud de las mujeres. No se trata de imponer sino de que las mujeres y sus más cercanos tengan la posibilidad de optar frente a circunstancias tan difíciles como un problema grave de salud, una inviabilidad fetal y en caso de violación

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Todas las mujeres, no importa su edad ni condición, tienen derecho a recibir una atención integral y humanizada frente a una situación de embarazo

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Desde nuestro compromiso con la promoción de una atención en salud para las mujeres de acuerdo con los más altos estándares de cuidado, y con base en la evidencia, afirmamos que el embarazo no deseado y su continuación forzada afectan la salud mental. Existe suficiente evidencia que sustenta que la continuación de un embarazo no deseado aumenta el riesgo de experimentar problemas de salud mental y, desde ese punto de vista, toda mujer en esta situación enfrenta un riesgo para su salud que no está obligada a asumir a la luz de la legislación vigente en Colombia y, por lo tanto, tiene derecho a interrumpir su embarazo.

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El Grupo Médico por el Derecho a Decidir tiene entre sus objetivos realizar pronunciamientos sobre temas críticos relativos a los derechos sexuales y reproductivos, basados en sus conocimientos científicos y en su contacto con la realidad de las mujeres. El presente documento de posición está motivado por un caso de una adolescente de 12 años que no pudo recibir atención para una interrupción voluntaria del embarazo, debido entre otras, a la posición de los profesionales que la atendieron, quienes minimizaron los riesgos del embarazo sobre su salud y cometieron una serie de arbitrariedades a lo largo del proceso de atención.

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Secretaría Técnica y Asistente: Silvina Ramos con la colaboración de Agustina Ramón Michel

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Este proyecto tiene por objeto mejorar la actual situación de las mujeres chilenas, a quienes se castiga penalmente por interrumpir su embarazo, en cualquier circunstancia, sin que se medien excepciones justificadas para su realización. Es por ello que, como ciudadanas y ciudadanos, consideramos indispensable la legalización de la interrupción del embarazo, con tres causales específicas: Patologías relevantes de la mujer que hagan peligrar su vida y salud; Malformaciones fetales congénitas incompatibles con la vida extrauterina; Por agresión sexual.

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El presente Manual promueve la implementación, en el marco de la Ley 18987, de la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones específicas. Esta ley, junto con la 18426, busca asegurar el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de la población y garantizar el derecho a la procreación consciente y responsable. Su propósito es bregar por la sistematización de prácticas que aseguren la calidad de atención, el trato digno y el respeto a derechos en la implementación de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se enmarca en los avances en la atención de la salud sexual y reproductiva, con perspectiva de derechos y género, en particular vinculada a la disminución de riesgos y daños del aborto inseguro y a las consecuencias del embarazo no intencional ni planificado, al descenso de la mortalidad y morbilidad de las mujeres, - ya avanzada en el país mediante la instrumentación de la Normativa “Medidas de protección materna frente al aborto provocado en condiciones de riesgo”.

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Este documento se preparó de acuerdo con las recomendaciones de la OMS incluidas en la 2ª edición de la “Guía Técnica y de Políticas para Sistemas de Salud, Aborto sin Riesgo” con algunas modificaciones basadas en las condiciones locales (2012). No debe ser interpretado como una norma que dicta una forma exclusiva de tratamiento. Podrán introducirse variaciones en la práctica basadas en las necesidades individuales de las pacientes o de acuerdo a los recursos y limitaciones institucionales. El uso de las recomendaciones clínicas debe adaptarse a cada mujer, y se debe enfatizar su condición clínica y el método de aborto específico que se utilizará. Se considerarán, de ser factible, las preferencias de cada mujer respecto de la atención.