818 resultados para Delitos sexuales


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Existen conductas netamente sexuales, en las que la red ha llegado a convertirse en un fin o un medio para que ciertos individuos busquen y logren satisfacción sexual a través del chantaje sexual a menores de edad, delito conocido en la normativa penal anglosajona como “grooming” o “child grooming”, conducta que actualmente en el COIP se encuentra tipificada en su Art.- 173; siendo entonces que a través del presente trabajo pretendemos, en base a la teoría el derecho penal mínimo consagrado en el Art 195 de nuestra Constitución, analizar si el tipo penal incluido en el COIP referente al grooming, o como se lo ha denominado, delito de “Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos”, cumple o no con aquella conducta considerada como tal por la doctrina y las legislaciones extranjeras; y especialmente establecer, conforme a los axiomas de Ferrajoli, si existe efectivamente la necesidad y la lesividad como para tipificar esta conducta a través de un tipo penal autónomo o si bien pueden estos actos encontrar su verbo rector y características especiales en otros tipos penales ya existentes en la legislación sustantiva penal, pues es claro que el Derecho Penal, para legitimar su existencia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, debe limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado.

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El delito de violación ha sufrido varias transformaciones, en cuanto a la concepción de los elementos del tipo penal así como de los sujetos de la relación procesal, pues se ha divido su configuración en dos momentos, el primero cuando el sujeto activo de la infracción solamente puede ser el hombre; y, el segundo cuando el sujeto activo puede ser indistintamente un hombre o una mujer, determinándose además la flexibilidad de los medios probatorios, tomando mucha importancia el testimonio de la víctima. Como objetivos están conocer el papel que desempeñan los sujetos de la relación procesal en este delito, tomando en consideración la tipificación actual y, los cambios que ha sufrido este tipo penal desde el 2005 año hasta la presente fecha, además de cuáles son los medios probatorios que deben ser utilizados por los sujetos procesales. Tomando como base la investigación que se efectuará, debe aplicarse el método analítico, a fin de descomponer el concepto general en varios elementos que nos permita revisar cada uno de ellos por separado y así comprender las reformas que se han dado a este delito. Se debe partir de una premisa general, tomando como base la libertad sexual, que constituye el bien jurídico protegido, para llegar a lo particular, es decir, analizar las circunstancias constitutivas de la infracción y las modificatorias de la misma, aceptando datos generales como verdaderos, utilizando el método deductivo. Es importante analizar todos los conceptos que se han dado, para ello debe aplicarse la Hermenéutica jurídica, porque las concepciones filosófico- doctrinarias, permiten una mayor comprensión del análisis de los partícipes del tipo penal. Es evidente que el sujeto activo de la infracción puede ser indistintamente el hombre o la mujer, pero con una estructuración adecuada del tipo penal, por lo que se debe realizar una reforma al Código Orgánico Integral Penal, puesto que la vulneración del consentimiento de la víctima se la puede dar en la unión carnal.

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La violación es un delito que puede ser cometido tanto en hombres como en mujeres, sin embargo, este hecho no siempre fue entendido ni aceptado por la sociedad argentina. El presente trabajo pretende brindar una primera mirada, a través de casos escogidos, acerca de qué ocurría a nivel discursivo y operativo judicial cuando se denunciaba un delito sexual cometido contra un varón menor de edad

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En el presente trabajo pretendo por un lado discutir brevemente las consideraciones en torno al problema del incesto como tabú, pecado y delito para luego analizar, en forma más exhaustiva, las formas específicas en que la justicia argentina del siglo XIX problematiza las denuncias donde se acusa a padres varones de cometer un delito sexual sobre sus hijas mujeres. Pretendo mostrar los conflictos que se reflejan hacia dentro de la justicia a la hora de enfrentarse con este delito, particularmente por cuanto desafía las ideas establecidas sobre los roles familiares haciendo obligatoria discutir la propia existencia del mismo que se basa en la idea del consentimiento de ambas partes, estableciendo un límite que lo separa del "estupro" o la "violación"

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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante, entre los que puede o no haber una relación o conocimiento previo. Esta imagen ha cristalizado en la justicia y la sociedad, convirtiéndose en parte del imaginario común. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos nos muestran un universo complejo de actores que no se agotan en aquel par. En este trabajo pretendo concentrarme y analizar casos en los que existe más de un acusado por el mismo crimen, mostrando particularmente cómo la justicia lidia con ellos desde el discurso, utilizando distintos expedientes para analizar las imágenes que jueces, abogados y médicos expresan, afirman o discuten sobre la sexualidad, el comportamiento esperado de los hombres y mujeres y la propia situación de la justicia frente a crímenes que se corren de la "normalidad" reconocida para aquellos

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Tabla de contenidos: "Las villas nuevas" cantábricas en el marco de su primitiva organización territorial : Valles, alfoques, solares y linajes en los enclaves portuarios del litoral marítimo del reino de Castilla entre los siglos XII al XIV / Osvaldo Víctor Pereyra. El puerto Gaditano en el Inico del Ocaso de la Época Colonial [1810-1812] / Luis López Molina. Reflexiones sobre la incidencia del puerto en la vida de la ciudad de Montevideo / Arturo Ariel Bentancur. Los cargadores de cuero del Complejo Portuario Rioplatense / Maximiliano Camarda. El consulado de Buenos Aires y el quiebre de la Monarquía : Los préstamos y contribuciones de los comerciantes, 1808-1816 / Javier Kraselsky. Comercio, orden y derechos de propiedad de un puerto alternativo del Río de La Plata : La boca del Río Salado ebtre dos bloqueos [1838-1848] / Antonio Galarza. Entre el viento y el humo : Embarcaciones, puertos y tripulantes en la provincia de Buenos Aires en los primeros censos nacionales [1869-1914] / José Mateo, José Luis Nogueira. La cuestión del Muelle Nacional y reactivación de Arroyo Pareja / Gustavo Chalier. Génesis y desarrollo de la pesquería de camarón en el puerto de Mazatlán, 1949-1958 : El empresario como centro del engranaje productivo / Ulises Suárez Estavillo. Puertos y embarcaderos en la "Carrera de Paragua" (Siglo XVIII) / Isabel Paredes. La reactivación de los puertos del río Paraná en el discurso del desarrollismo antifrigerista, 1958-1976 / Miguel Angel De Marco. Redescubriendo la ruta hacia el norte : Del puerto de Buenos Aires a Potosí, en las postrimerías del siglo XVIII / María Claudia Errecart. Faenados a contravención : Decomisos de cueros en la Banda oriental durante 1784 y 1785 / Nicolás Biangardi. Fiscalidad en el Antiguo Régimen : Indagaciones en torno a la estructura fiscal del Virreinato del Río de La Plata. El caso de la Real Aduana de Buenos Aires [1776-1810] / María Evangelina Vaccani. La ruta del cacao : Circuito comercial de la élite pamplonesa, Virreinato de Nueva Granada, siglos XVIII-XIV / Lina Constanza Díaz Boada. El turismo como fenómeno económico, soail y cultural : Caso Mazatlán, México / Yasser Orlando Espinoza García, Héctor Manuel Pimienta Fernández. Delitos sexuales en el espacio portuario : Sexualidad y derecho en la encrucijada / Betina Clara Riva. La ciudad y el puerto : Transformaciones de áreas portuarias en desuso. El caso de puerto madero / Claudia Carut. Un Hada en La Boca : Imágenes post modernas de un puerto "inactivo! / Marcelo N. Weissel.

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La violación es un delito que puede ser cometido tanto en hombres como en mujeres, sin embargo, este hecho no siempre fue entendido ni aceptado por la sociedad argentina. El presente trabajo pretende brindar una primera mirada, a través de casos escogidos, acerca de qué ocurría a nivel discursivo y operativo judicial cuando se denunciaba un delito sexual cometido contra un varón menor de edad

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Tabla de contenidos: Hombres, mujeres y honor : Injurias, calumnias y difamación en Buenos Aires [1770-1840]. Un aspecto de la mentalidad vigente / Silvia Mallo. Esos torpes dezeos : Delitos y desviaciones sexuales en Buenos Aires 1760-1810 / Osvaldo Barreneche. Las relaciones hispano-indígenas en la frontera bonaerense [1580-1630] / Susana Battista, Claudia Ríos.

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En el presente trabajo pretendo por un lado discutir brevemente las consideraciones en torno al problema del incesto como tabú, pecado y delito para luego analizar, en forma más exhaustiva, las formas específicas en que la justicia argentina del siglo XIX problematiza las denuncias donde se acusa a padres varones de cometer un delito sexual sobre sus hijas mujeres. Pretendo mostrar los conflictos que se reflejan hacia dentro de la justicia a la hora de enfrentarse con este delito, particularmente por cuanto desafía las ideas establecidas sobre los roles familiares haciendo obligatoria discutir la propia existencia del mismo que se basa en la idea del consentimiento de ambas partes, estableciendo un límite que lo separa del "estupro" o la "violación"

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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante, entre los que puede o no haber una relación o conocimiento previo. Esta imagen ha cristalizado en la justicia y la sociedad, convirtiéndose en parte del imaginario común. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos nos muestran un universo complejo de actores que no se agotan en aquel par. En este trabajo pretendo concentrarme y analizar casos en los que existe más de un acusado por el mismo crimen, mostrando particularmente cómo la justicia lidia con ellos desde el discurso, utilizando distintos expedientes para analizar las imágenes que jueces, abogados y médicos expresan, afirman o discuten sobre la sexualidad, el comportamiento esperado de los hombres y mujeres y la propia situación de la justicia frente a crímenes que se corren de la "normalidad" reconocida para aquellos

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Mode of access: Internet.

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La Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas marca un hito en los derechos humanos de las mujeres, la paz y la seguridad al constituir el primer instrumento de dicho Consejo que exige a las partes en conflicto que los derechos de las mujeres sean respetados. La resolución reconoce el impacto diferenciado y desproporcionado que los conflictos armados y situaciones de inseguridad tienen sobre las mujeres, especialmente la violencia de género, subrayando la importancia de la contribución de las mujeres en los procesos de resolución y prevención de conflictos, así como en la consecución de la paz y el desarrollo sostenible en contextos democráticos. Este programa de formación promueve un mayor conocimiento de la Resolución 1325 y otras resoluciones conexas en América Latina y el Caribe, de modo que la incorporación de la perspectiva de género en la paz y la seguridad sea un compromiso y una tarea crecientemente asumida por los gobiernos de la región. El objetivo es capacitar a personas de diferentes sectores: público, academia y sociedad civil, a la vez que promover el diálogo y el fortalecimiento de capacidades para el trabajo intersectorial que requieren las políticas para la igualdad. La metodología y el contenido del programa, que se estructura en módulos temáticos, fueron desarrollados en la División de Asuntos de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), con apoyo del UNFPA, y responden a la realidad y las necesidades específicas de formación en esta materia que tiene América Latina.

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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.

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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.

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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.