57 resultados para Prolapso órganos pélvicos


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Este trabajo propone una perspectiva del principio de separación de poderes con base en la relación objetiva que surge del control financiero ex post a cargo del Legislativo, sin excluir la relación subjetiva entre los poderes públicos y de estos con las instituciones encargadas de ese control, conocidas como entidades fiscalizadoras superiores. El análisis parte del diseño que las constituciones políticas establecen para esos órganos fiscalizadores, utilizando el caso de México y comparándolo con otros nueve países.

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Se establece los órganos y procedimientos de funcionamiento de la CELAC: 1.- Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 2.- Reunión de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; 3.- Presidencia Pro Témpore; 4.- Reunión de Coordinadores Nacionales; 5.- Reuniones especializadas; 6.- Troika.

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La armonización tributaria es un instrumento de derecho comunitario derivado que busca la eliminación o por lo menos la atenuación de las barreras que impiden los intercambios comerciales dentro de una zona de integración. Sin embargo, en este proceso comunitario donde órganos supranacionales compuestos fundamentalmente por representantes de la función ejecutiva de los Estados miembros, pueden verse controvertidos principios constitucionales fundamentales, cuya existencia remarca la existencia misma del Estado.

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En el presente trabajo de investigación me propongo estudiar la aplicación directa de la Constitución, siendo, esta última, norma fundamental de cualquier Estado y bajo el entendido de que la misma es un instrumento jurídico vinculante a todos los órganos y autoridades del Estado y miembros de la sociedad en su conjunto. Esto es consecuencia directa del supuesto de que la Constitución se impone como norma jurídica, lo cual trae consigo un conjunto de efectos como la posibilidad de que las normas constitucionales puedan ser aplicadas de forma directa, en tanto que se descarta la exigencia de mediación de leyes para que produzca efectos jurídicos; posibilita también el rechazo de normas inconstitucionales por medio de la tutela judicial y, por último, permite configurar la Constitución como el marco de interpretación y aplicación de leyes, actos públicos y privados. Esto determina que las normas constitucionales puedan ser aplicadas directamente para la resolución de conflictos jurídicos. Este tema adquiere especial connotación en los contextos de Bolivia y Ecuador, donde entraron en vigencia nuevas Constituciones Políticas del Estado, en 2009 y 2008, respectivamente. Si se pone atención a los diversos tipos de garantías que envuelven a las mismas, es posible resaltar el especial resguardo que adquiere el principio de supremacía constitucional, que define a la Constitución como norma suprema y declara que todos están sometidos a sus disposiciones. La aplicación directa de la Constitución se realiza a través de la exigencia hacia todos en el cumplimiento de la misma, además al declarar que los derechos reconocidos son directamente aplicables y que las normas constitucionales se deben aplicar de forma preferente en caso de conflictos o colisión de normas.

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Este trabajo investigativo a permitido a partir del análisis de las diversas posiciones de la doctrina representada por diferentes autores así como luego del breve recorrido realizado a través de la normativa histórica de nuestro país clarificar los principios de reserva de ley, de legalidad y su papel en la formación de las normas tributarias conforme a como han sido plasmados en el transcurrir de los años. Dentro de este recorrido histórico estudiar el proceso legislativo para la elaboración de las normas tanto aquellas calificadas con el carácter económico urgente como aquellas que no. Así también analizar como han sido y son concebidos y tramitados ambos tipos de proyectos de ley y la manera como fue y es utilizada la figura del decreto-ley por parte de quienes han ostentado la Presidencia de la República. Con la finalidad de realizar una valoración de cómo ha evolucionado la calificación de urgencia en materia económica de proyectos de ley, en especial aquellos que en su contenido han estipulado regulaciones de carácter tributario y por cuanto nuestra legislación y academia no brinda mayores aportes sobre el tema, hemos acudido a autores españoles quienes nos han contribuido con la experiencia de su país sobre el estado de crisis, la extrafiscalidad y la delegación legislativa que en nuestra legislación se asimila a la urgencia y a los decretos-ley. Aterrizando lo investigado y aprendido en un análisis de los proyectos de ley calificados como económicos urgentes en los últimos años enfatizando en: Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno y Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado ambas con un contenido tributario y promulgadas mediante la figura de decreto-ley. Con la finalidad de determinar si para su creación se observaron los principios de reserva ley y de legalidad, así como con el trámite constitucional establecido para la vigencia de las leyes.

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La relación entre empleados públicos y los órganos del estado ha ido evolucionando notablemente sobre todo en las últimas décadas, hasta el punto que ya no puede decirse que son solamente que estos empleados son un instrumento del Estado para el cumplimiento de sus fines, sino sujetos de derechos no solo subjetivos sino también de aquellos que reconocen los convenios internacionales y la Constitución de la República para el sector laboral en general. En efecto, la Organización Internacional del Trabajo, a través de los convenios 87 y 98 y posteriormente con la expedición de los convenios 151 y 154 reconoce expresamente la aplicación de los derechos colectivos para los empleados públicos, que implica entre otras cosas la posibilidad de asociarse y consecuentemente negociar condiciones de empleo e incluso ejercer el derecho de huelga, lo que trastoca el carácter estatutario que tiene el régimen de la Función Pública. Si bien este tema ya ha sido tratado con mayor profundidad en otros países en donde se han incorporado en sus legislaciones mecanismos de participación directa de los empleados en las decisiones de la Administración Pública, en el Ecuador no ha sido profundamente discutido, por lo que es necesario generar un análisis crítico de esta temática, para que pueda ser motivo de debate jurídico.

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El presente análisis procura revisar los principales lineamientos constitucionales en el ámbito económico previsto en la reciente Constitución de la República de Ecuador relacionados con la regulación de las inversiones extranjeras. Sobre la base de dicha apreciación, identifica los principales retos que recaerían en los órganos del poder público, principalmente con potestad legislativa, para la elaboración de una o varias normas de rango legal que puedan desarrollar tales lineamientos, considerando paralelamente la concepción política del modelo económico, la evolución histórica de la legislación nacional pertinente y algunas variables de índole económico.

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El propósito de este artículo es abordar la institución jurídica de la reparación integral y los principales estándares o criterios jurídicos que sobre este tema han establecido los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y especialmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos a través de su jurisprudencia. De manera específica, esta investigación presenta el desarrollo de la concepción de la reparación integral y la incorporación de dichos estándares en las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador. Para tal efecto, se examinarán cinco fallos constitucionales relevantes en materia de reparaciones y vinculados a los principales estándares interamericanos, debido a que realizan una referencia expresa a los mismos o porque aún sin enunciación alguna el criterio de la Corte Constitucional reproduce dichos estándares.

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Los alcances de la autonomía universitaria responsable en el actual marco jurídico ecuatoriano y los límites de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior, son los temas centrales de la presente investigación. Este trabajo tiene el objetivo de identificar los alcances de la autonomía universitaria en el Ecuador y los límites de la potestad normativa del CES y del CEAACES frente a la autonomía universitaria responsable, debido a las constantes tensiones entre regulación y ejercicio de la autonomía universitaria. ¿Cómo conciliar el ejercicio de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior y la autonomía universitaria responsable?. Esta pregunta no puede ser respondida exclusivamente desde la descripción y sistematización de la norma, sino que debe incluir elementos de interpretación, del método histórico y del método comparado, tomando en cuenta que el modelo de la dogmática jurídica argumentativista insta a dejar de lado la práctica descriptiva del derecho para desarrollar estudios basados en los valores y principios positivizados en la norma y brindar argumentos que sostengan las propuestas sobre casos complejos. La nueva concepción de autonomía universitaria “responsable y solidaria” introducida en la Constitución de la República del Ecuador de 2008 y en la Ley Orgánica de Educación Superior, cambia la autoregulación, e incluso desregulación de la educación superior, por la regulación del Estado, para procurar el cumplimiento de los fines de la universidad y el mejor ejercicio de los derechos de los ciudadanos.

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La justicia en materia tributaria por más de cinco décadas se ha desarrollado de una manera excepcional, manifestamos esto en razón de que los tribunales de lo contencioso tributario actúan como órganos jurisdiccionales de única instancia. Tal excepcionalidad ha restringido el acceso a una segunda instancia, limitando el sistema recursivo con la supresión del recurso ordinario de apelación, contándose únicamente con el recurso extraordinario de casación, el cual no es constitutivo de instancia. Frente tal escenario poco se ha dicho y se ha escrito sobre este modo de sustanciación especial y más que todo excepcional, acuñado como justicia especializada, si bien este trabajo no se pretende desvirtuar la especialidad de la materia tributaria, lo cual no está en tela de duda, lo aquí se interesa analizar es si tal especialidad es suficiente es suficiente para prever un proceso de única instancia. Es así que el presente trabajo investigativo en vista de los objetivos planteados se enmarcara principalmente en analizar la forma en la que se encuentra estructurada la justicia en materia tributaria, partiendo por el procedimiento administrativo, y la instancia jurisdiccional, para así determinar la imposibilidad de concebir a la sede administrativa como instancia jurisdiccional, y la necesidad imperante de implementar la doble instancia en materia tributaria cómo garantía jurisdiccional.

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Esta investigación busca determinar si los procedimientos administrativos y judiciales establecidos en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor permiten que los consumidores puedan acceder a una tutela eficaz de sus derechos como consumidor en la adquisición de bienes o servicios. En un inicio, se identificarán nociones fundamentales de lo que es el derecho del consumidor; su avance histórico a nivel mundial centrándose posteriormente en América Latina, para finalmente explicar su formación y desarrollo en el Ecuador; a continuación se explicarán cúales son los derechos que los justiciables tienen como consumidores, así como cúales son los procesos a los que en las vías administrativas o judiciales tienen la posibilidad de acceder. Se realizará un trabajo de campo e investigativo, que consiste en obtener información en los órganos administrativos (Defensoría del Pueblo) y judicial (Comisarías e Intendencia de Policía Nacional de Quito, Juzgados de Contravenciones y Juzgados de Garantías Penales de Quito) desde el 2005 hasta la fecha, a fin de elaborar una base de datos que permita identificar cuántos procesos de defensa de consumidor se han realizado y se han resuelto en los ámbitos administrativos y judiciales. La investigación realizada determinará si se han establecido sanciones por incumplimiento a los derechos del consumidor por la adquisición de bienes o servicios, en los ámbitos administrativos y judiciales. Finalmente, tendremos como resultado de esta investigación, un aporte de información para los organismos encargados de tutelar los derechos del consumidor, para tomar acciones que permitan a los justiciables acceder a mecanismos adecuados y expeditos que los amparen, cuando por la adquisición de un bien o servicio sus derechos hayan sido vulnerados.

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El presente trabajo de investigación tiene como propósito inmediato determinar por qué en el proceso de integración de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), deben existir bases democráticas que permitan una mayor participación de los habitantes de la región. Un proceso de integración tan serio e importante como lo es actualmente la UNASUR, debería contar con un Órgano Parlamentario que tenga las atribuciones para generar normativa y también ejercer los controles que, con el tiempo, la misma organización demande. En relación con los parlamentos de procesos de integración, el problema más grande es que casi todos éstos no son elegidos por el pueblo, tienen una representación indirecta, y esto provoca una distorsión del principio de representatividad; en el caso de que la representación sea indirecta, difícilmente habrá representantes de ciertas minorías. La creación de un organismo de integración como UNASUR es de vital importancia para la región, tanto en temas de soberanía o la defensa de ésta, como respecto a los aspectos económicos, políticos, sociales y culturales. Sin embargo, la predominancia de los órganos ejecutivos en los procesos de integración de la región, sobre los parlamentarios, demuestra el déficit democrático de éstos últimos; y, es frente a este nuevo proceso de integración que se intentará plantear las razones que permitan la inclusión de un órgano democrático, que posibilite a la UNASUR construir elementos que garanticen que, en su estructura, se permita una mayor participación de los ciudadanos de la región. Para ello explicaremos conceptos sobre democracia e integración, el nexo que existe entre ellos y el rol fundamental que juegan en un proceso integrador; posteriormente, explicaremos las clases de procesos de integración por su naturaleza y objetivos, después veremos cómo está conformado el proceso de integración de la UNASUR, para finalmente plantear una propuesta del Parlamento Suramericano.