Las Escuelas Oficiales de Idiomas.


Autoria(s): Martín Prado, María del Prado
Data(s)

16/05/2013

16/05/2013

2009

18/02/2010

Resumo

Las normativas autonómicas están adaptando y desarrollando el Real Decreto 1629-2006, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. Aunque no todas las comunidades están ordenando la enseñanza de idiomas de la misma forma. Se toma como ejemplo el enfoque de esta adaptación en el caso de la Comunidad de Madrid. La autora pone de relieve el malestar de los sindicatos y de las asociaciones de profesores respecto que a la nueva normativa ha supuesto una degradación y de las enseñanzas de idiomas. Uno de los motivos de este malestar, es que el nivel más alto de pueden certificar las Escuelas Oficiales de Idiomas, es un nivel B2, y no un C1 o C2, considerados avanzados por el Marco común europeo. Actualmente se está elaborando un Real Decreto que regulará los aspectos básicos de estos niveles avanzados.

Identificador

1135-4267

http://www.cdlmadrid.es/cdl/htdocs/boletines/bibliotecadeboletines/012009.pdf

http://hdl.handle.net/11162/36843

MD R-17

Idioma(s)

spa

Relação

Boletín del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias. Madrid, 2009, n. 201, enero ; p. 28-30

Direitos

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Palavras-Chave #lenguas extranjeras #legislación educativa #administración regional
Tipo

Artículo de revista