Resolución N° 197 ¿Qué revisa la Cámara de Comercio para la inscripción de nombramientos en entidades sin ánimo de lucro del régimen común (asociaciones)? ¿Tiene la Cámara competencia para examinar aspectos del acta o documento que impliquen sanciones civiles o penales?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Ejecutiva
Data(s)

02/12/2014

02/12/2014

2009

Resumo

Servicios registrales

"Hechos: - Se inscribió en el libro de entidades sin animo de lucro acta de la junta directiva de la asociación del arma de artillería ""GRUPO SAN MATEO"" mediante la cual se nombro representante legal. -Asociado interpuso recurso de reposición por considerar que el nombramiento de representante legal fue violatorio del estatutovigente de la asociación, donde reza que el gerente y representante legal sera nombrado de acuerdo a terna establecida por convocatoria efectuada en acta de reunió de la junta directiva, procedimientoque no cumplió en ninguna de sus partes. -La cámara corre traslado. - Apoderado especial de la asociación de suboficiales del arma de artillería GRUPO SAN MATEO en virtud de poder otorgado en calidad de representante legal de la entidad, descorrió el traslado."

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/3501

Direitos

Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá

Palavras-Chave #Nombramientos #Art 22 Ley 222 de 1995