Resolución N° 139 ¿Como deben contarse los días para efectos de verificar la antelación de la convocatoria en las reuniones de segunda convocatoria?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Ejecutiva
Data(s)

02/12/2014

02/12/2014

2013

Resumo

Servicios registrales

Hechos: - Asamblea General de Accionistas. - Falta de quórum para la reunión. - Reunión de segunda convocatoria. - Abstención del registro por no cumplir con las exigencias del artículo 429 del Código de comercio.

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/2723

Direitos

Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá

Palavras-Chave #Recurso #Art 429 Código de Comercio